APRUEBA NÓMINA DE VÍAS A DESAFECTAR DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE LOS ÁNGELES
     
    Núm. 1.426.- Los Ángeles, 22 de abril de 2015.

    Vistos estos antecedentes:
     
a)  El Ord. Nº 761 de fecha 21 de abril de 2015, del Director de la Dirección de Secplan, a través del cual envía las nóminas de vías a desafectar del Plan Regulador Comunal, para su aprobación mediante el respectivo decreto alcaldicio,
b)  El acuerdo Nº 935-15, adoptado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha 20 de abril de 2015,
c)  Lo dispuesto en el artículo transitorio de la ley Nº 20.791 de fecha 29 de octubre de 2014,
d)  Las facultades que me otorga la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por DFL Nº 1, del Ministerio del Interior, de fecha 9 de mayo de 2006, publicado en el Diario Oficial el 26 de julio de 2006,
     
    Decreto:
     
1.  Apruébase la Nómina de Vías a Desafectar del Plan Regulador Comunal de Los Ángeles, según el acuerdo Nº 935-15, adoptado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria celebrada el día lunes 20 de abril de 2015, en el sentido de:
     
    1.1 Déjanse sin efecto las declaratorias de utilidad pública que afectan a los terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, destinadas por el Plan Regulador Seccional, Ordenanza Local y Límite Urbano de Villa San Carlos de Purén, Los Ángeles, aprobado por decreto supremo Nº 669, publicado en el Diario Oficial de fecha 20 de diciembre de 1972, complementado por medio de publicación efectuada en el Diario Oficial de fecha 27 de enero de 1973, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y sus modificaciones.
     
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    1.2 Déjanse sin efecto las declaratorias de utilidad pública que afectan a los terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, destinadas por el Plan Seccional Salto del Laja, aprobado por resolución Nº 1, publicado en el Diario Oficial de fecha 29 de marzo de 1990, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Secretaría Regional Ministerial Región del Biobío.
   
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    1.3 Déjanse sin efecto las declaratorias de utilidad pública que afectan a los terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, destinadas por el Plan Regulador Comunal de Los Ángeles, graficadas en plano PR LA 01 y artículo 28 de la ordenanza local, aprobado por resolución Nº 4, del 4 de febrero de 1991, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1991, y que se consignan en la siguiente nómina:
     
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    1.4 Déjanse sin efecto las declaratorias de utilidad pública que afectan a los terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, destinadas por la Modificación del Plan Regulador Comunal de Los Ángeles, graficadas en plano MPRCLA-01, aprobado por resolución Nº 96 del 26 de abril de 1999 del Gobierno Regional Región del Biobío, publicada en el Diario Oficial el 31 de mayo de 1999, y que se consignan en la siguiente nómina:
     
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    1.5 Déjanse sin efecto las declaratorias de utilidad pública que afectan a los terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, destinadas por el Plan Regulador Comunal de Los Ángeles, graficadas en plano PRCLA-A Vial y artículo 5 de la ordenanza local, aprobado por resolución Nº 4 del Gobierno Regional del Biobío, publicado en el Diario Oficial el 1 de marzo de 2007, y que se consignan en la siguiente nómina:
     
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    Anótese, comuníquese, dese copia y archívese.- Esteban Krause Salazar, Alcalde.- Jorge Mellado Hidalgo, Secretario Municipal.