APRUEBA ENMIENDA AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE GORBEA
     
    Núm. 1.013 exento.- Gorbea, 21 de diciembre de 2015.
     
    Vistos:
     
    1. El DFL Nº 458, de 1975, de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    2. El DS Nº47, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    3. El decreto Nº 06 de fecha 25 de enero de 2012, del Minvu, que aprueba el proyecto parcial Plan Regulador Comunal de Gorbea, localidad de Gorbea.
    4. El Ord. Nº 192 de fecha 10 de febrero de 2015, del Alcalde de la comuna de Gorbea, que solicita modificación del Plan Regulador Comunal.
    5. El Ord. Nº 458 de fecha 7 de abril de 2015, de la Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de la Araucanía, que informa sobre modificación del Plan Regulador Comunal de Gorbea.
    6. El Ord. Nº 1.255 de fecha 19 de octubre de 2015, que solicita realizar enmiendas al Plan Regulador Comunal de Gorbea.
    7. El Acta de Sesión Ordinaria Nº 30 de fecha 27 de octubre de 2015, del Concejo Municipal de Gorbea, que aprobó la proposición de enmienda del Plan Regulador Comunal de Gorbea, para la Zona ZE, Equipamiento, mediante el Acuerdo Nº 180.
    8. El Ord. Nº 1.182 de fecha 5 de octubre de 2015, del Sr. Alcalde de la comuna de Gorbea, que cita a reunión para enmienda de Plan Regulador de Gorbea.
    9. El Acta de Asistencia de fecha 15 de octubre de 2015, de la Audiencia Pública Nº 1, para informar y consultar sobre modificaciones propuestas para la Zona ZE, Equipamiento, del Plan Regulador Comunal de Gorbea, convocada mediante el Ord. Nº 1.182 de fecha 05.10. 2015, del Alcalde de la Comuna de Gorbea.
    10. El Acta de la Sesión Extraordinaria Nº 02 de fecha 16 de octubre de 2015, del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, que conoce propuesta de enmienda al Plan Regulador Comunal de Gorbea.
    11. El Acta de Asistencia de fecha 16 de noviembre de 2015, de la Audiencia Pública Nº 2, para consultar sobre la propuesta de modificación de la Zona ZE, Equipamiento, del Plan Regulador Comunal de Gorbea.
    12. El certificado Nº 139 de fecha 14 de diciembre de 2015 de la Dirección de Obras Municipales, que da cuenta que no se presentaron observaciones de la comunidad a la propuesta de enmienda de la Zona ZE, Equipamiento, del Plan Regulador Comunal de Gorbea.
    13. El Certificado Nº 36 de fecha 1 de diciembre de 2015, de la Secretaría Municipal, que da cuenta del término del período 2011-2015, del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, el 27 de octubre de 2015, estando en proceso de renovación el Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
    14. El Acta de la Sesión Ordinaria Nº 33 de fecha 24 de noviembre de 2015, del Concejo Municipal de Gorbea, que ratifica el Acuerdo Nº 180 de fecha 27 de octubre de 2015 del Concejo Municipal, que aprobó la enmienda al Plan Regulador Comunal de Gorbea, para la Zona ZE, Equipamiento.
    15. Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el DFL Nº 1 de 2006, de Interior.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el Alcalde de la Comuna de Gorbea atendiendo proposiciones de la comunidad, realizó consultas a la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía, para modificar la Zona ZE, Equipamiento, del Plan Regulador Comunal de Gorbea.
    2. Que, producto de la respuesta de la Seremi del Minvu Región de la Araucanía, se inició el proceso de modificación del Plan Regulador Comunal de Gorbea, de acuerdo al cronograma fijado para la concreción de la aprobación de la enmienda de la Zona ZE, Equipamiento.
    3. Que concluido el proceso con la participación de órganos públicos y de la comunidad, se han cumplido los requerimientos de la Ley y de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para concretar la aprobación de la enmienda del Plan Regulador Comunal de Gorbea.
     
    Decreto:
     
    1. Apruébase la enmienda al Plan Regulador Comunal de Gorbea, para la Zona ZE, Equipamiento:
   
    En Comercio: se permite el comercio con la excepción de estaciones o centros de servicio automotor y discotecas. En Deportes, se permite con la excepción estadios y autódromos. En servicios, no hay excepciones.
   
    Anótese, publíquese y archívese.- Juan Esteban Meza Moncada, Alcalde.- Mario Navarro Massi, Secretario Municipal.