RECTIFICA DECRETO ALCALDICIO N° 1.193, DE 2017
    Concón, 26 de mayo de 2017.- Esta Alcaldía ha decretado hoy lo siguiente:
    Núm. 1.359.
    Vistos:
    1. El decreto alcaldicio Nº 1.193, de fecha 11.05.17, publicado en el Diario Oficial de fecha 17.05.2017, que deroga Plan Regulador Comunal aprobado por DS Nº 329, de 1980, y aprueba nuevo Plan Regulador Comunal de Concón.
    2. La ordenanza del Plan Regulador Comunal de Concón aprobada por el decreto individualizado en el Vistos 1.
    3. Las facultades que confieren la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerando:
    1. Que acorde a lo previsto en el artículo 2.1.4 del DS (V. y U.), Nº 47, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en la publicación en el Diario Oficial del decreto o resolución que aprueba los instrumentos de planificación territorial, debe incluirse el texto íntegro de la respectiva ordenanza.
    2. Que en el Resuelvo 3 del decreto señalado en los Vistos 1 en que se trascribe el texto íntegro de la ordenanza del Plan Regulador Comunal de Concón, se detecta que los cuadros de Normas de Usos de suelo contenidos en el artículo 12 de la referida Ordenanza, específicamente los correspondientes a los literales (d) Zona ZLM-2 Zona Litoral Marítimo 2, (f) Zona ZCS - Zona Centro de Servicios, (g) Zona ZCS-1 Zona Centro Servicio 1, (h) ZCS1-v1 SubZona Centro Servicio 1 - V1 y (i) Zona ZCS-2 Zona Centro Servicio 2, las dos columnas ubicadas bajo la celda "Actividad o destino", dicen "Permitidas".
    3. Que lo anterior corresponde a un manifiesto error de transcripción de los contenidos de la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Concón, pues en dicho documento respecto de los mismos cuadros de Normas de Usos de suelo, la columna derecha ubicada bajo la celda "Actividad o destino" dice "Prohibidas".
    4. Que según lo dispone el artículo 62 de la ley Nº 19.880 -sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado-, dispone que en cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá, de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo.
    Decreto:
    1. Rectifíquese el Resuelvo 3 del decreto alcaldicio Nº 1.193, de fecha 11.05.17, donde se aprueba el texto íntegro de la ordenanza del Plan Regulador Comunal de Concón, respecto de los cuadros de Normas de Usos de suelo contenidos en el artículo 12 sobre Zonas Especiales, específicamente los correspondientes a los literales (d) Zona ZLM-2 Zona Litoral Marítimo 2, (f) Zona ZCS - Zona Centro de Servicios, (g) Zona ZCS-1 Zona Centro Servicio 1, (h) ZCS1-v1 SubZona Centro Servicio 1 - V1 y (i) Zona ZCS-2 Zona Centro Servicio 2, en los que las dos columnas ubicadas bajo la celda "Actividad o destino", dicen "Permitidas", debiendo, la columna del costado derecho, decir "Prohibidas".
    2. Publíquese el presente decreto alcaldicio en el Diario Oficial de la República de Chile y en la página web del Municipio conforme al artículo 12 de la ley 18.695 y en actos con efectos sobre terceros según artículo 7 de la ley 20.285.
    3. Archívese el presente decreto alcaldicio en el Conservador de Bienes Raíces de Concón, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso, en la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de Valparaíso y en esta Municipalidad.

    Anótese, comuníquese y manténgase en OIR municipal según artículo 98 de la ley 18.695.- Óscar Sumonte González, Alcalde.- Patricio Anders Torres, Secretario Municipal (S).