APRUEBA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 117 DE LA LGUC, REFERIDO A LA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES, COMUNA DE MACHALÍ
     
    Núm.- 1.280.- Machalí, 27 de octubre de2014.- Vistos:

    1. Las atribuciones que me confiere la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    2. Lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones; DFL Nº458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, actualizada por ley Nº20.772 publicada en el Diario Oficial el 5 de septiembre del 2014.
    3. Lo dispuesto en el artículo 168 del DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el DL Nº 1.305, de 1975; el artículo 2º de la ley Nº16.391, y las facultades que me confiere el artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile.
     
    Considerando:
     
    1. El cumplimiento a las disposiciones y procedimiento establecido en el artículo 1.4.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, mediante "Estudio de las Áreas Propensas al Desarrollo Urbano del Plan Regulador Comunal de Machalí, densidades actuales del PRC de Machalí, el cual comprende; desde la Carretera del Cobre hacia el Límite Urbano Norte", para la tramitación y aplicación del artículo 117 de la LGUC, referido a la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, comuna de Machalí.
    2. El decreto alcaldicio Nº 871 de fecha 31 de julio 2014, en donde se aprobó dar inicio del Estudio de modificación al Plan Regulador Comunal de Machalí, denominado "Estudio de las Áreas Propensas al Desarrollo Urbano del Plan Regulador Comunal de Machalí, densidades actuales del PRC de Machalí, el cual comprende; desde la Carretera del Cobre hacia el Límite Urbano Norte".
    3. El Informe técnico favorable de fecha 10 de octubre del 2014, de la Seremi de Vivienda y Urbanismo.
     
    Decreto:

      1. Apruébese la aplicación del artículo 117 de la LGUC, referido a la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, comuna de Machalí, por un periodo de 3 meses.
    2. Apruébese el Plano PRC-MACH-Aplicación-ART 117_LAM1, el cual grafica las subzonas afectas a la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, comuna de Machalí, por un periodo de 3 meses.
    3. Publíquese en el Diario Oficial el presente decreto alcaldicio referido a la aplicación del artículo 117 de la LGUC, sobre la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, comuna de Machalí, por un período de 3 meses.
    4. Publíquese en el diario de mayor circulación en la comuna y en la página web www.machali.cl decreto alcaldicio referido a la aplicación del artículo 117 de la LGUC, sobre la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, comuna de Machalí, por un periodo de 3 meses.



NOTA
      El numeral 1° del Decreto 524, M. de Machalí, publicada el 28.05.2015, modifica la presente norma en el sentido de aprobar la segunda prórroga de 3 meses a contar de la publicación en el Diario Oficial para la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, comuna de Machalí.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- José Miguel Urrutia Celis, Alcalde.- Omar Vásquez Saldaña, Secretario Municipal.