MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE ANTOFAGASTA
     
    Núm. 145.- Antofagasta, 1 de febrero de 2016.
     
    Vistos:
     
    El Plan Regulador Comunal de Antofagasta (PRCA), vigente a partir de su publicación en el Diario Oficial de fecha 17.07.2002, Plan Seccional La Chimba 16.05.2001 y Modificación Plan Regulador Comunal Sector Norte 14.07.2012; las cartas certificadas a las organizaciones territoriales afectadas, cartas a los servicios públicos y privados por la propuesta de enmienda Nº1 del Plan Regulador Comunal Vigente incluyendo sus modificaciones descritas en la memoria expuesta en página web municipal y las publicaciones efectuadas con fechas 24 de marzo y 31 de marzo 2015 respectivamente en el diario de mayor circulación, informando de la audiencia pública Nº1 efectuada el 6 de abril de 2015 que expone las principales características de las enmiendas del instrumento de planificación propuesto e informa de la exposición pública de todos los antecedentes en el hall del edificio Consistorial por 30 días, la sesión extraordinaria Nº2 del Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, en la comuna de Antofagasta del 9 de abril de 2015, en la cual se expuso la enmienda del Plan Regulador Comunal, finalizado el plazo de exposición al público 7 de mayo de 2015, se invitó vía publicaciones efectuadas con fechas 8 de mayo y 13 de mayo de 2015 respectivamente en el diario de mayor circulación, informando de la audiencia pública de consulta Nº 2 efectuada el 15 de mayo de 2015 que expone las principales dudas y aclaraciones que la comunidad tenga de las enmiendas del instrumento de planificación propuesto; plazo de las observaciones, los interesados podrán formular por escrito, las observaciones e indicaciones respecto de las enmiendas hasta el 1 de junio de 2015, la sesión ordinaria Nº4 del Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil realizada el 28 de mayo de 2015 donde se exponen las observaciones que hasta esa fecha se habían recibido posteriormente en el marco de las respuestas observaciones y habiendo recibido un total de once cartas u oficios observando estas enmiendas se expone nuevamente en la sesión ordinaria Nº6 del Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil realizada el 24 de septiembre de 2015 entregando la propuesta de respuesta a las observaciones de las enmiendas; en cesiones de trabajos con concejo municipal se analizaron cada una de las respuestas a las enmiendas del Plan Regulador de Antofagasta según consta en certificado del Secretario Municipal de la ilustre Municipalidad de Antofagasta en sesión ordinaria Nº33 del Concejo Municipal de Antofagasta, celebrada el miércoles 18 de noviembre de 2015 y se acuerda aprobar por mayoría de los miembros presentes en sala propuesta de enmiendas en su conjunto Nº1 /2015 al Plan Regulador Comunal de Antofagasta, contenidas en Memoria Explicativa, texto resolutivo y plano EPRCA-01; se informa a través de cartas certificadas a cada ciudadano o entidad pública o empresas privadas y comunidad en general que hicieron observaciones, se solicita mediante oficio 1/2016 de Asesoría Urbana la dictación del decreto alcaldicio aprobatorio la Ley General de Urbanismo y Construcciones, especialmente su art. 45; la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, especialmente sus artículos 2.1.11 y 2.1.13; la ley Nº18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", y las facultades propias del asesor urbanista y a través de orden de servicio A-16-0280 del 7 de enero 2016 de la Alcaldesa instruye elaborar el decreto alcaldicio que aprueba las enmiendas en su conjunto Nº1/2015 de acuerdo lo dispuesto en el Art. 12 de la ley Nº18.695, y en uso de las atribuciones legales que me confiere el DFL Nº1, del 9 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y posteriormente publicarlo en el Diario Oficial y página web municipal dicto el siguiente:
     
    Decreto:

