APRUEBA NÓMINA PARA DEJAR SIN EFECTO DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA DE LOS TERRENOS QUE FUERON DESTINADOS A CIRCULACIONES, PLAZAS Y PARQUES
     
    Núm. 2.360.- Cobquecura, 28 de abril de 2015.
     
    Vistos:
     
    . Ley Nº 19.939, publicada en el Diario Oficial el día 13 de febrero de 2004.
    . Ley Nº 20.331, publicada en el Diario Oficial el día 12 de febrero de 2009.
    . Ley Nº 20.791, publicada en el Diario Oficial el día 29 de octubre de 2014.
    . Certificado Nº 27, de 28 de febrero de 2001, de Secretaría Municipal de la I. Municipalidad de Cobquecura, que da fe que el Concejo Municipal acuerda aprobar Plan Regulador Comunal de Cobquecura.
    . Decreto alcaldicio Nº 556, de fecha 5 de marzo de 2001, que aprueba Plan Regulador de la Comuna de Cobquecura.
    . Resolución Nº 132, de 29 de octubre de 2001, del Gobierno Regional del Biobío, publicado en el Diario. Oficial el día 7 de diciembre del año 2001, que promulga "Plan Regulador Comunal de Cobquecura, Provincia de Ñuble".
     
    Decreto:
     
    1.- Déjense sin efecto las declaratorias de utilidad pública de los terrenos que fueron destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las disposiciones de la Ley Nº 19.939, de 13 de febrero de 2004, contenidas en el Plan Regulador Comunal de Cobquecura publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2001, de acuerdo a la siguiente nómina:
     
NOMBRE DE LA VÍA        TRAMO                    ANCHO  Proyectada
     
Alcalde Barros      Camino Quirihue - Pasaje,    15 m        P
                  Alcalde Barros con Chacabuco
Costanera Taucú    Camino a Taucú - Calle de    15 m        P
                              Taucú
     
    2.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República.
    3.- Archívese el presente decreto en el Conservador de Bienes Raíces respectivo como parte integrante de los antecedentes del Plan Regulador Comunal de Cobquecura, D.O. de 07.12.2001.


    Osvaldo A. Caro Caro, Alcalde.- Valentina González Soto, Secretario Municipal.