La presente ley establece los distintos aguinaldos y beneficios al que accederán los empleados públicos, a modo de ejemplo, se consideran aguinaldo de fiestas patrias, de navidad, colaboradores del Sename, entre otros. Esta ley no se refiere al reajuste del sector público.
    Artículo 24.- Modifícase la ley Nº 19.464 en la siguiente forma:
    a) Reemplázase en el inciso primero del artículo 7 la frase "y enero del año 2016" por "y enero del año 2017".
    b) Sustitúyese en el artículo 9 el guarismo "2017" por "2018".