     
    I. Modifícase el Plan Regulador Comunal de Antofagasta aprobado por resolución Nº24 de fecha 3 de abril de 2002 del Gobierno Regional de Antofagasta, publicado en el Diario Oficial el 17 de julio de 2002, y sus modificaciones posteriores, en el sentido de efectuar modificaciones en la Memoria Explicativa, en el texto de la Ordenanza, modificando la redacción de los artículos 1; 9; 10; 11; 19; 54; 55; artículo 7.1 MPRCA sector norte; Artículo 20 Seccional La Chimba; 62; incorporando los nuevos artículos 9.1; 10.1; 56; asignando una nueva numeración a los artículos 56; 57; 58; 59; 60; 61; 62 y 63 que pasan a ser los artículos 57; 58; 59; 60; 61; 62; 63 y 64 respectivamente y en los planos, incorporando el nuevo plano EPRCA-01 que modifica parcialmente plano PRC-02 Zonificación General, elaborado por la Municipalidad de Antofagasta, y que por el presente decreto se aprueban, en la forma que a continuación se señala:
     
     
    a) Modifícase en el artículo 1 Capítulo I Disposiciones Generales lo siguiente:
     
    . Agrégase al primer párrafo del Artículo 1, a continuación de la expresión "planos PRC 01, 02, 03 y 04", el siguiente nuevo plano ", EPRCA-01 (modifica parcialmente PLANO PRC-02 Zonificación General)".
     
    b) Modifícase en el artículo 9 de la Ordenanza Plan Seccional La Chimba lo siguiente:
     
    . Elimínese el siguiente párrafo del Artículo 9:
    "En los sitios esquina los cierros deberán formar los ochavos previstos en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Además, se establece que el ochavo conformado entre dos pasajes deberá medir 2,00 m. como mínimo, y los formados entre calles y pasajes deberán medir 4,00 m como mínimo. En casos calificados la DOM podrá exigir ochavos mayores, hasta 8,00 m.".
     
    c) Modifícase en el Artículo 9 de la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Antofagasta 2002 lo siguiente:
     
    . Elimínese el siguiente párrafo del Artículo 9:
    "Los cierros en esquina deberán formar los ochavos previstos en los artículos 2.5.3; 2.5.4; 2.5.5; 2.5.6 y 2.5.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
     
    d) Agrégase el siguiente nuevo artículo 9.1
    "Artículo 9.1
    Ochavos.
    En las esquinas de todas las calles y pasajes, los muros de fachada o cierros ubicados en la línea oficial formarán ochavos de acuerdo a OGUC".
   
    e) Modifícase el Artículo 10 Antejardines en el siguiente sentido:
     
    .  Reemplácese a continuación de primer párrafo, los párrafos 2º, 3º, 4º y 5º por siguiente nuevo párrafo:
    "Los antejardines mínimos corresponderán a los establecidos en la presente ordenanza para las diferentes zonas. En aquellas zonas del Plan Regulador Comunal, en donde la medida del antejardín mínimo está definida, el arquitecto autor del proyecto podrá establecer un ancho mayor al establecido. En aquellas zonas donde el antejardín mínimo sea libre, este será determinado por el arquitecto autor del proyecto.".
    .  Elimínese del último párrafo del Art.10 la siguiente expresión:
    "En los niveles superiores al primer piso, se permitirán, balcones, terrazas y voladizos no superiores a 1,20 metros medidos desde la línea de edificación".
     
    f) Agrégase el siguiente nuevo artículo 10.1
     
    "Artículo 10.1
    Cuerpos Salientes.
    Los cuerpos salientes en fachadas sobre el espacio público podrán salir hasta 1.80 m de la línea oficial de acuerdo a lo establecido en el Art. 2.7.1 de la OGUC.
    Sobre el terreno correspondiente a antejardines, en los niveles superiores al primer piso se permitirán balcones, terrazas y voladizos cuyo ancho no podrá exceder el 40% del antejardín.".
     
    g) Modifícase el Artículo 11. Estacionamientos del Capítulo III Definiciones y Normas Generales, en el siguiente sentido
    . Reemplácese en letra g., a continuación del primer párrafo, los siguientes cuadros:
     
   
     
    (1) Adicionalmente se consultará estacionamientos de buses, camiones u otros similares, según los siguientes tramos de superficie útil construida en el proyecto:
     
    Hasta 1.000 m2                1 Estacionamiento de 30 m2
    De 1.000 a 3.000 m2            2 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 3.000 a 6.000 m2            3 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 6.000 a 12.000 m2          4 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    Más de 12.000 m2              5 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
     
