AUTORIZA POSTERGACIÓN SELECTIVA POR UN PERIODO TRES MESES, DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA PROYECTOS QUE SE INDICAN
     
    Núm. 1.494 exento.- Providencia, 11 de septiembre de 2015.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y teniendo presente las facultades que me confieren los artículos 5 letras d) y k), 6, 12 y 63 letra i) de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando:
    1.- La entrega al Concejo Municipal del proyecto Modificación Nº3 Uso de Suelo Plan Regulador Comunal Providencia, 2007 realizada en la Sesión Ordinaria Nº 104 de fecha 26 de mayo de 2015, del Concejo Municipal.
    2.- El Acuerdo Nº772 adoptado en Sesión Ordinaria Nº104 del 26 de mayo de 2015, del Concejo Municipal.
    3.- El decreto alcaldicio Ex. Nº 948, de fecha 4 de junio de 2015, que aprobó el estudio de Modificación Nº3 Uso de Suelo Plan Regulador Comunal Providencia, 2007 y a la vez dio inicio al proceso de tramitación del mismo, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    4.- La conveniencia de evitar una afluencia de permisos de edificación que vengan a anticipar la realización de proyectos que contradigan substancialmente las normas de uso de suelo que fijará la citada Modificación Nº3.
    5.- El oficio Nº 5678, de fecha 8 de julio de 2015, de la Sra. Alcaldesa, mediante el cual la Municipalidad de Providencia solicita a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo informe favorable, para efectos de decretar una postergación selectiva de permisos de construcción, por un plazo de tres meses.
    6.- El oficio ordinario Nº 3769, de fecha 12 de agosto de 2015, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, mediante el cual informa favorablemente la solicitud de postergación selectiva de permisos de edificación, solicitada por la Municipalidad de Providencia.
    7.- El Memorándum SCP Nº20.510, de 7 de septiembre de 2015, de la Secretaría Comunal de Planificación.
     
    Decreto:
 
    1.- Autorízase la postergación selectiva por un periodo tres meses, de los permisos de construcción para proyectos que se presenten en la Dirección de Obras Municipales y que contemplen los destinos que se describen a continuación en cinco sectores propuestos de la comuna de Providencia conforme a lo graficado en plano de postergación de permisos, el cual se agrega al presente decreto y pasa a formar parte integrante del mismo.
    2.- La postergación selectiva de permisos de construcción contempla los polígonos A-B-C-D-E-F-A, G-H-I-J-K-L-M-N-Ñ-O-P-Q-R-G, S-T-U-V-W-X-Y-Z-A"-B"-S, C"-D"-E"-F"-C", Barrio Pedro de Valdivia Norte G"-H"-G" y Barrio Bellavista I"-J"-K"-I" graficados en detalle en el plano de postergación selectiva de permisos de construcción según destino de uso de suelo, para las zonas que se detallan a continuación:
   
    . Zona 1 (color verde agua)
    Para las edificaciones con destino:
    Residencial: apart-hotel, anexo de hotel, hotel, hostería, hotel de turismo;
    Servicio: centro médico y dental, peluquería, pedicuro, lavaseco, planchado, pequeña empresa, oficina de profesionales públicos o privados, notaría, correo, centro de pago, agencia de empleo, agencia de viaje, agencia importadora y exportadora;
    Comercio: paquetería, librería, minimarket, botillería, almacén, farmacia, fuente de soda, cibercafé, ferretería, tienda de vestuario y calzado, minimercado, restaurante y bar.
   
    . Zona 2 (color damasco)
    Para las edificaciones con destino:
    Residencial: apart-hotel, anexo de hotel, hostería, hotel de turismo;
    Servicios: centro médico y dental, peluquería, pedicuro, lavaseco, pequeña empresa, oficina de profesionales públicos y privados, notaría, correo, centro de pago, agencia de empleo, agencia de viaje, agencia importadora y exportadora, isapre, AFP, compañía de seguro, sucursal de banco, financiera, caja de compensación, correo privado y servicio privado de seguridad;
    Educación: Educación técnica, centro de capacitación y rehabilitación conductual, instituto, preuniversitario, postgrado, escuela universitaria, sede o campus universitario, centro de formación científica o tecnológica;
    Salud: centro de exploración, diagnóstico y tratamiento, hospitalización en tránsito y maternidades, consulta veterinaria ambulatoria, hospital, clínica, centro de rehabilitación, centro de exploración, diagnóstico y tratamiento de alta especialidad, hospital integral y de especialidades funerarias, clínica veterinaria con hospitalización;
    Comercio: paquetería, librería, minimarket, botillería, almacén, farmacia, fuente de soda, cibercafé, ferretería, tienda de vestuario y calzado, minimercado, tienda especializada, compra, venta y arriendo de automóviles, restaurante, bar, pub, taberna y cantina.
   
    . Zona 3 (color rosado oscuro)
    Para las edificaciones con destino:
    Residencial: apart-hotel, anexo de hotel, hotel, hostería de turismo;
    Servicios: centro médico y dental, peluquería, pedicuro, lavaseco, planchado, pequeña empresa, oficina de profesionales públicos y privados, notaría, correo, centro de pago, agencia de empleo, agencia de viaje, agencia importadora y exportadora, isapre, AFP, compañía de seguro, sucursal de banco, financiera, caja de compensación, correo privado y servicio privado de seguridad, consorcio, multinacional, casa matriz de banco, intendencia, gobernación, corte de justicia;
    Educación: educación técnica, centro de capacitación y rehabilitación conductual, instituto, academia de artes y oficios, preuniversitario, postgrado;
    Salud: centro de exploración, diagnóstico y tratamiento, centro de rehabilitación ambulatoria, hospitalización en tránsito y maternidades, consulta veterinaria ambulatoria; Comercio: paquetería, librería, minimarket, botillería, almacén, farmacia, fuente de soda, cibercafé, ferretería, tienda de vestuario, y calzado, minimercado, tienda especializada, compra, venta y arriendo de automóviles, restaurante, bar, pub, taberna y cantina.
   
    . Zona 4 (color calipso)
    Para las edificaciones con destino:
    Salud: centro de exploración, diagnóstico y tratamiento, centro de rehabilitación ambulatoria; hospitalización en tránsito y maternidades, consulta veterinaria ambulatoria; Comercio: tienda especializada, compra, venta y arriendo de automóviles, restaurante, bar diurno, pub, taberna y cantina, mercado y supermercado.
   
    . Zona 5 (color azul)
    Para las edificaciones con destino:
    Educación: educación técnica, centro de capacitación y rehabilitación conductual, instituto, preuniversitario, postgrado, escuela universitaria, sede o campus universitario, centro de formación científica o tecnológica;
    Salud: centro de exploración, diagnóstico y tratamiento, hospitalización en tránsito y maternidades, consulta veterinaria ambulatoria; hospital, clínica, centro de rehabilitación, centro de exploración, diagnóstico y tratamiento de alta especialidad, hospital integral y de especialidades funerarias, clínica veterinaria con hospitalización.
   
    3.- La postergación selectiva de los permisos de construcción en las zonas señaladas y para las condiciones establecidas en los puntos 1 y 2 precedentes se hará efectiva por un período de tres meses a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
   
    4.- Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y en el diario El Mercurio de Santiago.
   
    5.- Remítase copia de este decreto a la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.


    Anótese, comuníquese y archívese.- Josefa Errázuriz Guilisasti, Alcaldesa.- María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal.