EXPROPIA POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA INMUEBLE DE PROPIEDAD DE DOÑA ROSA BARAHONA NÚÑEZ

    Núm. 1.245 exento.- Malloa, 10 de agosto de 2016.

    Considerando:

    a.- Acuerdo N° 451 del Concejo Municipal de Malloa, adoptado en sesión ordinaria celebrada
    b.- Lo dispuesto en el Plan Regulador Comunal aprobado por decreto exento 1.007 de fecha 10 el día 18 de abril de 2016. de diciembre de 2009.

    Vistos:

    Lo dispuesto en el decreto ley 2.186 Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones, Res. N° 1.600/2008 y 15.700/2012, de Contraloría General de la República; el artículo 33 del DFL N° 1/2006 que fija el texto refundido de la ley 18.695/88, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Decreto:

    1.- Exprópiese por causa de utilidad pública inmueble propiedad de doña Rosa Barahona Núñez, ubicado en calle Santa Rosa s/n, Ex Ramal Las Cabras de la localidad de Pelequén, de una superficie de 743,25 metros cuadrados, inscrito a fojas 2378 número 1853 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rengo correspondiente al año 2007, Rol de Avalúo 52-29, cuyos deslindes según sus títulos son: Norte, en 48,20 metros con Leonidas Peña; al Sur, en 50,90 metros con Ramón Piña; Oriente, 15 metros con calle Santa Rosa; y Poniente en 15 metros con sublote 1-2; lo anterior para la apertura de calle Ramal Las Cabras entre Santa Rosa y Rotonda de Pelequén.
    2.- Fíjese como monto de expropiación la suma de $24.184.000 (veinticuatro millones ciento ochenta y cuatro mil pesos), en virtud de lo establecido en informe de tasación de fecha 4 de julio de 2016, los que se cancelarán en un solo pago, por medio de cheque nominativo girado a favor de la propietaria del inmueble.
    3.- Suscríbase el correspondiente Convenio de Pago de Indemnización por expropiación con la expropiada, dentro del término de 30 días hábiles a contar de la fecha del decreto, estableciéndose en él como fecha de entrega material del inmueble expropiado y procediéndose a la misma, el día de suscripción de dicho Convenio.
    4.- Publíquese en extracto, de acuerdo a lo establecido en el decreto ley N° 2.186, de 1978, por una vez en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.- Luis Barra Villanueva, Alcalde.- Juan Fco. Ortiz Reyes, Secretario Municipal.