PROMULGA MODIFICACIÓN Nº 4 PATRIMONIO DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE PROVIDENCIA 2007
    Núm. 2.009 exento.- Providencia, 30 de noviembre de 2016.
    Vistos:
    Lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en los artículos 2.1.10 y siguientes de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y en los artículos 5 letras d) y k), 6, 12, 63 letra i) y 65 letra b) de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando:
    1.- Que por decreto alcaldicio Ex. Nº 967 de fecha 8 de junio de 2016 se aprobó el estudio de la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal Providencia 2007, y se dio inicio al proceso de tramitación de la misma, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    2.- El Acta de la sesión ordinaria Nº 144 del Concejo Municipal, de fecha 31 de mayo de 2016, que contiene el acuerdo Nº 1078 mediante el cual se aprueba el estudio de la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal Providencia 2007.
    3.- El oficio Alc. Nº 2855 de fecha 20 de abril de 2016 de la Sra. Alcaldesa a Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que remite el proyecto Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 para revisión preliminar.
    4.- El oficio Alc. Nº 4783, de fecha 7 de junio de 2016 de la Sra. Alcaldesa a Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que remite el proyecto Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 para revisión preliminar.
    5.- Las cartas certificadas distribuidas a las organizaciones territoriales con fecha 2 de junio de 2016.
    6.- La citación a Sesión Extraordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Providencia para el martes 7 de junio de 2016.
    7.- El Certificado Nº 700 del 30 de septiembre de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, que certifica que se citó a Sesión Extraordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Providencia para el día 7 de junio de 2016.
    8.- El Acta de la sesión extraordinaria Nº 3 del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Providencia de fecha 7 de junio de 2016.
    9.- El Certificado Nº 412 de fecha 17 de junio de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, mediante el cual certifica que se celebró la Sesión Extraordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Providencia el 7 de junio 2016, para informar a la comunidad sobre la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    10.- Las dos publicaciones en el diario El Mercurio y las dos publicaciones en el diario La Tercera, con fecha 5 de junio y 6 de junio de 2016, que informan sobre la Primera Audiencia Pública, la Exposición al Público y el retiro de antecedentes de la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    11.- El Certificado Nº 698 de 30 de septiembre de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, que certifica que se hicieron las publicaciones en los diarios La Tercera y El Mercurio los días 5 y 6 de junio de 2016, con la finalidad de informar a los vecinos sobre la Primera Audiencia pública para exponer a la comunidad la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia, 2007.
    12.- El Acta y la lista de asistencia de la Primera Audiencia Pública de la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 realizada el 8 de junio de 2016 en el Palacio Consistorial en Pedro de Valdivia Nº 963.
    13.- El Certificado Nº 413 de fecha 17 de junio de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, mediante el cual se certifica que se celebró la Primera Audiencia Pública el 8 de junio de 2016 en el Auditorio del Edificio Consistorial.
    14.- El Certificado Nº 415 de fecha 17 de junio de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, mediante el cual se certifica el inicio de la Exposición al Público de la Memoria Explicativa, el Texto Aprobatorio y los Planos de la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 durante 30 días, desde el 9 de junio hasta el 9 de julio de 2016.
    15.- El Certificado Nº 928 del 23 de noviembre de 2016 que certifica que la Memoria Explicativa, Texto Aprobatorio y Planos adjuntos fueron los expuestos a público.
    16.- Las dos publicaciones en el diario El Mercurio y las dos publicaciones en el diario La Tercera, con fecha 10 de julio y 17 de julio de 2016, que informan sobre la Segunda Audiencia Pública de fecha 19 de julio de 2016 de la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    17.- El Certificado Nº 699 del 30 de septiembre de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, que certifica que se hicieron las publicaciones en los diarios La Tercera y El Mercurio los días 10 y 17 de julio de 2016, con la finalidad de avisar a los vecinos la fecha de realización de la Segunda Audiencia Pública.
    18.- El Acta y la lista de asistencia de la Segunda Audiencia Pública de la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 realizada el 19 de julio de 2016.
    19.- El Certificado Nº 697 de fecha 30 de septiembre de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, mediante el cual se certifica que se celebró la Segunda Audiencia Pública el 19 de julio de 2016 en el Auditorio del Edificio Consistorial.
    20.- El oficio Ord. Nº 3947 de fecha 1 de agosto de 2016 del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo a la Sra. Alcaldesa, mediante el cual informa observaciones de la revisión preliminar al expediente técnico del proyecto Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    21.- Las 4 cartas de vecinos con Ingreso Externo Nº 6974 de 2 de agosto, Nº 7068 de 3 de agosto, Nº 7074 de 3 de agosto y Nº 7078 de 3 de agosto, todos de 2016, los Memorándums Nº 14.911 de 1 de julio de 2016 y Nº16.745 de 25 de julio de 2016, de la Dirección de Obras Municipales y el Memorándum Nº 17.639 de 2 de agosto de 2016, de la Dirección de Barrios, Patrimonio y Turismo, ingresados durante el periodo de recepción de observaciones de interesados.
    22.- El Certificado Nº 696 de fecha 30 de septiembre de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, que señala el cumplimento del periodo de recepción de observaciones de los vecinos, que se extendió hasta el 3 de agosto de 2016, durante el cual se recibieron un total de 8 observaciones, correspondientes a 4 observaciones de vecinos, 1 observación externa de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, 2 Memorándums con observaciones de la Dirección de Obras Municipales y 1 observación de la Dirección de Barrios, Patrimonio y Turismo.
    23.- La citación a Sesión Extraordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Providencia para el martes 9 de agosto de 2016, con el fin de informar sobre las observaciones recibidas.
    24.- El Acta de la sesión extraordinaria Nº 5 del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Providencia realizada el 9 de agosto de 2016, que contiene una síntesis de las observaciones recibidas a la Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    25.- El Certificado Nº 918 de fecha 22 de noviembre de 2016 de la Secretario Abogado Municipal, mediante el cual se certifica que se celebró la Sesión Extraordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil el 9 de agosto de 2016 con el fin de informar a la comunidad sobre las observaciones recibidas.
    26.- El Acta de la sesión extraordinaria Nº 153 del Concejo Municipal de fecha 17 de agosto de 2016, que contiene el Acuerdo Nº 1146 mediante el cual se aprueba por unanimidad el proyecto de Modificación Nº 4 Patrimonio del Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    27.- El decreto alcaldicio Ex. Nº 1.467 de fecha 6 de septiembre de 2016 que aprueba el proyecto Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal Providencia, 2007 que contiene la Memoria Explicativa, el Texto Aprobatorio y los Planos.
    28.- Los oficios y memos de respuesta a los ingresos externos y observaciones internas, respectivamente.
    29.- El oficio Nº 8519 de fecha 8 de septiembre de 2016 de la Sra. Alcaldesa al Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, mediante el cual responde las observaciones preliminares de la Seremi-Minvu y remite antecedentes administrativos y técnicos para revisión.
    30.- El oficio Ord. Nº 5086 de fecha 5 de octubre de 2016, del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo a la Sra. Alcaldesa, que acusa recibo e informa documentos faltantes del expediente del proyecto Modificación Nº 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    31.- El oficio Nº 8950 de fecha 13 de octubre de 2016 de la Sra. Alcaldesa al Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que envía los antecedentes faltantes indicados en el oficio Ord. Nº 5086 de fecha 5 de octubre de 2016 del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.
    32.- El oficio Nº 8558 de fecha 14 de octubre 2016, de la Sra. Alcaldesa al Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, que informa sobre la Modificación N°4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007, y donde la Municipalidad señala que para dicha modificación no se requiere realizar una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE).
    33.- El oficio Ord. Nº 5528 de fecha 18 de noviembre de 2016 del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo a la Sra. Alcaldesa, que informa las observaciones de la revisión oficial hechas al expediente del proyecto Modificación Nº4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    34.- El oficio Nº 10083 de fecha 23 de noviembre de 2016, de la Sra. Alcaldesa al Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, que responde a las observaciones de la revisión oficial hecha al expediente del proyecto Modificación N e 4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    35.- El oficio Ord. Nº 5678 de fecha 29 de noviembre de 2016, del Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo a la Sra. Alcaldesa, donde emite el informe técnico favorable y devuelve el expediente del proyecto Modificación Nº4 Patrimonio Plan Regulador Comunal de Providencia 2007.
    36.- El Memorándum Nº 26953 de 29 de noviembre de 2016, del Secretario Comunal de Planificación.
    Decreto:

