APRUEBA TERCERA Y ÚLTIMA PRÓRROGA DEL ARTÍCULO 117 DE LA LGUC REFERIDO A LA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES
     
    Núm. 899.- Machalí, 26 de agosto de 2015.
     
    Vistos:
     
    1. Las atribuciones que me confiere la Ley Nº 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y sus modificaciones.
    2. Lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones DFL Nº458 de 1975 Ley General de Urbanismo y Construcciones, actualizada por ley Nº20.772, publicada en el Diario Oficial el 5 de septiembre de 2014.
    3. Lo dispuesto en el artículo 168 del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones mediante el DL Nº 1.305, de 1975; el artículo 2º de la ley Nº 16.391 y las facultades que me confiere el artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile.
     
    Considerando:
     
    1. El cumplimiento a las disposiciones y procedimiento establecido en el artículo 1.4.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, mediante el que se ejecutó el "Estudio de las Áreas Propensas al Desarrollo Urbano del Plan Regulador Comunal de Machalí, densidades actuales del PRC de Machalí, el cual comprende desde la Carretera del Cobre hacia el Límite Urbano Norte", que permite la tramitación y aplicación del artículo 117 de la LGUC, referido a la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, en la comuna de Machalí.
    2. El decreto alcaldicio Nº871 de fecha 31 de julio de 2014, en donde se aprobó dar inicio del estudio de modificación al Plan Regulador Comunal de Machalí, denominado "Estudio de las Áreas Propensas al Desarrollo Urbano del Plan Regulador Comunal de Machalí, densidades actuales del PRC de Machalí, el cual comprende desde la Carretera del Cobre hacia el Límite Urbano Norte".
    3. El informe técnico favorable de fecha 10 de octubre de 2014, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la aplicación del artículo 117.
    4. El cumplimiento de los primeros 3 meses de aplicación del artículo 117 de la LGUC, referido a la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, de la comuna de Machalí.
    5. Que, conforme a los plazos establecidos en el artículo 2.1.11 de la OGUC, el plazo inicial de postergación 3 meses no es suficiente para la total tramitación de las modificaciones del Plan Regulador Comunal de Machalí.
    6. El ordinario Nº 331 de fecha 5 de mayo de 2015 mediante en que la Municipalidad de Machalí solicita a la Seremi de Vivienda y Urbanismo una segunda prórroga la continuidad de los estudios y tramitación de la modificación del Plan Regulador Comunal de Machalí, señalado en el considerando Nº 1.
    La resolución Nº 352 de fecha 15 de mayo de 2015 en donde la SEREMI de Vivienda Urbanismo que resuelve que:
     
    I. "Autorízase, por este acto, una prórroga de tres meses a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, para la postergación de los permisos de construcción, subdivisión, loteo o urbanización predial, en la comuna de Machalí, conforme al plano de postergación denominado P.R.C. - MACHA - MOD Nº 008, en virtud de los argumentos contenidos en el presente resolución exenta.".
    II. "Publíquese, el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en el diario El Rancagüino, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones".
     
    7. Que hasta la fecha, el estudio aún se encuentra en ejecución.
    8. El ordinario Nº 562 de fecha 31 de julio de 2015 mediante en que la Municipalidad de Machalí solicita a la Seremi de Vivienda y Urbanismo una segunda prórroga la continuidad de los estudios y tramitación de la modificación del Plan Regulador Comunal de Machalí, señalado en el considerando Nº 1.
    9. La resolución Nº 641 de fecha 25 de agosto de 2015 en donde la SEREMI de Vivienda Urbanismo que resuelve que :
     
    1. "Autorízase, por este acto, la tercera y última prórroga de tres meses a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, para la postergación de los permisos de construcción, subdivisión, loteo o urbanización predial, en la comuna de Machalí, conforme al plano de postergación denominado P.R.C. - MACHA - MOD Nº 008, en virtud de los argumentos contenidos en el presente resolución exenta.".
    II. "Publíquese, el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en el diario El Rancagüino, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones".
     
    10. Que es menester de este municipio precedentemente ejecutar la prórroga señalada.
     
    Decreto:
   
    1. Apruébese la tercera y última prórroga de tres meses a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial para la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones de la comuna de Machalí.
    2. Apruébese el Plano PRC-MACH-APLICACIÓN-ART 117_LAM1, el que grafica las subzonas afectas a la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones de la comuna de Machalí.
    3. Publíquese en el Diario Oficial el presente decreto alcaldicio referido a la aplicación del artículo 117 de la LGUC, sobre la tercera y última prórroga de tres meses para la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanizacion predial y de construcciones, comuna de Machalí.
    4. Publíquese en el diario El Rancagüino y en la página web www.machali.cl, el decreto alcaldicio referido a la aplicación del artículo 117 de la LGUC, sobre la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, comuna de Machalí.
   
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- José Miguel Urrutia Celis, Alcalde.- Omar Vásquez Saldaña, Secretario Municipal.