   
     
    (1) Adicionalmente se consultará estacionamientos de buses, camiones u otros similares, de una longitud mínima de 10,50 metros, según los siguientes tramos de superficie útil construida en el proyecto:
     
    Hasta 1.000 m2                1 Estacionamiento de 30 m2.
    De 1.000 a 3.000 m2            2 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 3.000 a 6.000 m2            3 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 6.000 a 12.000 m2          4 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    Más de 12.000 m2              Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
     
    (2) Adicionalmente los terminales de distribución agropecuaria y/o pesquero deberán consultar un estacionamiento de 30 m2 para camiones y similares, por cada 200 m2 edificados o 500 m2 de recinto.
     
    Por siguientes nuevos cuadros:
     
   
     
    (1) Adicionalmente se consultará estacionamientos de buses, camiones u otros similares, según los siguientes tramos de superficie útil construida en el proyecto:
     
    Hasta 1.000 m2                1 Estacionamiento de 30 m2.
    De 1.000 a 3.000 m2          2 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 3.000 a 6.000 m2          3 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 6.000 a 12.000 m2          4 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    Más de 12.000 m2              5 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
     
     
   
   
     
    (1) Adicionalmente se consultará estacionamientos de buses, camiones u otros similares, de una longitud mínima de 10,50 metros, según los siguientes tramos de superficie útil construida en el proyecto:
     
    Hasta 1.000 m2.              1 Estacionamiento de 30 m2.
    De 1.000 a 3.000 m2          2 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 3.000 a 6.000 m2          3 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    De 6.000 a 12.000 m2          4 Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
    Más de 12.000 m2              Estacionamientos de 30 m2 cada uno.
     
    2) Adicionalmente los terminales de distribución agropecuaria y/o pesquero deberán consultar un estacionamiento de 30 m2 para camiones y similares, por cada 200 m2 edificados o 500 m2 de recinto.
     
    . Agrégase a continuación de letra ñ., nueva letra o.:
     
    O. Las edificaciones cuyo destino sea residencial, emplazadas en las zonas C1a, C2, C4, C1Bc, E4a, E4b, E4c y C1B, acogidas a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, podrán disminuir un 30% la dotación de estacionamientos exigida.
     
    h) Modifícase en el Artículo 19 del Capítulo III Definiciones y Normas Generales en el siguiente sentido:
     
    . Agrégase el siguiente nuevo párrafo, continuación del primer párrafo:
    "Los proyectos que se acojan a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria podrán disminuir hasta un 30% la exigencia de superficie predial mínima".
     
    i) Modifícase en el artículo 54 del Capítulo VII Definición de Macro-áreas, Zonificación, usos de suelo y normas específicas, en el siguiente sentido:
     
    . Elimínese de los cuadros de Zonas Consolidadas, Zonas de Extensión Urbana y Zonas Especiales la columna correspondiente a frente predial mínimo.
    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila CC, en la columna correspondiente a superficie predial mínima m2, la expresión "300" por la siguiente nueva expresión "210".
    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila CC, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "16 b)" por la siguiente nueva expresión "19,2 b)".
    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila CC, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "6b)" por la siguiente nueva expresión "7b".
    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila CC, en la columna correspondiente a Antejardín Mínimo m la expresión "Art. 10" por la siguiente nueva expresión "-".
    . Intercálese a continuación de fila CC y fila C1a, nueva fila CC'.
     
   
     
    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1a, en la columna correspondiente a superficie predial mínima m2, la expresión "300" por la siguiente nueva expresión "210".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1a, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "4,5" por la siguiente nueva expresión "5,9".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1a, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "16" por la siguiente nueva expresión "19,2 ras".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1a, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "6" por la siguiente nueva expresión "7-ras".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1b, en la columna correspondiente a superficie predial mínima m2, la expresión "300" por la siguiente nueva expresión "210".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1b, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "2" por la siguiente nueva expresión "2,6".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila Clc, en la columna correspondiente a superficie predial mínima m2, la expresión "800" por la siguiente nueva expresión "560".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1c, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "50%" por la siguiente nueva expresión "0,65".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1c, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "3" por la siguiente nueva expresión "3,9".

