INVALIDA EN FORMA PARCIAL LLAMADO A CONCURSO DISPUESTO EN DECRETO ALCALDICIO NÚMERO 765 EXENTO, DE 2014
     
    Núm. 241 exento.- Antofagasta, 2 de marzo de 2015.- Vistos: El decreto alcaldicio exento Nº 765/2014, de fecha 14 de mayo del 2014, por el cual se dispone el llamado a Concurso Público, mediante publicación, para proveer las vacantes existentes en esta Corporación Edilicia; los ords. Nos 21/2015 y 54/2015, del 13 y 26 de enero del 2015, emitidos por la Dirección de Control, por el cual, entre otros, remite sin visar los proyectos de decretos alcaldicios mediante los cuales disponen los nombramientos en calidad de Titulares, en la Planta Directiva, Grados 6º, 7º (2) y 8º, E.M.S.; el Informe Nº 73/2015, del 6 de febrero del 2015, de la Dirección de Asesoría Jurídica, por el cual sugiere proceder a la invalidación parcial del procedimiento concursal, respecto a aquellos cargos descritos bajos los códigos 001, 002 y 003, por las razones esgrimidas, del modo señalado en el artículo 53 de la Ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la Orden de Servicio A-14-13.582, del 17 de febrero de 2015, de Alcaldía, por el cual instruye iniciar el proceso invalidatorio del Concurso Público llamado por decreto alcaldicio Nº 765/2014 exento, respecto de los cargos señalados por los Códigos 001, 002 y 003; las instrucciones impartidas mediante Orden de Servicio A-14-13.582, de fecha 26 de septiembre del 2014, de Alcaldía; 6 de octubre de 2014, para la dictación del decreto alcaldicio respectivo; lo establecido en el artículo 53 de la Ley Nº 19.880, y en uso de las facultades legales que me confiere el DFL Nº 1, de fecha 9 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dicto el siguiente:
     
    Decreto:

     
    1. Invalídese en forma parcial el llamado a concurso dispuesto en el decreto alcaldicio Nº 765/2014 exento, de fecha 14 de mayo de 2014, respecto a aquellos cargos descritos bajos los códigos 001, 002 y 003, en virtud a ord. Nº 21/2015, del 13 de enero de 2015, emitido por la Dirección de Control, e Informe Nº 73/2015, del 6 de febrero de 2015, de la Dirección de Asesoría Jurídica, del modo señalado en el artículo 53 de la Ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado y de acuerdo a lo instruido en Orden de Servicio A-14-13.582, del 17 de febrero de 2015, de Alcaldía, dado que se infringen los principios de objetividad, transparencia e igualdad de los postulantes al establecer, una vez recepcionados los antecedentes, sin que hubiese sido determinado en las bases del concurso, la modalidad de calificar el factor "Estudios", en relación a los títulos profesionales de los postulantes, de conformidad a lo señalado en la parte expositiva del presente instrumento.
    2. Fíjese un período de audiencia de 10 días hábiles a los interesados conforme a lo establecido en artículo Nº 53 de la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
    3. Encomiéndese a la Dirección de Gabinete de Alcaldía, a través de su Departamento de Prensa, la publicación del presente documento en el Diario Oficial y la página web de la Municipalidad de Antofagasta, en virtud al artículo Nº 12 de la Ley Nº 18.695, y a la Dirección de Administración y Finanzas, a través de su Departamento de Recursos Humanos, velar por el fiel cumplimiento del presente decreto.

     
    Anótese, comuníquese y archívese.- Karen Rojo Venegas, Alcaldesa.- Héctor Ávalos Araya, Secretario Municipal.