ORDENANZA QUE REGULA EL ACCESO Y OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD
    Peñalolén, 21 de diciembre de 2016.- Hoy se ha decretado lo siguiente:
    Núm. 11.
    Vistos:
    La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior.
    Considerando:
    1. Que la Ley N° 19.865, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 3° letra c), otorga a las municipalidades la función privativa de promoción del desarrollo comunitario, y el artículo 4° letras a) y c), relacionadas a materias de educación, cultura y asistencia social.
    2. Que, en virtud de lo anterior, la Municipalidad de Peñalolén ha determinado contribuir en el proceso educativo de estudiantes de la comuna de Peñalolén que presenten alguna condición de vulnerabilidad o discapacidad, o hayan obtenido puntaje nacional en la prueba de selección universitaria.
    3. Que, en Sesión Extraordinaria N° 8, celebrada el 1 de diciembre de 2016, el H. Concejo Municipal acuerda aprobar la propuesta de la Ordenanza Local que regula el acceso y otorgamiento de becas para estudiantes de educación superior y en situación de discapacidad.
    Decreto:

    Artículo 1º.- Apruébase como Ordenanza Local que regula el acceso y otorgamiento de becas para estudiantes de educación superior y en situación de discapacidad, el siguiente texto:

ORDENANZA LOCAL QUE REGULA EL ACCESO Y OTORGAMIENTO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y EN SITUACIÓN DE  DISCAPACIDAD

    TÍTULO I
    Normas generales

    Artículo 1° Se entenderá por beca municipal aquel beneficio económico que entrega la Municipalidad de Peñalolén a aquellos estudiantes de la comuna de Peñalolén, con el objeto de contribuir en su proceso educativo y que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos siguientes.

    Artículo 2° Las becas aquí descritas son excluyentes entre sí, es decir, los postulantes y beneficiarios solo podrán acceder a un tipo de beca anualmente.

    Artículo 3° Los plazos de postulación y acceso a las becas de asignación directa serán informados anualmente a través de la página web municipal www.penalolen.cl.
    TÍTULO II
    De los tipos de becas y los requisitos para acceder a estas