    . Reemplácese en cuadro de zonas consolidadas, en Fila C1c, en la columna correspondiente a Antejardín mínimo m la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "3".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1d, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "50%" por la siguiente nueva expresión "0,65".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1d, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "1,5" por la siguiente nueva expresión "1,95".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1d, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "10" por la siguiente nueva expresión "12".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C1d, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "3" por la siguiente nueva expresión "4".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C2, en la columna correspondiente a superficie predial mínima m2, la expresión "300" por la siguiente nueva expresión "210".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C2, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "2,6" por la siguiente nueva expresión "3,4".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas consolidadas, en fila C2, en la columna correspondiente a Antejardín Mínimo m, la expresión "Art.10" por la siguiente nueva expresión "-".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C3, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "2,4" por la siguiente nueva expresión "3,1".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C3, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "15" por la siguiente nueva expresión "18".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C3, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "6".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C3, en la columna correspondiente a Antejardín Mínimo m, la expresión "Art 10" por la siguiente nueva expresión "3".
    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C4, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "75%" por la siguiente nueva expresión "0,975".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C4, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "1,5" por la siguiente nueva expresión "1,95".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C4, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "15" por la siguiente nueva expresión "18".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C4, en la columna correspondiente a pisos máximos, la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "6".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C4, en la columna correspondiente a Antejardín Mínimo m, la expresión "Art.10" por la siguiente nueva expresión "-".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C5, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "85%" por la siguiente nueva expresión "0,935".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en Fila C5, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "2" por la siguiente nueva expresión "2,6".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C5, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "15" por la siguiente nueva expresión "18".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C5, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "6".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C5, en la columna correspondiente a Antejardín Mínimo m, la expresión "Art.10" por la siguiente nueva expresión "-".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C6, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "85%" por la siguiente nueva expresión "0,935".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C6, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "1" por la siguiente nueva expresión "1,3".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C6, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "8,5" por la siguiente nueva expresión "10,2".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C6, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "3" por la siguiente nueva expresión "4".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas consolidadas, en fila C4, en la columna correspondiente a Antejardín Mínimo m, la expresión "Art.10" por la siguiente nueva expresión "-".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C7, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "60%" por la siguiente nueva expresión "0,78".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C7, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "1,2" por la siguiente nueva expresión "1,56".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C7, en la columna correspondiente a Antejardín Mínimo m, la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "3".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C8, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "60%" por la siguiente nueva expresión "0,78".

    . Reemplácese en cuadro de zonas Consolidadas, en fila C8, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "2,4" por la siguiente nueva expresión "3,1".

    . Reemplácese en cuadro de zonas Consolidadas, en fila C8, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "15" por la siguiente nueva expresión "18".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C8, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "6".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C9, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "40%" por la siguiente nueva expresión "0,52".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C9, en la columna correspondiente a Coeficiente Máximo de Constructibilidad la expresión "1" por la siguiente nueva expresión "1,3".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C9, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima m la expresión "8,5" por la siguiente nueva expresión "10,2".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila C9, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "3" por la siguiente nueva expresión "4".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas especiales, en fila E4b, en la columna correspondiente a porcentaje de ocupación máxima de suelo la expresión "40%" por la siguiente nueva expresión "0,52".

    . Reemplácese en cuadro de zonas especiales, en fila E4b, en la columna correspondiente a altura de edificación máxima la expresión "21,5" por la siguiente nueva expresión "25,8".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Consolidadas, en fila E4b, en la columna correspondiente a pisos máximos la expresión "7" por la siguiente nueva expresión "8".

    . Reemplácese en cuadro de Zonas Especiales, en fila E1, en la columna correspondiente a antejardín mínimo la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "-".

    . Reemplácese en cuadro de zonas Especiales, en Fila E3b, en la columna correspondiente a antejardín mínimo la expresión "5" por la siguiente nueva expresión "-".

    . Reemplácese en Notas, a continuación de cuadro de zonas especiales, en nota a. la expresión "75%" por la siguiente nueva expresión "0,975 y la expresión "100%" por la siguiente nueva expresión "1,00" además "6" por la siguiente nueva expresión "7".

    . Agrégase en Notas, a continuación de cuadro de zonas especiales a continuación de nota a. una nueva nota a'.
    "a'. A los proyectos emplazados, en la manzana definida entre las calles Bolívar, Balmaceda, Washington y Sucre, se les aplica la siguiente normativa:
     
    0,75 para los proyectos que no incluyan plazoletas, pasajes o galerías comerciales públicas. 1,00 para los primeros 6 pisos si el predio o proyecto de edificación incluye una plazoleta, pasaje o galería comercial públicos, abiertos o cerrados, que enfrenten o continúen a otra plazoleta, pasaje o galería comercial abiertos o cerrados existentes.

    . Reemplácese en Notas, a continuación de cuadro de zonas especiales, en nota b. la expresión "6 pisos o 16 metros" por la siguiente nueva expresión "7 pisos o 19,2 metros".

    . Agrégase en Notas, a continuación de cuadro de zonas especiales, a continuación de nota b. una nueva nota b'.
    "b'. A los proyectos emplazados en la manzana definida entre las calles Bolívar, Balmaceda, Washington y Sucre, se les aplica la siguiente normativa:
    Sobre la altura de 6 pisos o 16 metros se podrá levantar un piso suplementario recto y retirado 4 metros de la fachada principal, con una altura máxima de 4 metros, manteniendo la continuidad en los deslindes.".

    . Reemplácese en Notas, a continuación de cuadro de zonas especiales, en nota c. la expresión "75% en edificios hasta 2 piso. 65% en edificios hasta 5 pisos. 50% en edificios sobre 5 pisos".
    Por la siguiente nueva expresión:
    "0,975 en edificios hasta 2 piso. 0,845 en edificios hasta 5 pisos. 0,65 en edificios sobre 5 pisos".

    . Reemplácese en Notas, a continuación de cuadro de zonas especiales, en nota e. la expresión "10,5 metros en 4 pisos" por la siguiente nueva expresión "12,6 metros en 5 pisos".

    . Agrégase en Notas a continuación de cuadro de zonas especiales, a continuación de nota j. una nueva nota k.
    "k. En los predios ubicados en las zonas CC, C1a, C1b, C1c, C1d, C2, C3, C4, C5, C6, C7, C7a, C8, E4b, E4c, C1Bc se podrá aumentar el coeficiente de ocupación de suelo a 1,00, para el uso de equipamiento de clase comercio.

    . Agrégase en Notas a continuación de cuadro de zonas especiales, a continuación de nota K. una nueva nota I.

    "I. El coeficiente de ocupación de suelo prima por sobre las disposiciones de continuidad y pareo".
     
    j) Modifícase el artículo 55, Zonas Urbanizables de Desarrollo Condicionado en el siguiente sentido:
     
    . Reemplácese en ZDUC 01 Puerto de Antofagasta, a continuación de tabla a) usos de suelo de zona C1Bd, la expresión "CONDICIONES DE EDIFICACIÓN: ZONA C1Bb, C1Bc y C1Bd: VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO" por la siguiente nueva expresión "CONDICIONES DE EDIFICACION: ZONA C1Bb y C1Bd: VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO".

    . Modifícase en tabla "CONDICIONES DE EDIFICACIÓN: ZONA C1Bb, C1Bc y C1Bd: VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO" en letra i) Antejardín mínimo lo siguiente:

    - Reemplácese la expresión "5 metros en edificios hasta 5 pisos
    7 metros en edificios hasta 14 pisos
    10 metros en edificios sobre 14 pisos".
    Por la siguiente nueva expresión "libre según artículo 10 de presente ordenanza".

    . Agrégase en ZDUC 01 Puerto de Antofagasta, a continuación de tabla "CONDICIONES DE EDIFICACIÓN: ZONA C1Bb y CIBd: VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO" la siguiente nueva tabla:
     
   
     
    . Modifícase en ZDUC 02 y 03 Zona ferroviaria, en tabla "CONDICIONES DE EDIFICACIÓN: ZONA C1Ba. ZONA HISTÓRICA VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO en letra i) Antejardín mínimo lo siguiente:

    - Reemplácese la expresión "5 metros en edificios hasta 5 pisos

    7 metros en edificios hasta 14 pisos
    10 metros en edificios sobre 14 pisos".
    por la siguiente nueva expresión "5"

    . Modifícase en ZDUC 02 y 03 Zona ferroviaria, en tabla "CONDICIONES DE EDIFICACIÓN: ZONA C2a. en letra i) Antejardín mínimo lo siguiente:

    - Reemplácese la expresión "5 metros en edificios hasta 5 pisos

    7 metros en edificios hasta 14 pisos
    10 metros en edificios sobre 14 pisos".
    por la siguiente nueva expresión "5"

    . Modifícase en ZDUC 02 y 03 Zona ferroviaria, en tabla "CONDICIONES DE EDIFICACIÓN: ZONA C3a. en letra i) Antejardín mínimo lo siguiente:

    - Reemplácese la expresión "5 metros en edificios hasta 5 pisos

    7 metros en edificios hasta 14 pisos".
    por la siguiente nueva expresión "5"
     
    k) Modifícase condiciones normativas para las zonas definidas en el Artículo 8 en la modificación del Plan regulador comunal sector norte de Antofagasta en el siguiente sentido:

    . Reemplácese en condiciones normativas para las zonas definidas en el artículo 8 de la modificación del Plan Regulador Comunal Sector Norte, Antofagasta lo siguiente: En zonas centro y subcentro:

    - Reemplácese en Zona ZEC-1 Zona centro transversal mayor, en cuadro de normas de urbanización y edificación, en fila terreno, densidad máxima, la expresión "1.300 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "1.560 Hab/há".

    - Reemplácese en Zona ZEC-2 Zona subcentro transversal en cuadro de normas de urbanización y edificación, en fila terreno densidad máxima, la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    - Reemplácese en Zona ZEC-3 Zona de equipamiento sector / barrio en cuadro de normas de urbanización y edificación, en fila terreno densidad máxima, la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    En zonas preferentemente residenciales:

    - Reemplácese en Zona ZH-1 Zona preferentemente residencial de alta densidad en cuadro de normas de urbanización y edificación, Fila terreno, densidad máxima, la expresión "1.000 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "1.200 Hab/há".

    - Reemplácese en Zona ZH-2 Zona preferentemente residencial de mediana densidad en cuadro de normas de urbanización y edificación, Fila terreno, densidad máxima, la expresión "750 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "900 Hab/há".

    - Reemplácese en Zona ZH-3 Zona preferentemente residencial de baja densidad en cuadro de normas de Urbanización y edificación, Fila terreno, densidad máxima, la expresión "350 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "420 Hab/há".
     
    En Zonas Mixtas:
     
    - Reemplácese en Zona ZM-1 Zona Mixta residencial y servicios en cuadro de normas de urbanización y edificación, Fila terreno, densidad máxima, la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    - Reemplácese en Zona ZM-2 Zona Mixta residencial y de actividades productivas (tipo PYME) en cuadro de normas de urbanización y edificación, Fila terreno, densidad máxima, la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    - Reemplácese en Zona ZM-3 Zona Mixta residencial y equipamiento en cuadro de normas de urbanización y edificación, Fila terreno, densidad máxima, la expresión "750 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "900 Hab/há".

    . Remplácese en Tablas síntesis de condiciones de edificación lo siguiente:

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y especiales, en fila ZEC-1, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "1.300 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "1.560 Hab/há".

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y especiales, en fila ZEC-2, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y especiales, en fila ZEC-3, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y especiales, en fila ZH-1, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "1.000 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "1.200 Hab/há".

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y especiales, en fila ZH-2, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "750 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "900 Hab/há".

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y especiales, en fila ZH-3, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "350 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "420 Hab/há".
     
    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y Especiales, en fila ZM-1, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y Especiales, en fila ZM-2, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "500 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "600 Hab/há".

