Artículo 11: El Decreto 243, EDUCACIÓN
Art. tercero N° 6
D.O. 20.08.2018
postítulo tendrá una  duración de, a los menos, 700 horas de clases y se desarrollará bajo la modalidad presencial.
    Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el Ministerio de Educación, a través del CPEIP, podrá determinar que los programas de postítulos contemplen horas adicionales y fijar el número de éstas.