APRUEBA NÓMINA DE TERRENOS COINCIDENTES CON CIRCULACIONES, PLAZAS Y PARQUES CUYAS DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA SE DEJAN SIN EFECTO
     
    Núm. 195 exento.- Antofagasta, 17 de febrero de 2015.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo señalado por la Ley 20.791, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en relación a afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores el DDU 279, Circular Ord. Nº 654, fechado el 18 de diciembre de 2014, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; DFL Nº 1, de 2006, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; lo señalado en la Circular Ord. Nº 575, de fecha 29 de octubre de 2014, DDU 277, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
    Considerando:
     
    1. Que de acuerdo al antiguo artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su versión anterior a la publicación de la Ley 20.791, en la comuna de Antofagasta caducaron de pleno derecho diversas declaratorias de utilidad pública de vialidades y parques comunales establecidos en el plan regulador comunal, incluidos los planes seccionales vigentes, producto de lo cual se asignaron nuevas normas urbanísticas a los siguientes terrenos, que producto de las caducidades señaladas carecían de ellas, según dan cuenta los siguientes decretos alcaldicios de la I.M. de Antofagasta:
    Decreto Nº 736/2010, publicado en el Diario Oficial el día 26 de noviembre de 2010, que asignó nuevas normas urbanísticas a la faja vial calle Oficina Filomena (ex calle Nº 1).
    Decreto Nº 19/2011, publicado en el Diario Oficial el día 1 de febrero de 2011, que asignó nuevas normas urbanísticas a la faja vial calle Benito Ocampo (ex calle Nº 4), entre las calles Nº 11 y Nº 12, y calle Nº 23, entre Costanera Norte y Benito Ocampo.
    Decreto Nº 85/2014, publicado en el Diario Oficial con fecha 6 de marzo de 2014, que asignó nuevas normas urbanísticas a la faja vial denominada calle 13 y área verde E3b conformada por el terreno resultante del encuentro entre la calle 13, su bifurcación y la calle 12.
    Decreto Nº 1.046/2014, que asignó nuevas normas urbanísticas a la faja vial denominada calle Compañía Minera El Tesoro, desde el tramo comprendido entre la Ruta 28 - Camino de la Minería hasta calle Compañía Minera Zaldívar.
    Decreto Nº 1.539/2014, publicado en el Diario Oficial con fecha 8 de octubre de 2014, que asignó nuevas normas urbanísticas a las fajas viales denominadas La Chimba (ex calle 24), Oficina Anita (ex calle Nº 8), Oficina Lina (ex calle Nº 9), caleteras de Avenida Edmundo Pérez Zujovic (caleteras de ex Avenida Nº 1 Costanera) y parques comunales AV1, conformados éstos por retazos de terrenos colindantes a las fajas viales señaladas.
    Decreto Nº 1.656/2014, publicado en el Diario Oficial con fecha 7 de noviembre de 2014, por el cual se asignaba normas urbanísticas a fajas viales La Chimba (ex calle 24), prolongación calle Ausonia (ex calle 9 Sur), calle local sin nombre, prolongación calle Santiago Humberstone (ex calle 11 Norte), prolongación calle Oficina Pedro de Valdivia (ex calle 11 Sur), prolongación calle Lidia Moreno Opazo (ex calle 12) y parque comunal AV1.
    Se incorpora en ese contexto otras solicitudes de asignación de normas urbanísticas solicitadas en el amparo de la antigua ley, que a juicio de esta autoridad ameriten incorporarlas en las desafectaciones y asignación de normas urbanísticas que iniciaron tramitación y por diversos motivos no se concluyeron, que son los siguientes:
    Terrenos correspondientes al denominado Tramo A del plano Seccional La Chimba (aprobada mediante resolución exenta Nº 8 de fecha 9 de marzo de 2001 del GORE de Antofagasta y publicada mediante Diario Oficial con fecha 16-05-2001) y que corresponde a las fajas viales además de área identificada como parque comunal AV1, todos los cuales están incorporados dentro del Tramo A, área que engloba una superficie total de 102.583 m2, definida por una poligonal OPRQO, que deslinda hacia el nororiente: límite línea recta (O-P) en 174,80 m con deslinde de tramo B; al sur- oriente: límite línea quebrada (P-R) en 768,18 m con Av. Nueva Nº 1; al sur-poniente: límite línea quebrada (O-Q) en 773,60 m con calle La Chimba (ex calle 24), y al norponiente: límite línea recta (Q-R) en 49,5 m con prolongación calle Oficina Yugoslavia (ex calle 5 norte) y prolongación calle Oficina Florencia (ex calle 5 sur), que posee informe técnico favorable del Minvu Nº 1.266.
    Terrenos correspondientes al denominado tramo acceso nororiente Ruta 28 (Mercosur) que se desprende del plano Seccional Barrio Industrial La Negra (aprobada mediante resolución exenta Nº 678, de fecha 23 de julio de 2003, del GORE de Antofagasta y publicada mediante Diario Oficial con fecha 09-09-2003) y que corresponde al área identificada como parque comunal terreno denominado EL-3b La Negra en una superficie de 154.121,39 m2.
    Terrenos correspondientes al denominado Tramo E del plano Seccional La Chimba (aprobada mediante resolución exenta Nº 8 de fecha 9 de marzo de 2001, del GORE de Antofagasta y publicada mediante Diario Oficial con fecha 16-05-2001) y que corresponde al área identificada como parque comunal AV1 en una superficie de 5.377,7 m2.
    Terrenos correspondientes al denominado Santa María, Santa Marta y Santa Rita, que se desprende del Plan Regulador Vigente aprobado el 17-02-2002 terreno denominado parque Comunal Z-AV en 586,59 m2 y fajas viales en 436,81 m2.
    2. Que no obstante haberse asignado las nuevas normas urbanísticas a los terrenos antes indicados, el día 29 de octubre de 2014 fue publicada en el Diario Oficial la Ley 20.791, la que, entre otros aspectos, restableció indefinidamente las declaratorias de utilidad pública contempladas en los planes reguladores y que habían caducado conforme al antiguo artículo 59 de la Ley General.
    3. Que sin perjuicio que la Ley 20.791 restablece las declaratorias de utilidad pública, el artículo transitorio de la misma ley señala que la Municipalidad respectiva podrá dejar sin efecto estas declaratorias para las circulaciones, plazas y parques, que incluya en una nómina aprobada por decreto, siempre que lo haga dentro del plazo de 6 meses contados desde la publicación de la ley.
    4. Que el Asesor Urbanista de la I. Municipalidad de Antofagasta, en su oficio Ord. 03/2015, propuso una nómina de terrenos coincidentes con circulaciones, plazas y parques de la comuna de Antofagasta, cuyas declaratorias de utilidad pública se dejan sin efecto, junto a los planos que grafican las áreas de las circulaciones, plazas y parques incluidas en tal nómina.
    5. Que de acuerdo a lo indicado en el referido oficio 03/2015, en los terrenos a los cuales se les asignó nuevas normas urbanísticas mediante los decretos alcaldicios respectivos, se ha comenzado o proyectado el desarrollo de proyectos al amparo de tales nuevas normas, terrenos que además no presentan mayor relevancia urbanística para la comuna, por cuanto se refieren principalmente a retazos áreas verdes colindantes con fajas viales y a tramos de vías de orden secundario.
    6. Las instrucciones impartidas por la Alcaldía mediante Orden de Servicio A-15-0300, fechado el 21 de enero de 2015, por la cual instruye la confección del presente decreto alcaldicio.
     