    1.- Promúlguese la Modificación Nº 4 Patrimonio del Plan Regulador Comunal de Providencia 2007, aprobado por decreto Ex. Nº 131 de fecha 19 de enero de 2007, publicado en el D.O. el 23 de enero de 2007, con su Fe de Erratas y sus modificaciones posteriores, en el sentido de, Primero: Modificar algunos de los artículos de la ordenanza local; Segundo: Modificar zonas de uso de suelo y zonas de edificación en distintos sectores de la comuna; Tercero: Incorporar las fichas de valoración de las zonas de conservación histórica e inmuebles de conservación histórica declarados en el Plan Regulador Comunal de Providencia 2007, y asignarles normas de edificación patrimonial; Cuarto: Declarar dos zonas de conservación histórica y seis inmuebles de conservación histórica; como consta en la Memoria Explicativa y en los Planos titulados Modificación Nº 4 Patrimonio PRCP 2007 L 1/7 M4, L 2/7 M4, L 3/7 M4, L 4/7 M4, L 5/7 M4, L 6/7 M4 y L 7/7 M4, que en este acto se aprueban.
    2.- Modifíquese la ordenanza local de la siguiente forma:
    2.1. Deróguese el artículo 3.3.07 del título 3 «BPP o bien de propiedad privada» de la ordenanza local.
    2.2. Reemplácese el artículo 4.3.02 del título 6 «Normas de edificación» de la ordenanza local por el nuevo texto que se señala a continuación:
    «Art. 4.3.02. Normas de edificación en áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural
    Los proyectos de edificación nueva y los proyectos de modificación o ampliación de la edificación existente que se proyecten en las áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural (ZT, MH, ZCH, ICH) se regirán por las normas de las zonas de edificación patrimonial (ZEP) descritas en el cuadro a continuación.
    A cada ZT, MH, ZCH, ICH le corresponde una ZEP específica, como aparece en los cuadros 20, 21, 22 y 23 del título 5 de la presente OL.»

