CARTA CIRCULAR
Bancos N° 2
Santiago, 30 de marzo de 2017

Acciones mantenidas a nombre propio por cuenta de terceros. Envío de información a esta Superintendencia.

    De acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 20.954, publicada en el Diario Oficial el 29 de octubre de 2016, que introdujo el nuevo artículo 18 bis a la Ley N° 18.046, los bancos deben remitir a esta Superintendencia la información de las acciones que mantengan a nombre propio por cuenta de terceros, indicando nombres, apellidos, número de cédula de identidad, último domicilio conocido, número de acciones por emisor, nombre de las sociedades emisoras de dichas acciones y todo otro dato útil disponible con que cuente para la correcta individualización de la acción y el accionista.

    Lo anterior, se cumplirá por medio del envío de un dispositivo de almacenamiento masivo que contenga dicha información en un archivo en formato Excel, el cual deberá ser remitido a esta Superintendencia a más tardar el 31 de marzo de cada año.

               
    Saludo atentamente a Ud.,
               
    ERIC PARRADO HERRERA
    Superintendente de Bancos e
    Instituciones Financieras