1.- Rectificar el artículo 18 de la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Caldera, aprobado mediante decreto alcaldicio N° 2.827, de fecha 16 de agosto de 2012, en el siguiente sentido:
    Donde dice:

    .

    Debe decir:

    .

    2.- Publíquese en el Diario Oficial el presente decreto alcaldicio.
    3.- Inscríbase en el Conservador de Bienes Raíces de Caldera, el presente decreto alcaldicio.
    4. Remítase una copia del presente decreto alcaldicio a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama.
    5. En lo no modificado rige íntegramente la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Caldera aprobada mediante decreto alcaldicio N° 2.827 de fecha 16 de agosto de 2012.