    Artículo 4° La Beca Municipal de Ingreso corresponde a un aporte económico de $100.000.- (cien mil pesos) para estudiantes de la comuna de Peñalolén, egresados de 4° medio o que se encuentren cursando estudios superiores, que no hayan sido beneficiarios con esta beca anteriormente y que cumplan con los siguientes requisitos:
    1. Tener domicilio en la comuna de Peñalolén.
    2. Estar matriculado en alguna institución de educación superior.
    3. Que hayan obtenido un promedio de notas mínimo de 5,5 en el 4° año de enseñanza media en el caso de estudiantes que ingresen a primer año de educación superior; o un promedio de notas mínimo de 4,5 anual en el caso de estudiantes que se encuentren cursando estudios superiores, en el año anterior a la postulación.
    4. Que se encuentren en el tramo RSH de hasta el 60% de menores ingresos.
    Para acceder a la beca municipal de ingreso los postulantes deberán hacer entrega de la siguiente documentación:
    a. Fotocopia de su cédula de identidad.
    b. Cartola del Registro Social de Hogares que indique que el postulante se encuentra en el tramo RSH de hasta 60% de menores ingresos.
    c. Comprobante de matrícula o certificado de alumno regular de la institución de educación superior respectiva, vigente para el periodo que postula.
    d. Certificado anual de estudios de 4° medio en el caso de aquellos estudiantes que ingresen a primer año de educación superior.
    e. Concentración de notas del último año cursado, que indique el promedio de notas final en el caso de estudiantes que se encuentren cursando estudios superiores.
    f. En el caso de que el grupo familiar del postulante lo integre alguna persona afectada por una enfermedad catastrófica deberá presentar certificado médico que así lo acredite.
    g. En el caso de que el grupo familiar del postulante lo integre alguna persona en situación de discapacidad deberá presentar una copia de la credencial de discapacidad.
    Artículo 5° La Beca Municipal de Mantención corresponde a un aporte económico de $80.000.-(ochenta mil pesos) para estudiantes que cursen estudios superiores, que hubieren sido beneficiarios con otra beca el año anterior y que cumplan los siguientes requisitos:
    1. Tener domicilio en la comuna de Peñalolén.
    2. Estar cursando estudios superiores.
    3. Que tengan un promedio notas 4,5 en el año anterior a la postulación, como mínimo.
    4. Que se encuentren en el tramo RSH de hasta 60% de menores ingresos.
    Para acceder a la beca municipal de mantención los postulantes deberán hacer entrega de la siguiente documentación:
    a. Certificado de alumno regular emitido con una vigencia no superior a 60 días antes de la fecha de postulación.
    b. Certificado de notas del año anterior a la postulación.
    c. Cartola de Registro Social de Hogares que indique que el postulante se encuentra en el tramo RSH de hasta 60% de menores ingresos.
    d. En el caso de que el grupo familiar del postulante lo integre alguna persona afectada por una enfermedad catastrófica deberá presentar certificado médico que así lo acredite.
    e. En el caso de que el grupo familiar del postulante lo integre alguna persona en situación de discapacidad deberá presentar una copia de la credencial de discapacidad.
    Artículo 6° La Beca Puntaje Nacional (PSU) corresponde a un aporte económico de $100.000.- (cien mil pesos) para egresados de 4° año de enseñanza media de colegios particulares y subvencionados, y de $200.000.- (doscientos mil pesos) para egresados de 4° año de enseñanza media de colegios municipales, que obtengan puntaje nacional en la prueba de selección universitaria (PSU).
    Esta beca es automática, no requiere proceso de postulación y será entregada por el municipio directamente una vez que sean publicados los resultados de la prueba de selección universitaria y se cuente con el presupuesto para ello.
    Esta beca es un reconocimiento por mérito académico.
    Los requisitos para ser beneficiario de esta beca serán los siguientes y serán verificados por el municipio para su otorgamiento:
    1. Haber obtenido puntaje nacional en la prueba de selección universitaria.
    2. Tener residencia en la comuna de Peñalolén o haber cursado 4° año de enseñanza media en algún colegio de la comuna de Peñalolén.
    Artículo 7° La Beca Reduca corresponde a un aporte económico de $100.000.- (cien mil pesos), destinado a los alumnos egresados de 4° año de enseñanza media de colegios municipales de la comuna de Peñalolén, que hayan ingresado a alguna institución de educación superior y que cumplan con los siguientes requisitos:
    1. Haber egresado de algún colegio municipal de la comuna de Peñalolén.
    2. Haber obtenido un promedio de notas mínimo de 5,0 en el 4° año de enseñanza media.
    3. Estar matriculado en alguna institución de educación superior.
    Será responsabilidad de la Corporación Municipal de Educación entregar nómina de alumnos que cumplan con los requisitos, la que incluya sus respectivos domicilios, teléfonos de contacto, además de los certificados de matrícula, para hacer efectivo el beneficio.
    Los alumnos que deseen acceder a esta beca deberán acompañar los antecedentes señalados en el párrafo anterior a su establecimiento Reduca.

    Artículo 8° La Beca de Transporte para estudiantes en situación de discapacidad corresponde a un aporte económico de $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos) anuales, destinados a cubrir los gastos de traslado de aquellos estudiantes de la comuna de Peñalolén hacia escuelas especiales y/o regulares, dentro y fuera de la comuna.
    Este beneficio será entregado en tres parcialidades y solo a quienes acrediten los siguientes requisitos:
    1. Tener residencia en la comuna de Peñalolén.
    2. Tener Credencial de Discapacidad
    3. Estar estudiando en escuela especial y/o regular.
    4. Tener apoderado o tutor en representación del estudiante.
    Para acceder a la beca municipal de transporte para estudiantes en situación de discapacidad, los postulantes deberán hacer entrega de la siguiente documentación:
    a. Comprobante de domicilio.
    b. Credencial de Discapacidad.
    c. Certificado o comprobante de matrícula.
    d. Previo al pago del beneficio deberá acompañarse certificado de asistencia del beneficiario.
    Artículo 9° La Beca Reduca Juan Pablo II consiste en un aporte económico de $80.000.- (ochenta mil pesos), para los alumnos en situación de Discapacidad que asisten a la escuela especial Juan Pablo II y que cumplan los siguientes requisitos:
    1. Ser alumno regular de la Escuela Juan Pablo II.
    2. Encontrarse en situación de discapacidad acreditada a través de Credencial Discapacidad.
    La escuela municipal Juan Pablo II entregará anualmente el listado de los alumnos que cumplen requisitos para ser beneficiarios de esta beca.