    .

    2.1 Reemplácese el capítulo 5.1 «NORMAS GENERALES PARA ÁREAS, ZONAS E INMUEBLES PROTEGIDOS.» del título 5 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la ordenanza local, como se señala a continuación:
    «CAPÍTULO 5.1.
    DISPOSICIONES GENERALES
    ART. 5.1.01. Áreas, zonas e inmuebles protegidos.
    Este título trata de lo siguiente:
    . áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural,
    . zonas de equipamiento metropolitano o intercomunal (ZEMoI),
    . zonas de interés metropolitano (ZIM) y
    . áreas verdes públicas y privadas consideradas protegidas.
    Estas áreas, zonas e inmuebles aparecen representados en el plano "L4/4. Áreas, zonas e inmuebles protegidos".»
    2.2 Reemplácense el título del capítulo 5.2 y los artículos 5.2.01 al 5.2.05 del título 5 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la Ordenanza Local, como se señala a continuación:
    «CAPÍTULO 5.2.
    ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR PATRIMONIAL CULTURAL
    ART. 5.2.01. Enumeración de áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural.
    Las áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural son:
    . las zonas típicas (ZT), declaradas por el Consejo de Monumentos Nacionales mediante decreto supremo del Ministerio de Educación,
    . los monumentos históricos (MH), declarados por el Consejo de Monumentos Nacionales mediante decreto supremo del Ministerio de Educación,
    . las zonas de conservación histórica (ZCH), declaradas por el Plan Regulador Comunal de Providencia, y
    . los inmuebles de conservación histórica (ICH), declarados por el Plan Regulador Comunal de Providencia.
    Estas áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural aparecen representadas en el plano "L4/4. Áreas, zonas e inmuebles protegidos".»
    ART. 5.2.02. Zonas típicas (ZT).
    Las zonas típicas declaradas en la comuna de Providencia se enumeran en el cuadro 20 y aparecen representadas en el plano «L4/4 Áreas, zonas e inmuebles protegidos».
    Respecto de la localización de las ZT, en caso de discordancia entre el plano mencionado y el cuadro 20, la información contenida en el plano es la que prima.

