Artículo 9°. Antecedentes que se deben acompañar a los Proyectos.
    Al presentar el proyecto, la Entidad Desarrolladora deberá acompañar los siguientes antecedentes:

    a) Coordenadas de georreferenciación (x,y) y dirección del proyecto;
    b) Plano de emplazamiento del loteo para graficar el límite urbano, el límite del área operacional de la empresa sanitaria que incide en el proyecto, y los distanciamientos a servicios y equipamientos a que se refiere el punto 4 del artículo 10° del presente Reglamento;
    c) Plano de loteo con cuadro de superficies, identificando el proyecto o las etapas de éste que formen parte de un permiso de edificación de un proyecto de arquitectura y urbanización mayor y que sean presentadas como proyecto habitacional a este Programa, si corresponde, orientación y emplazamiento de las viviendas y áreas y/o edificaciones que se destinarán a equipamiento;
    d) Corte transversal y longitudinal del terreno, que grafique claramente sus pendientes;
    e) Planos de arquitectura de las viviendas, además de los planos de arquitectura y detalles del equipamiento, áreas verdes y espacios comunes;
    f) Especificaciones técnicas de las edificaciones, incluyendo las del equipamiento;
    g) Ficha Informativa del Proyecto, de acuerdo a formato proporcionado por el Minvu.
    h) Certificado Decreto 16, VIVIENDA
Art. PRIMERO N° 8, 8.1
D.O. 23.07.2020
de Informaciones Previas.
    i) Plan Maestro de Desarrollo Inmobiliario: En caso de proyectos pertenecientes a una etapa de un desarrollo inmobiliario mayor que considere otros proyectos a ejecutar en el futuro, se debe presentar un plano que permita a la Comisión Evaluadora revisar y evaluar el programa general, contexto total (área de influencia), que tenga en cuenta continuidad de la vialidad, acceso a servicios, reserva de áreas para equipamiento y áreas verdes acorde a la escala del barrio, en relación a las distintas etapas a desarrollar.
    j) En el caso de proyectos acogidos a la Ley N°19.537, Sobre Copropiedad Inmobiliaria, los proyectos deberán adjuntar:
     
    . Estimación de costos operativos y mantención de condominios
    . Estrategias propuestas en el diseño del proyecto y su fase operativa para la disminución del valor de los gastos comunes.
     
    k) Propuesta de eficiencia energética en formato tipo, proporcionado por el Minvu.
    l) Archivo digital con todos los documentes que conforman el expediente del proyecto.

    Las Decreto 16, VIVIENDA
Art. PRIMERO N° 8, 8.2
D.O. 23.07.2020
Entidades Desarrolladoras que participen del llamado deberán ingresar en los sistemas electrónicos dispuestos al efecto, los datos e información gráfica del proyecto que permita visualizar sus características principales, incorporando a lo menos un archivo .kmz; el Certificado de Informaciones Previas; una presentación del proyecto en formato PDF que contenga la imagen aérea del terreno en el barrio, imágenes digitales del conjunto, de las viviendas, del plano de entremezcla de éstas, y otras características del proyecto que la Entidad Desarrolladora estime importante de relevar. Podrán señalar también un correo electrónico al cual se notifiquen las actuaciones derivadas de la ejecución del Programa.