    Decreto:
     
    1.- Apruébase la siguiente nómina de terrenos coincidentes con circulaciones, plazas y parques cuyas declaratorias de utilidad pública se dejan sin efecto:

    a) Terrenos coincidentes con faja vial denominada calle 13 y área verde E3b conformada por el terreno resultante del encuentro entre la calle 13, su bifurcación y la calle 12, comprendidos en el polígono C-D-D1-Q-R-S-W4-B-C del plano Adupse-A.
    b) Terrenos coincidentes con fajas viales denominadas La Chimba (ex calle 24), Oficina Anita (ex calle Nº 8), Oficina Lina (ex calle Nº 9), caleteras de Avenida Edmundo Pérez Zujovic (caleteras de ex Avenida Nº 1 Costanera) y parques comunales AV1, conformados éstos por retazos de terrenos colindantes a las fajas viales señaladas, en las áreas comprendidas en el polígono A-G-N-R-A graficado en el plano Adupse-B (Tramo C) Plan Seccional La Chimba.
    c) Terrenos coincidentes con fajas viales La Chimba (ex calle 24), prolongación calle Ausonia (ex calle 9 Sur), calle local sin nombre, prolongación calle Santiago Humberstone (ex calle 11 Norte), prolongación calle Oficina Pedro de Valdivia (ex calle 11 Sur), prolongación calle Lidia Moreno Opazo (ex calle 12) y parque comunal AV1, en las áreas comprendidas en el polígono A-B-C-D-E-F-A graficado en el plano Adupse-C (Tramo B) Plan Seccional La Chimba.
    d) Terrenos coincidentes con faja vial denominada calle Compañía Minera El Tesoro, desde el tramo comprendido entre la Ruta 28 - Camino de la Minería hasta calle Compañía Minera Zaldívar, en las áreas comprendidas en el polígono A-B-C-D-A graficado en el Adupse-D.
    e) Terrenos coincidentes con faja vial calle Benito Ocampo (ex calle Nº 4), entre las calles Nº 11 y Nº 12, y calle Nº 23, entre Costanera Norte y Benito Ocampo, en las áreas comprendidas en el polígono V-4, V-1, V-2, V-3 graficado en el plano Adupse-E.
    f) Terrenos correspondientes al denominado Tramo A del plano Seccional La Chimba (aprobada mediante resolución exenta Nº 8 de fecha 9 de marzo de 2001 del GORE de Antofagasta y publicada mediante Diario Oficial con fecha 16-05-2001) y que corresponde a las fajas viales además de área identificada como parque comunal AV1, todos los cuales están incorporados dentro del Tramo A, área que engloba una superficie total de 102.583 m2, definida por una poligonal OPRQO, que deslinda hacia el nororiente: límite línea recta (O-P) en 174.80 m con deslinde de Tramo B; al sur- oriente: límite línea quebrado (P-R) en 768,18 m con Av. Nueva Nº1; al sur-poniente: límite línea quebrada (O-Q) en 773,60 m con calle La Chimba (ex calle 24), y al norponiente: límite línea recta (O-R) en 49,5 m con prolongación calle Oficina Yugoslavia (ex calle 5 norte) y prolongación calle Oficina Florencia (ex calle 5 sur), que posee informe técnico favorable del Minvu Nº 1.266 en las áreas comprendidas en el polígono OPRQO graficado en el plano Adupse-F.
    g) Terrenos correspondientes al denominado tramo acceso nororiente Ruta 28 (Mercosur), que se desprende del plano Seccional Barrio Industrial La Negra (aprobada mediante resolución exenta Nº 678 de fecha 23 de julio de 2003 del GORE de Antofagasta y publicada mediante Diario Oficial con fecha 09-09-2003) y que corresponde al área identificada como parque comunal terreno denominado EL-3b La Negra en una superficie de 154.121,39 m2 en las áreas comprendidas en el polígono B1-B2-B3-B4-B5 graficado en el plano Adupse-G.
    h) Terrenos correspondientes al denominado tramo E del plano Secciona! La Chimba (aprobada mediante resolución exenta Nº 8 de fecha 9 de marzo de 2001 del GORE de Antofagasta y publicada mediante Diario Oficial con fecha 16-05-2001) y que corresponde al área identificada como parque comunal AV1 en una superficie de 1.658,43 m2 en las áreas comprendidas en el polígono A-B-C-A graficado en el plano Adupse-H.
    i) Terrenos correspondientes al denominado Santa María, Santa Marta y Santa Rita, que se desprende del Plan Regulador Vigente aprobado el 17-02-2002 terreno denominado Parque Comunal Z-AV en 586,59 m2 y fajas viales en 436,81 m2 en las áreas comprendidas en el polígono H-I-C-D-H graficado en el plano Adupse-I.
    Las declaratorias de utilidad pública de los terrenos coincidentes con las circulaciones, plazas y parques incluidas en la nómina precedente quedan sin efecto únicamente en las áreas que para cada una de ellos se indica, y que se grafican en los planos que en cada caso se señala.
    2.- Que se dejan sin efecto las declaratorias de utilidad pública en los terrenos incluidos en la nómina señalada precedentemente y aprobada en este decreto en las áreas graficadas en los planos que en cada caso se señalan.
    3.- Encomiéndese a la Secretaría Comunal de Planificación, a través de Asesoría Urbana, la asignación de las nuevas normas urbanísticas aplicables a los terrenos que habiendo quedado desafectados, carezcan de ellas, conforme al procedimiento señalado en el artículo transitorio de la Ley 20.791.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Karen Rojo Venegas, Alcaldesa.- Héctor Ávalos Araya, Secretario Municipal.