    .

    ART. 5.2.03. Monumentos históricos (MH).
    Los monumentos históricos declarados en la comuna de Providencia se enumeran en el cuadro 21 a continuación, y aparecen representados en el plano L4/4 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos».
    Respecto de la localización de los MH, en caso de discordancia entre el plano mencionado y el cuadro 21, la información contenida en el plano es la que prima. 
    .

    ART. 5.2.04. Zonas de conservación histórica (ZCH)
    Las zonas de conservación histórica declaradas en la comuna de Providencia se enumeran en el cuadro 22 y aparecen representadas en el plano «L4/4. Áreas, zonas e inmuebles protegidos».
    Respecto de la localización de los ZCH, en caso de discordancia entre el plano mencionado y el cuadro 22, la información contenida en el plano es la que prima.   

    .

    ART. 5.2.05. Inmuebles de conservación histórica (ICH).
    Los inmuebles de conservación histórica declarados en la comuna de Providencia se enumeran en el cuadro 23 y aparecen representados en el plano «L4/4. Áreas, zonas e inmuebles protegidos».
    Respecto de la localización de los ICH, en caso de discordancia entre el plano mencionado y el cuadro 22, la información contenida en el plano es la que prima. 

    .
    * Ver Art. 4.3.02 de esta OL. »

    2.3 Deróguese el capítulo 5.3 «PROCEDIMIENTOS, PERMISOS Y BENEFICIOS PARA ZONAS E INMUEBLES PATRIMONIALES» que incluye los artículos 5.3.01 a 5.3.03 del título 5 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la Ordenanza Local.
    2.4 Reemplácense el título del capítulo 5.4 y los artículos 5.4.01 y 5.4.02 del título 5 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la Ordenanza Local, como se señala a continuación:
    «CAPÍTULO 5.4.
    NORMAS DE EXCEPCIÓN PARA LAS ÁREAS DE PROTECCIÓN DE RECURSOS DE VALOR PATRIMONIAL CULTURAL
    ART. 5.4.01. Normas generales y de excepción aplicables a las áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural.
    Toda intervención en un área de protección de recursos de valor patrimonial cultural deberá cumplir con las normas de las zonas de edificación patrimonial, descritas en el artículo 4.3.02, y asignadas a cada una de estas áreas en los cuadros 20, 21, 22 y 23, así como las zonas de uso de suelo respectivas.
    A estas disposiciones se suman las normas de excepción de los artículos 4.1.07 y 6.1.09 de esta OL.
    ART. 5.4.02. Restricciones a la instalación de publicidad y propaganda en las áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural.
    Toda publicidad o propaganda que se proponga instalar en áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultura deberá cumplir con la ordenanza sobre publicidad y propaganda en la comuna de Providencia.
    Además, toda publicidad o propaganda que se proponga instalar en zonas típicas o monumentos históricos deberá contar con el visto bueno del Consejo de Monumentos Nacionales.»
    2.5 Deróguese el capítulo 5.5 «GRADOS Y PARAMETROS DE INTERVENCIÓN EN LAS ZCH E ICH» que incluye los artículos 5.5.01 y 5.5.02, del título 5 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la ordenanza local.
    2.6 Reemplácense los artículos 5.6.01 y 5.6.02 del título 5 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la Ordenanza Local, como se señala a continuación:
    «ART. 5.6.01 Zona de Equipamiento Metropolitano o Intercomunal (ZEMoI).
    Las ZEMoI presentes en el territorio comunal aparecen representadas en los siguientes planos:
    L2/4. Espacio privado: zonas de edificación.
    L3/4. Espacio privado: zonas de uso de suelo.
    L4/4. Áreas, zonas e inmuebles protegidos.
    En estas zonas el coeficiente de ocupación de suelo será de 0,40 y se autorizarán construcciones de hasta 5 pisos de altura.
    Las ZEMoI se enumeran en el cuadro 24 siguiente: 