    Artículo 10° La Beca de Educación Superior para personas en situación de discapacidad consiste en la entrega de un aporte económico de $100.000.- (cien mil pesos) anuales, para las personas en situación de discapacidad de la comuna de Peñalolén, que cursen estudios superiores y cumplan los siguientes requisitos:

    1. Estar cursando estudios superiores.
    2. Tener residencia en la comuna de Peñalolén.
    3. Situación de discapacidad acreditada a través de la Credencial de Discapacidad.
    Para acceder a la beca de educación superior para personas en situación de discapacidad, los postulantes deberán hacer entrega de la siguiente documentación:
    a. Comprobante de domicilio.
    b. Certificado o comprobante de matrícula en alguna institución de educación superior.
    c. Credencial de Discapacidad.
    TÍTULO III
    De la asignación de becas

    Artículo 11° Cerrado el proceso de postulación a las becas de ingreso, mantención, transporte para personas en situación de discapacidad y de educación superior para personas en situación de discapacidad, de conformidad al cronograma que anualmente se publicará en la página web municipal, una comisión técnica, conformada por profesionales de la Dirección de Desarrollo Comunitario, procederá a la revisión y evaluación de los antecedentes.

    Artículo 12° El cupo total de becas de ingreso y mantención se asignará conforme al presupuesto municipal vigente.
    En la evaluación se considerarán priorizados aquellos casos de personas en situación de discapacidad y de enfermedad catastrófica y la evaluación por tramo de RSH, en orden decreciente de acuerdo hasta que sea cubierto por el presupuesto municipal.
    Artículo 13° Una vez seleccionados los estudiantes, se elaborará el correspondiente decreto alcaldicio indicando monto asignado a cada beneficiario y fecha de pago de la beca.
    Artículo 14° El listado de beneficiarios con la beca municipal se publicará en la página web municipal, www.penalolen.cl.
    TÍTULO IV
    De la entrega de la beca

    Artículo 15° La Beca se entregará a través de un cheque nominativo, en el caso de las becas de transporte para personas en situación de discapacidad y Juan Pablo II, los cheques serán extendidos a nombre del tutor, pudiendo en ambos casos ser retirados por el beneficiario o un familiar directo. Es requisito la presentación de los siguientes documentos para la entrega de los cheques respectivos:
    A. Al estudiante beneficiario:
    1. Cédula de identidad, pase escolar, licencia de conducir o comprobante de cédula de identidad en trámite.
    B. A un familiar del beneficiario:
    1. Cédula de identidad (o fotocopia), o comprobante de cédula de identidad en trámite del estudiante.
    2. Cédula de identidad o comprobante de cédula de identidad en trámite del familiar.
    3. Poder simple del alumno, otorgado al familiar respectivo.
    Para la entrega del cheque correspondiente a la beca de transporte para personas en situación de discapacidad, deberá acompañar, además de los documentos solicitados en las letras anteriores, certificado de asistencia del beneficiario.
    Artículo 16° Los beneficiarios tendrán la obligación de hacer efectivo el cheque dentro del plazo legal que corresponde a 60 días calendario, desde la fecha de emisión.
    Transcurrido este plazo, el documento caducará. Sin embargo, se puede reactivar el pago de este beneficio en los casos de estudiantes que presenten situaciones de fuerza mayor.
    TÍTULO V
    Disposiciones finales

    Artículo 17° La presente Ordenanza entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial, sin perjuicio de que además deberá estar permanentemente publicada en la página web municipal.
    2.- Publíquese la presente Ordenanza en el Diario Oficial y en la página web institucional.
    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a todas las Direcciones y Unidades Municipales, al Juzgado de Policía Local de Peñalolén, publíquese, cúmplase y hecho, archívese.- Carolina Leitao Álvarez-Salamanca, Alcaldesa.- Luz Marina Román Duk, Secretaria Municipal.