Artículo 33:Decreto 355 EXENTO,
M. DE VALLENAR
N° 1
D.O. 20.02.2020
Los servicios de bodegaje respecto de vehículos abandonados en la vía pública, mal estacionados o que entorpezcan el tránsito vehicular o peatonal, sin autorización y que sean retirados por tribunales, carabineros o inspectores municipales y que llegare a los recintos municipales, pagarán los siguientes derechos municipales, diario: