DÉJANSE SIN EFECTO DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA QUE INDICA
Núm. 593.- San Pedro de la Paz, 15 de abril de 2015.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 20.791, que modifica el DFL Nº 458, de 1976; lo establecido en las circulares DDU 277 y DDU 279, de fechas 29 de octubre de 2014 y 18 de diciembre de 2014, respectivamente, y lo establecido en el artículo 3 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
Decreto:
1) Déjanse sin efecto las declaratorias de utilidad pública señaladas en el presente cuadro:
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2) Publíquese en el Diario Oficial de la República.
Audito Retamal Lazo, Alcalde.- Renzo Riffo Lillo, Secretario Municipal.