INVALIDA EN FORMA PARCIAL EL CONCURSO PÚBLICO LLAMADO MEDIANTE DECRETO ALCALDICIO Nº 765 EXENTO, DE 2014
     
    Núm. 861.- Antofagasta, 5 de junio de 2015.
     
    Vistos:
     
    El decreto alcaldicio exento Nº 765/2014, de fecha 14 de mayo de 2014, mediante el cual se dispone el llamado a Concurso Público publicado el día domingo 18 de mayo de 2014, en el diario "El Mercurio de Antofagasta", para ocupar, en calidad de titular las vacantes existentes en la Ilustre Municipalidad de Antofagasta; los decretos alcaldicios exentos Nos 241/15 y 315/15, del 2 y 16 de marzo de 2015, a través de los cuales se invalida y modifica en forma parcial el llamado a concurso dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 765/14 Ex., de fecha 14 de mayo de 2014, respecto a aquellos cargos descritos bajos los códigos 001, 002 y 003, en virtud al Ord. Nº 21/15, del 13 de enero de 2015, emitido por la Dirección de Control y el informe Nº 73/15, del 6 de febrero de 2015, de la Dirección de Asesoría Jurídica, del modo señalado en el artículo 53 de la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y de acuerdo a lo instruido en Orden de Servicio A-14-13.582, del 17 de febrero de 2015 de Alcaldía, dado que infringen los principios de objetividad, transparencia e igualdad de los postulantes al establecer una vez recepcionados los antecedentes, sin que hubiese sido determinado en las bases del concurso, la modalidad de calificar el factor "Estudios", en relación a los títulos profesionales de los postulantes; las cartas de Francisco González Zamorano, Alfredo Fuentes Valdivia y Álvaro Ormeño Morales, fechadas el 7 de abril de 2015; los Informes Nos 282/2015 y 327/2015, del 13 de mayo y 1 de junio de 2015, emitidos por la Dirección de Asesoría Jurídica; las instrucciones impartidas desde la Alcaldía, mediante Orden de Servicio Prov. Nº G-15-4033, del 18 de mayo de 2015; teniendo presente el artículo 53 de la ley Nº 19.880; y en uso de las facultades legales que me confiere el DFL Nº 1, de 9 de mayo de 2006 del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 18.695, dicto el siguiente:
     
    Decreto
     
    1. Invalídase en forma parcial el concurso público llamado mediante decreto alcaldicio exento Nº 765/2014, del 14 de mayo de 2014, respecto de los códigos 001, 002 y 003 en virtud a vicios de procedimientos que en dicho concurso se verificaron y que se traducen en exigir mayores requisitos que los que la misma ley exige, por cuanto, se estableció una valoración mayor a quienes posean títulos profesionales del área sin que se determinara previamente cuáles eran estos títulos profesionales, lo que atenta contra los principios de objetividad y transparencia e igualdad de los postulantes, teniendo en consideración que los cargos a llenar son de carácter genérico y que sólo puede exigirse el detentar un título profesional universitario o un título profesional de una carrera de a lo menos ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del estudio o reconocido por éste, de acuerdo a lo señalado por la Dirección de Asesoría Jurídica, en sus Informes Nos 282/2015 y 327/2015, del 13 de mayo y 1 de junio de 2015, de conformidad a lo señalado en la parte expositiva del presente instrumento.
    2. Encomiéndase a la Dirección de Gabinete de Alcaldía, a través de su Departamento de Prensa, la publicación del presente documento en el Diario Oficial y la página web de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta y la Dirección de Administración y Finanzas, a través de su Departamento de Recursos Humanos, proceder a notificar a los participantes del concurso citado en el punto anterior.
     
    Anótese, comuníquese y archívese.- Karen Rojo Venegas, Alcaldesa.- Héctor Ávalos Araya, Secretario Municipal.