Modifícase el artículo 1° de la resolución N° 1, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en lo siguiente:
a) Agrégase al literal c.6, luego de la expresión "semirremolque", y precedida de un punto seguido (.), la siguiente frase: "Para el caso que se transporten exclusivamente vehículos, esta combinación podrá alcanzar hasta 22,40 m".
b) Modifícase el inciso tercero de su literal c), en lo siguiente:
1.- Intercalando entre las expresiones "transporte de automóviles" y "que exceda", la siguiente frase: "y tractocamión con semirremolque cuando se transporten exclusivamente vehículos,".
2.- Modificando la expresión "La combinación"por "Las combinaciones"; la palabra "exceda" por "excedan"; el verbo "podrá" por "podrán", y la expresión "esta combinación" por "estas combinaciones".