    .

    ART. 5.6.02. Zonas de Interés Metropolitano (ZIM).
    Las ZIM presentes en el territorio comunal aparecen representadas en los siguientes planos:
    L2/4. Espacio privado: zonas de edificación.
    L3/4. Espacio privado: zonas de usos de suelo.
    L4/4. Áreas, zonas e inmuebles protegidos.
    En estas zonas el coeficiente de ocupación de suelo será de 0,40 y se autorizarán construcciones de hasta 5 pisos de altura.
    Las ZIM se enumeran en el cuadro 25 siguiente:»   

    .

    2.7 Deróguese el artículo 5.7.02 del título 5 «Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la ordenanza local.
    2.8 Modifíquese el cuadro 28 del artículo 6.2.02 del título 6 «Normas de uso de suelo» de la ordenanza local.
    2.8 Modifíquese el cuadro 28 del artículo 6.2.02 del título 6 «Normas de uso de suelo» de la ordenanza local, como se señala a continuación.

    .

    2.9 Modifíquese el artículo 6.2.12 del título 6 «Normas de uso de suelo» de la ordenanza local, en el sentido de incorporar en el cuadro 32, en la fila correspondiente al tipo de equipamiento clase servicios, al final de la lista de las actividades prohibidas, un guion nuevo con la actividad «estacionamientos».
    2.10 Modifíquese el artículo 6.2.15 del título 6 «Normas de uso de suelo» de la ordenanza local, en el sentido de eliminar en el cuadro 35, en la fila correspondiente al tipo de equipamiento clase culto y cultura, en el cuarto guion de la casilla correspondiente a las actividades permitidas, la actividad «canales de televisión».
    2.11 Modifíquese el artículo 6.2.15 del título 6 «Normas de uso de suelo» de la ordenanza local, en el sentido de incorporar en el cuadro 35, en la fila correspondiente al tipo de equipamiento clase culto y cultura, en el recuadro correspondiente a las actividades prohibidas, «Edificaciones o locales destinados a: - canales de televisión».
    2.12 Agréguese al final del artículo 6.2.15 del título 6 «Normas de uso de suelo» de la ordenanza local, el cuadro de la subzona de uso preferentemente residencial y de equipamiento culto y cultura (UpR y E-CC), como se señala a continuación:
    «UpR y E-CC - Subzona de uso preferentemente residencial y de equipamiento culto y cultura Las actividades específicas permitidas o prohibidas en la subzona de uso preferentemente residencial y de equipamiento culto y cultura (UpR y E-CC) se consignan en el cuadro 35 bis a continuación.»   

    .

    2.13 Deróguense los artículos 8.1.01 y 8.1.02 del título 8 «De los estacionamientos» de la ordenanza local.
    2.14 Reemplácese el artículo 8.1.03 del título 8 «De los estacionamientos» de la Ordenanza Local, como se señala a continuación:
    «ART. 8.1.03. Exigencias de estacionamiento.
    En el cuadro 40 a continuación se establece el número de estacionamientos exigido para cada tipo de uso de suelo y sus destinos, así como para cada clase de equipamiento, que varía según se trate de la zona A o B del territorio comunal.
    En las edificaciones con dos o más destinos, el número total de estacionamientos exigidos corresponderá a la suma de los estacionamientos requeridos para cada destino.
    La exigencia de estacionamientos para personas con discapacidad será aquella establecida en la OGUC.»   

