Artículo 16º: El Ministerio de Educación financiará los gastos que demande la ejecución y desarrollo del Programa de Becas de Especialización de Primer Ciclo de Enseñanza Básica, Decreto 243, EDUCACIÓN
Art. tercero N° 10 a), i), ii)
D.O. 20.08.2018
imputándolos con cargo a los recursos financieros que anualmente se determinen en la Ley de Presupuestos del Sector Público para la Subsecretaría de Educación.