DEJA SIN EFECTO DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DE LOS TERRENOS QUE FUERON DESTINADOS A CIRCULACIONES, PLAZAS Y PARQUES
     
    Núm. 1.390.- Ñipas, 29 de abril de 2015.
     
    Vistos:
     
    Resolución Nº 113 del 28 de noviembre de 2005, del Gobierno Regional del Biobío, que promulga el Plan Regulador Comunal de Ránquil; resolución Nº 66 de fecha 20 de julio de 2006, del Gobierno Regional del Biobío, que complementa y modifica resolución Nº 113, ambas publicadas en el Diario Oficial el 21.12.2006; la ley Nº 19.939; la ley Nº 20.331 y la ley Nº 20.791, que entre otros, reemplaza los contenidos del artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y en su artículo transitorio faculta a las Municipalidades para dejar sin efecto las declaratorias de utilidad pública de los terrenos que hubieren sido destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las disposiciones de las leyes Nºs 19.939 y 20.331; y en uso de las facultades que me confieren los artículos 12 y 63 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades,
     
    Decreto:
     
    1.- Déjase sin efecto la declaratoria de utilidad pública de los terrenos que fueron destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las disposiciones de la ley Nº 20.331, contenida en el Plan Regulador Comunal de Ránquil, publicado en el Diario Oficial el 21 de diciembre de 2006, de acuerdo a la siguiente nómina para el centro poblado de Ñipas:
     
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    2.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República.
    3.- Archívese el presente decreto en el Conservador de Bienes Raíces respectivo como parte integrante de los antecedentes del Plan Regulador Comunal vigente de Ránquil.
     
    Carlos Garrido Cárcamo, Alcalde.- José Valenzuela Bastías, Secretario Municipal.