APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE LAS DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA DE LOS TERRENOS QUE INDICA
     
    Núm. 685 exento.- Puente Alto, 27 de abril de 2015.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo señalado por la Ley 20.791, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores; Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; Ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; Ley Nº 19.880, establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; circular Ord. Nº 575, de fecha 29.10.2014, DDU 277, y la circular Ord. Nº 654, de fecha 18.12.2014, DDU Nº 279, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
    Considerando:
     
    1. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, todos los terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, fueron declarados de utilidad pública por el Plan Regulador Comunal de Puente Alto, el que fue aprobado mediante decreto exento Nº 423, del 3 de abril de 2003, publicado en el Diario Oficial el 25 de abril del mismo año;
    2. Que acorde a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo transitorio de la Ley Nº 20.791, la Municipalidad podrá dejar sin efecto las declaratorias de utilidad pública de los terrenos destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, que se incluyan en una nómina que será aprobada por decreto alcaldicio, en el plazo de seis meses a contar de la publicación de la Ley 20.791, Ia que fue efectuada con fecha 29 de octubre de 2014;
    3. Que la declaratoria de utilidad pública antes mencionada rige desde la fecha de su publicación en forma indefinida, pues es sin plazo de caducidad;
    4. Que considerando las actuales condiciones de desarrollo urbano y las justificadas necesidades de la comuna, en sesión ordinaria Nº 11, efectuada con fecha 22 de abril del 2015, el Honorable Concejo Municipal de Puente Alto se pronunció favorablemente sobre la nómina que le fue presentada por la Asesoría Urbana del Municipio respecto de los terrenos que se encontraban en condiciones de ser desafectados;
    5. El interés de la autoridad edilicia de apegarse a la normativa legal vigente.
     
     
    Decreto:
 
    Apruébese la desafectación de las declaratorias de utilidad pública de los terrenos que en el Plan Regulador Comunal de Puente Alto han sido destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, incluidos en la siguiente nómina:
     
    Regístrese, archívese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Municipio.- Germán Codina Powers, Alcalde.- Miguel Ángel Román Azar, Secretario Municipal.