DECLARA DESAFECTADAS LAS DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA A VÍAS QUE INDICA
     
    Núm. 550.- Ñuñoa, 23 de abril de 2015.
     
    Teniendo presente:
     
    a) Lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, modificado por la ley 20.791 del 29.10.2014, respecto a la restitución de las afectaciones a utilidad pública.
    b) El artículo transitorio de la ley 20.791 del 29.10.2014, respecto a realizar una nómina con las declaratorias destinadas a vialidad del PRMS que habiendo sido restablecidas, se considera desafectar.
    c) El Plan Regulador de Ñuñoa, aprobado por decreto Nº 129 del 27.10.89, MINVU y sus modificaciones.
    d) El decreto Nº 1.034 del 09.08.2010 que asignó normas urbanísticas aplicable a la áreas donde habían caducado las declaratorias a utilidad pública, asimilándolas a las zonas predominantes adyacentes al terreno, graficado en Plano AU-17.
    e) El Informe Técnico Nº 1, fecha 6 de abril de 2015, emitido por Asesoría Urbana de la I. Municipalidad de Ñuñoa.
    f) El acuerdo adoptado en Sesión del Concejo Municipal Nº12 fecha 21.04.2015.
     
    Vistos:
     
    Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
     
    Decreto:

     
    1. Declárense desafectadas las declaratorias a utilidad pública a las vías que se detallan a continuación, las que mantienen las normas urbanísticas asignadas mediante decreto Nº 1.034 del 09.08.2010 y actualmente graficado en Plano AU-21.
     
    Cuadro 1, correspondiente al Artículo 29º Vialidad Estructurante de la Ordenanza del PRC
     
   
     
    Cuadro Nº 2, correspondiente al Artículo 30º Vialidad No Estructurante de la Ordenanza del PRC
     
   
     
    2. El Departamento de Comunicaciones deberá publicar el presente decreto en el Diario Oficial.
     
    3. Remítanse copias oficiales del presente decreto al Conservador de Bienes Raíces, a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.

     
    Regístrese y publíquese en el Repositorio Digital.- Cúmplase y hecho, archívese.- María Ignacia Allendes Roca, Alcaldesa (S).- Sara Julia Barra López, Secretario Municipal (S).