DISPONE ORDENAR EL ESTUDIO DE EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES QUE INDICA

    Decreto alcaldicio N° E-1061/2017, de fecha 15 de mayo de 2017, la I. Municipalidad de Colina, ordenó el estudio de la expropiación de los inmuebles que a continuación se indican, en conformidad a los planos de expropiación elaborados para este efecto: 1.- Inmueble inscrito a fojas 22855 N° 24934, del Registro de Propiedad del año 2001, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a nombre de Rentas Chicureo Limitada, rol de avalúo fiscal N° 165-208; 2.- Inmueble inscrito a fojas 22853 N° 24932, del Registro de Propiedad del año 2001, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a nombre de Rentas Chicureo Limitada, rol de avalúo fiscal N° 165-208; 3.- Inmueble inscrito a fojas 94456 N° 72828, del Registro de Propiedad del año 1993, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a nombre de Agrícola Chincolante, rol de avalúo fiscal N° 165-8; 4.- Inmueble inscrito a fojas 103074 N° 71759, del Registro de Propiedad del año 1994, y a fojas 31269 N° 32881, del Registro de Propiedad del año 1997, ambas del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a nombre de Francisco Javier Montes Lynch y María Soledad Blanca Vielma, respectivamente, rol de avalúo fiscal N° 1323-1; y 5.- Inmueble inscrito a fojas 8554 N° 7177, del Registro de Propiedad del año 2003, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a nombre de Chicureo Desarrollos Inmobiliarios S.A., rol de avalúo fiscal N° 156-6. Se practicarán las correspondientes anotaciones marginales e inscripciones, ante el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se nombró a la siguiente comisión de peritos, compuesta por tres miembros, a quienes corresponderá determinar el monto provisional de la indemnización a pagar por la entidad expropiante: a). Carolina Alejandra Brito Ramos; b). Carolina Verdejo Diaz. c). Handy Campos Sepúlveda, cuya individualización y forma de notificación consta en decreto que se extracta. En conformidad a la ley se deja constancia, que los efectos del presente decreto alcaldicio expirarán ipso jure al nonagésimo día después de publicado en el Diario Oficial. Demás resoluciones en decreto que se extracta. La publicación se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2°, del decreto ley N° 2.186. Colina, 23 de mayo de 2017.-

    Mario Olavarría Rodríguez, Alcalde I. Municipalidad de Colina.