ASIGNA NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS A LOS TERRENOS DESAFECTADOS QUE SEÑALA

    Núm. 409.- Antofagasta, 16 de marzo de 2016.

    Vistos: El Ord. (E) Nº 9/2016, del 8 de febrero de 2016, del Asesor Urbanista; los oficios Nos 1015/2015 y 1090/2015, de fechas 27 de agosto y 10 de septiembre de 2015, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo; los decretos alcaldicios Nos 195/2015 Ex. y 576/2015, del 17 de febrero y 24 de abril del 2015; lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo señalado por la ley 20.791, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en relación a afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores el DDU 279, circular Ord. Nº 654, fechado el 18 de diciembre de 2014, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; lo señalado en la circular Ord. Nº 575, de fecha 29 de octubre de 2014, DDU 277, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; lo dispuesto en el Art. 12 de la ley Nº 18.695, y en uso de las atribuciones legales que me confiere el DFL Nº 1, del 9 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades dicto el siguiente:

    Decreto:

    I. Se asigna nuevas normas urbanísticas a los siguientes terrenos desafectados a Utilidad Pública que son identificados en planos denominados y numerados, que son integrante en el presente decreto.

   
   
    Los terrenos identificados en la nómina enviada y respondida correspondiente al decreto Nº 576 de fecha 24.04.2015 y publicada en D.O. 29.04.2015 correspondiente a 110 terrenos con visto bueno del Minvu informe técnico favorable del Minvu Nº 1015 de fecha 27 de agosto de 2015 y en condiciones de asignar normas urbanísticas de acuerdo a la ley Nº 20.791.
   
   

    Los terrenos identificados en la nómina enviada y respondida correspondiente al decreto Nº 195 de fecha 17.02.2015 y publicada en D.O. 26.02.2015 correspondiente a 2 terrenos con visto bueno del Minvu informe técnico favorable del Minvu Nº 1090 de fecha 10 de septiembre de 2015 y en condiciones de asignar normas urbanísticas de acuerdo a la ley Nº 20.791.
   
    II. Asimismo, encomiéndese a la Dirección de Gabinete de Alcaldía, a través de su Departamento de Prensa, la publicación del presente documento en el Diario Oficial y la página web de la Municipalidad de Antofagasta, en virtud al Art. Nº 12 de la ley Nº 18.695 y a la Secretaría Comunal de Planificación, a través del Departamento de Asesoría Urbana, cumplir con el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
    III. Archívese copia del presente decreto y su publicación en Diario Oficial en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
 

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Karen Rojo Venegas, Alcaldesa.- Héctor Ávalos Araya, Secretario Municipal.