Circular Bancos 3570, SBIF
PROM. 07.10.2014
6. Responsabilidad por la gestión.

La responsabilidad por la gestión global de los riesgos y funciones de control deberá mantenerla la entidad en el país. Lo anterior es sin perjuicio que en algunas entidades internacionales existan, para efectos de una administración consolidada de sus casas matrices, coordinaciones matriciales entre el personal establecido en el extranjero y personal local.

Por otra parte, en cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo 20-8 de esta RecopilaciónCircular 3579, SBIF
PROM. 23.03.2015
, la institución deberá comunicarCircular Bancos 2244, CMF
N° 2
PROM. 23.12.2019
a esta Comisión, en los términos definidos en dicho Capítulo, los incidentes operacionales relevantes que afecten un servicio externalizado en el país o en el exterior.