ASIGNA NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS A ÁREAS DESAFECTADAS, TRAMO B, PLAN SECCIONAL LA CHIMBA
     
    Antofagasta, 27 de octubre de 2014.- La Alcaldía decretó hoy:
      Núm. 1.656.- Vistos:

    1. Que, el "Plan Seccional La Chimba Antofagasta", aprobado mediante resolución Nº 8, de fecha 9 de marzo de 2001, del Gobierno Regional de Antofagasta, vigente desde su publicación en el Diario Oficial con fecha 16 de mayo de 2001, consideró las fajas viales Calles La Chimba (ex calle 24); prolongación Calle Ausonia (ex calle 9 sur); prolongación calle local sin nombre; prolongación Calle Santiago Humberstone (ex calle 11 norte) y prolongación Calle Oficina Pedro de Valdivia (ex calle 11 sur); y prolongación Calle Lidia Moreno Opazao (ex calle 12) y el parque comunal denominado AV1 como afectas a declaratoria de utilidad pública.
    2. Que de acuerdo al artículo Nº 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se declaran de utilidad pública por determinados plazos los terrenos localizados en áreas urbanas y de extensión urbana consultados en los planes reguladores comunales e intercomunales destinados a vías expresas, troncales, colectoras, locales y de servicio y parques intercomunales y comunales, incluidos sus ensanches. Igualmente, la referida norma señala que vencidos los plazos respectivos, caducará automáticamente la declaratoria de utilidad pública y todos sus efectos.
    3. Que de acuerdo al referido artículo 59, los plazos de caducidad para las declaratorias de utilidad pública de los terrenos ubicados en el área urbana, según su destino, serán de diez años para las vías expresas, y de cinco años para las vías troncales y colectoras y los parques intercomunales y comunales. A su vez, el plazo de caducidad de las declaratorias de utilidad pública de los terrenos ubicados en áreas de extensión urbana, cualquiera sea su destino, será de diez años, pudiendo prorrogarse por una vez por igual lapso.
    4. Que las fajas viales Calles La Chimba (ex calle 24); prolongación Calle Ausonia (ex calle 9 sur); prolongación calle local sin nombre; prolongación Calle Santiago Humberstone (ex calle 11 norte) y prolongación Calle Oficina Pedro de Valdivia (ex calle 11 sur); y prolongación Calle Lidia Moreno Opazao (ex calle 12) y con los parques comunales denominado AV1, fueron proyectadas como afectos a utilidad pública, por el "Plan Seccional La Chimba Antofagasta", cuya vigencia data del día 16 de mayo de 2001, de manera que al no haber sido prorrogada su declaratoria de utilidad pública ésta ha caducado con fecha 12 de febrero del año 2010.
    5. Que el Asesor Urbanista de la I. Municipalidad de Antofagasta emitió el "Informe Técnico, Asignación de Nuevas Normas Urbanísticas a Áreas caducadas, Tramo B, definido en el polígono A-B-C-D-E-F-A Plan Seccional La Chimba", junto al plano denominado "Asignación de Normas Urbanísticas a Áreas caducadas, Tramo B, Plan Seccional La Chimba". De acuerdo a dicho plano, la superficie correspondiente a fajas viales caducadas corresponde a 21.146,83 m2, mientras que la superficie correspondiente a parques comunales caducadas corresponde a 31.773,58 m2.
    6. Que mediante oficio Nº 1.256 de 24 de octubre de 2014, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, remite Informe Técnico favorable a la propuesta de asimilación de zona predominante emanada desde la Asesoría Urbana de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta.
    7. Que con el objeto de establecer las nuevas normas urbanísticas que deberán disponerse para los terrenos emplazados en los sectores correspondientes a las fajas viales Avenida Calle La Chimba (ex calle 24); prolongación Calle Ausonia (ex calle 9 sur); calle local sin nombre; prolongación Calle Santiago Humberstone (ex calle 11 norte) y prolongación Calle Oficina Pedro de Valdivia (ex calle 11 sur); y prolongación Calle Lidia Moreno Opazao (ex calle 12) y con el parque comunal denominado AV1, conformados éstos por un área denominada AV1 de la comuna de Antofagasta, se ha tenido en consideración las normas urbanísticas vigentes predominantes de las zonas adyacentes a los terrenos cuya declaratoria ha caducado, esto es, las de la Zona ZM2 para el polígono A-B-E-C-D-F-A, que corresponde al "Área Afecta Caducada" Asignación de Normas Urbanísticas a Áreas caducadas, Tramo B, Plan Seccional La Chimba.
    8. Reuniones de trabajos sostenidas el 16.10.2014 y el 22.10.2014 por observaciones reiteradas para propuesta de asignación de normas urbanísticas a Tramo A y Tramo B, del Plano Seccional La Chimba.
    9. Ord. Nº 1.256 de fecha 24.10.2014 de esta Seremi donde emite informe favorable a la propuesta asignación normas urbanísticas por caducidad según artículo 59 de la OGUC, en tramo B.
    10. Orden de Servicio A-14-12.442, OS 560, del 24 de octubre de 2014, de Alcaldía.
    Y teniendo presente: Las facultades que me confiere la ley Nº18.695/92, Refundida Orgánica Constitucional de Municipalidades y lo dispuesto en el art. Nº59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL 458 de Vivienda y Urbanismo).

    Decreto:

    1. Que por el presente acto se fijan nuevas normas urbanísticas para los terrenos que coinciden con las fajas viales desafectadas Avenida Calle La Chimba (ex calle 24); prolongación Calle Ausonia (ex calle 9 sur); calle local sin nombre; prolongación Calle Santiago Humberstone (ex calle 11 norte) y prolongación Calle Oficina Pedro de Valdivia (ex calle 11 sur); y prolongación Calle Lidia Moreno Opazao (ex calle 12) y con el parque comunal desafectados AV1, conformados éstos por un área denominada AV1 .
    2. Que la asimilación de normas urbanísticas e interpretación del parque comunal desafectado AV1 es exclusiva para los terrenos individualizados en este instrumento, conforme al plano "Asignación de Normas Urbanísticas a Áreas Desafectadas, Tramo B, Plan Seccional La Chimba".
    3. Que las nuevas normas urbanísticas para los terrenos coincidentes con las fajas viales desafectadas Avenida Calle La Chimba (ex calle 24); prolongación Calle Ausonia (ex calle 9 sur); calle local sin nombre; prolongación Calle Santiago Humberstone (ex calle 11 norte) y prolongación Calle Oficina Pedro de Valdivia (ex calle 11 sur); y prolongación Calle Lidia Moreno Opazao (ex calle 12) y con el parque comunal desafectados denominado AV1 aplicando el principio de asimilación de las normas urbanísticas a las de la zona predominante adyacente al terreno, serán las siguientes:
    Las normas urbanísticas para el terreno coincidente con el polígono A-B-C-D-E-A, denominado como "Área Afecta Caducada" del plano "Asignación de Normas Urbanísticas a Áreas Desafectadas, Tramo B, Plan Seccional La Chimba", corresponden a las de la Zona ZM2, regulada por el artículo 20 del Plan Seccional La Chimba Antofagasta.
    4. Encomiéndese a la Secretaría Comunal de Planificación, a través de Asesoría Urbana, velar por el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente instrumento, y a lo indicado por la Secretaría Regional Ministerial Minvu, en su Informe Técnico contenido en oficio Ord. Nº 1.256, de fecha 24 de octubre de 2014 y publicar en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Karen Rojo Venegas, Alcaldesa.- Héctor Ávalos Araya, Secretario Municipal