    .

    2.15 Deróguense los artículos 8.1.05 al 8.1.07, del título 8 «De los estacionamientos» de la ordenanza local.
    2.16 Reemplácese el artículo 8.1.08 del título 8 «De los estacionamientos» de la Ordenanza Local, como se señala a continuación:
    «ART. 8.1.08. Exigencia de estacionamientos para bicicletas.
    Todos los proyectos deberán contar con estacionamiento para bicicletas conforme a los estándares establecidos en el cuadro 40 del artículo 8.1.03. de esta OL.»
    2.17 Deróguese el artículo 8.1.09 del título 8 «De los estacionamientos» de la ordenanza local.
    3. Modifíquense los planos «PRCP 2007 - L2/4 FE Espacio privado: zonas de edificación», «L1/6 M3 Espacio privado: Zonas de usos de suelo» y «PRCP 2007 - L4/4 FE Áreas, zonas e inmuebles protegidos» de la siguiente forma:
    3.1. Reemplácese el plano «PRCP 2007 - L2/4 FE Espacio privado: zonas de edificación» por el plano «L 2/7 M4: Espacio privado: zonas de edificación». Las modificaciones de las zonas de edificación aparecen detalladas en los planos siguientes:
    - L 3/7 M4: Modificación de zonas de edificación. Plano de detalle situación anterior
    - L 4/7 M4: Modificación de zonas de edificación. Plano de detalle situación que se aprueba
    Todas las referencias que se hagan al plano «PRCP 2007 - L 2/4 FE Espacio privado: Zonas de edificación» en los documentos que conforman el Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 deberán entenderse referidos al plano «L 2/7 M4: Espacio privado: zonas de edificación»
    3.2. Reemplácese el plano «L 1/6 M3: Espacio privado: Zonas de usos de suelo» por el plano «L 7/7 M4: Espacio privado: Zonas de usos de suelo» donde se incorporan los cambios detallados en los planos L 5/7 M4 y L 6/7 M4 que modifican las normas de uso de suelo de equipamientos existentes en 12 casos específicos que se indican.
    Todas las referencias que se hagan al plano «PRCP 2007 - L 3/4 Espacio privado: Zonas de usos de suelo» en los documentos que conforman el Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 deberán entenderse referidos al plano «L 7/7 M4 Espacio privado: zonas de usos de suelo».
    3.3. Reemplácese el plano «PRCP 2007 - L 4/4 FE Áreas, zonas e inmuebles protegidos» por el plano «L 1/7 M4: Áreas, zonas e inmuebles protegidos».
    Todas las referencias que se hagan al plano «PRCP 2007 - L 4/4 FE Áreas, zonas e inmuebles protegidos» en los documentos que conforman el Plan Regulador Comunal de Providencia 2007 deberán entenderse referidos al plano «L 1/7 M4: Áreas, zonas e inmuebles protegidos».
    4. Publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial, y archívese la Memoria Explicativa, el Texto Aprobatorio y los Planos (Modificación Nº 4 Patrimonio PRCP 2007 L1/7 M4, L2/7 M4, L3/7 M4, L4/7 M4, L5/7 M4, L6/7 M4 y L7/7 M4) en la forma dispuesta por el artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y en el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    Los antecedentes de la presente modificación estarán disponibles para la comunidad en el Departamento de Catastro dependiente de la Dirección de Obras Municipales, en el Departamento de Asesoría Urbana dependiente de la Secretaría de Planificación Comunal de la Municipalidad de Providencia y en la página web http://www.providencia.cl.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Josefa Errázuriz Guilisasti, Alcaldesa.- María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., María Raquel de la maza Quijada, Secretario Abogado Municipal.