    - Reemplácese en Tabla síntesis de condiciones de edificación por zonas de: centro y subcentro, preferentemente residencial, Mixtas, Equipamiento y Especiales, en fila ZM-3, en la columna correspondiente a densidad Bruta Máxima (Hab/há) la expresión "750 Hab/há" por la siguiente nueva expresión "900 Hab/há".
     
    l) Modifícase artículo 20, Capítulo IV Zonificación, uso del suelo y normas específicas, del seccional La Chimba de Antofagasta, graficado en el plano PSCH-01, en el siguiente sentido:

    . Reemplácese en zona ZM1: Zona mixta subcentro La Chimba, en normas de urbanización y edificación, en:
    Terreno:
    La expresión "Densidad predial máxima: 2.000 Hab/Há.".
    Por la siguiente nueva expresión: "Densidad Bruta Máxima: 2.400 Hab/Há".

    . Reemplácese en zona ZM2: Zona mixta comercial, recreativa y turística, en Normas de edificación: Terreno, la expresión "Densidad predial máxima: 375 Hab/Há.".
    Por la siguiente nueva expresión: "Densidad Bruta Máxima: 450 Hab/Há".

    . Reemplácese en zona ZU1: Zona residencial de alta densidad, en Normas de edificación: Terreno, la expresión "Densidad predial máxima: 2.000 Hab/Há.".
    Por la siguiente nueva expresión: "Densidad Bruta Máxima: 2.400 Hab/Há".

    . Reemplácese en zona ZU2: Zona residencial de mediana densidad, en Normas de edificación: Terreno, la expresión "Densidad predial máxima: 1.600 Hab/Há.".
    Por la siguiente nueva expresión: "Densidad Bruta Máxima: 1.920 Hab/Há".

    . Reemplácese en zona ZU2: Zona residencial de mediana densidad, en Normas de edificación: Envolvente, Altura de edificación, la expresión "Máxima 15 m".
    Por la siguiente nueva expresión: "Máxima 18 m".

    . Reemplácese en zona ZU2: Zona residencial de mediana densidad, en Normas de edificación, Superficie edificada:
    Coeficiente de constructibilidad, reemplácese la expresión "2,4" Por la siguiente nueva expresión: "3,12".

    . Porcentaje máximo de ocupación de suelo, reemplácese la expresión "60%" por la siguiente nueva expresión "0,78".

    . Reemplácese en zona ZU3: Zona residencial de baja densidad, en Normas de edificación: Terreno, la expresión "Densidad predial máxima: 750 Hab/Há.".
    Por la siguiente nueva expresión: "Densidad Bruta Máxima: 900 Hab/Há".
     
    m) Agrégase el siguiente nuevo artículo 56 pasando los actuales artículos 56,57,58,59,60,61,62 y 63 a ser los artículos 57,58,59,60,61,62,63 y 64 respectivamente:
     
    "Artículo 56: En los predios ubicados en las Zonas CC, Cla, C1b, C1c, C1d, C2, C3, C4, C5, C6, C7, C7a, C8, C9, C1Bb, C1Bc, C1Bd, E4b y E4c podrán disminuir su área inexcavada en el primer subterráneo hasta en un 100%, incluido el antejardín, en la medida que el proyecto presente un informe de un profesional competente respecto de las medidas de seguridad y de estabilidad estructural a los medianeros correspondientes y asegure la absorción de aguas lluvias y la arborización al interior del terreno.
     
    n) Modifícase el Artículo 62 en el siguiente sentido:
     
    . Agrégase al final del antiguo artículo 62 (ahora 63), a continuación de la tabla de condiciones de edificación el siguiente nuevo párrafo inmediatamente después de ..."considerando:
     
    "Todos los predios ubicados en las zonas C1a, C1b, C1c, C2, C3 y C9.
     
   
     
    II. Asimismo, encomiéndese a la Dirección de Gabinete de Alcaldía, a través de su Departamento de Prensa, la publicación del presente documento en el Diario Oficial y la página web de la Municipalidad de Antofagasta, en virtud al Art. Nº12 de la ley Nº18.695 y a la Secretaría Comunal de Planificación, a través del Departamento de Asesoría Urbana, cumplir con el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
     
    III. Archívese copia del presente decreto y su publicación en Diario Oficial en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.


     
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Karen Rojo Venegas, Alcaldesa.- Héctor Ávalos Araya, Secretario Municipal.