APRUEBA ENMIENDA AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE PITRUFQUÉN
    Núm. 801 exento.- Pitrufquén, 28 de junio de 2017.
    Vistos:
    1.- El decreto alcaldicio exento Nº 1.206, de fecha 24 de noviembre de 2016, que aprueba el Presupuesto Municipal de Ingresos, Gastos y sus anexos para el año 2017.
    2.- La Ley Nº 19.886, Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su respectivo Reglamento.
    3.- La presentación de la Enmienda al Concejo Municipal con fecha 14/03/2017, en sesión ordinaria Nº 10.
    4.- La Audiencia Pública de fecha 04/04/2017 en donde se expuso a la ciudadanía la Enmienda del Plan Regulador Comunal de Pitrufquén.
    5.- El informe Nº 59/2017 de fecha 27/06/2017, de la Secretaría Comunal de Planificación, Secplan, en el que se deja constancia que la Enmienda estuvo expuesta al público entre el 14/03/2017 hasta el 04/04/2017.
    6.- El certificado Nº 305 con fecha 11/05/2017, que contiene el acuerdo N° 54 del Concejo Municipal, adoptado en sesión ordinaria número 16, celebrada con fecha 09/05/2017, que aprueba el proyecto de Enmienda número 1 del Plan Regulador Comunal de Pitrufquén.
    7.- La resolución Nº 1.600/2008, de la Contraloría General de la República, que fija las Normas de Exención del Trámite de Toma de Razón y deja sin efecto las resoluciones Nº 55, de 1992 y Nº 520, de 1996 y sus modificaciones.
    8.- Las facultades que me confiere el Art. 56 de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades en su texto refundido, fijado por DFL Nº 1-19.704/2002, y sus modificaciones.
    Considerando:
    1.- Que se realizaron todos los procesos correspondientes de acuerdo a la normativa vigente para la aprobación de la Enmienda del Plan Regulador Comunal de Pitrufquén.
    2.- Que por parte de la ciudadanía no hubo observaciones a la presentación de la Enmienda del Plan Regulador Comunal de Pitrufquén.
    Decreto:
    1.- Apruébese la Enmienda del Plan Regulador Comunal de Pitrufquén, con fecha 11/05/2017.
    2.- La Enmienda que se aprueba pasa a formar parte del presente decreto alcaldicio exento.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Jorge Jaramillo Hott, Alcalde.- Osvaldo Villarroel Carrasco, Secretario Municipal.