FIJA NORMAS URBANÍSTICAS A TERRENOS DEJADOS SIN EFECTO A DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA, ARTÍCULO TRANSITORIO LEY 20.791, DE TERRENOS QUE INDICA
     
    Núm. 6.611.- Laja, septiembre 29 de 2015.
     
    Vistos:
     
1.  Lo dispuesto en ley Nº 20.791, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones de utilidad pública.
2.  El Plan Regulador Comunal de Laja promulgado por resolución Nº106, de fecha 21.07.2008, de la Intendenta de la Región del Biobío, publicado en el Diario Oficial con fecha 16.10.2008.
3.  El Plan Regulador Comunal de Laja aprobado por resolución Nº41 de fecha 25.10.1989 de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (S), publicada en el Diario Oficial con fecha 07.12.1989.
4.  El informe del Director de Obras Municipales y del Secplan, expuesto y aprobado en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Nº 12/2015 de fecha 21 de abril de 2015.
5.  Decreto alcaldicio Nº 2.811 de fecha 21.04.15, que deja sin efecto Declaratorias de Utilidad Pública.
6.  Publicación en Diario Oficial de fecha 28.04.15, D.A. Nº 2.811,de fecha 21.04.15, con nómina de vías dejadas sin efecto a Declaratorias de Utilidad Pública.
7.  Informe de Director de Obras y Secplan de fecha 03.07.15 con resolución Sr. Alcalde.
8.  El oficio Nº 636, de fecha 15.07.15, en que solicita informe previo favorable, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
9.  Informe favorable de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de fecha 25.08.15.
10.  Ord. Nº 2151/DDUI Nº 523 de fecha 11.09.15 del Minvu, en que remite informe favorable.
11.  Lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
12.  Y las facultades que me confieren los artículos 12 y 63 de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,
     
    Decreto:
     
    1.- Fíjanse normas urbanísticas en el Plan Regulador Comunal de Laja, publicado en el Diario Oficial el 16 de octubre de 2008, a los terrenos destinados a circulaciones, incluidos sus ensanches, que habiendo sido desafectados producto de la aplicación de las disposiciones transitorias de la ley 20.791 carezcan de ellas.
    2.- Establézcanse las nuevas normas urbanísticas fijadas a los terrenos desafectados que corresponden a los usos de suelos predominantes adyacentes al terreno según se observa a continuación en la siguiente tabla:
     
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    3.- Remítase copia del presente decreto a la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío.

    Anótese, comuníquese y publíquese en la página web municipal y en el Diario Oficial en su oportunidad.- José Pinto Albornoz, Alcalde.- Karina Sepúlveda Mora, Secretaria Municipal.