INICIA PROCESO INVALIDATORIO DEL DECRETO ALCALDICIO N° 677, DE 2010, POR EL CUAL SE ASIGNAN LOS USOS DE SUELO QUE INDICA

    Núm. 1.608 exento.- Antofagasta, 16 de octubre de 2014.- Vistos: El decreto alcaldicio exento N° 677/2010, de fecha 16 de junio de 2010, por el cual se asignan los usos de suelo que se indican al sector denominado Avda. Edmundo Pérez Zujovic N° 3925 de Antofagasta, de propiedad de la Empresa Edelnor S.A., a uso de suelo asimilado a zonificación C1B definido en la Ordenanza Local del Plan Regulador Vigente del año 2002, según lo establecido en el artículo 2.1.14 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; el Informe N° 181/2013, del 5 de septiembre de 2013, de la Dirección de Asesoría Jurídica; el Ord. (E) N° 786/2013, del 4 de abril de 2013, de Alcaldía; el oficio N° 054778, del 27 de agosto de 2013, de la Contraloría
General de la República; el Informe N° 560/2013, del 6 de septiembre del 2013, de la Dirección de Asesoría Jurídica; el Ordinario (E) N° 1.987/2013, del 6 de septiembre de 2013, de Alcaldía; el Dictamen N° 004083N14, del 17 de enero del 2014, de la Contraloría General de la República; la Orden de Servicio A-14-11.261, O.S. Alc. 1.914, del 26 de septiembre de 2014, de Alcaldía, por el cual instruye iniciar el proceso invalidatorio del decreto alcaldicio N° 677/2010 ex.; el Oficio N° 527/2014, del 6 de octubre de 2014, de la Dirección de Asesoría Jurídica; las instrucciones impartidas mediante Orden de Servicio A-14-11.262, de fecha 6 de octubre de 2014, para la dictación del decreto alcaldicio respectivo; lo establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880 y artículo 12 de la ley N° 18.695; y en uso de las facultades legales que me confiere el DFL Nº1, de fecha 9 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dicto el siguiente:

    Decreto:

    1. Iníciese proceso invalidatorio del decreto alcaldicio N° 677/2010, de fecha 16 de junio de 2010, por el cual se asignan los usos de suelo que se indican al sector denominado Avda. Edmundo Pérez Zujovic N° 3925 de Antofagasta, de propiedad de la Empresa Edelnor S.A., a uso de suelo asimilado a zonificación C1B definido en la Ordenanza Local del Plan Regulador Vigente del año 2002, según lo establecido en el artículo 2.1.14 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de acuerdo a los dictámenes N° 54.778 del 27 de agosto de 2013 y N° 4083, del 17 de enero de 2014, de la Contraloría General de la República, de conformidad a lo señalado en la parte expositiva del presente instrumento.
    2. Fíjese un período de audiencia de 10 días hábiles a los interesados conforme a lo establecido en artículo N° 53 de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
    3. Encomiéndese a la Dirección de Gabinete de Alcaldía, a través de su Departamento de Prensa, la publicación del presente documento en el Diario Oficial y la página web de la Municipalidad de Antofagasta, en virtud al artículo N° 12, de la ley N° 18.695 y al Asesor Urbanista velar por el fiel cumplimiento del presente decreto.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Karen Rojo Venegas, Alcaldesa.- Héctor Ávalos Araya, Secretario Municipal.