AUTORIZA PRÓRROGA DEL PLAZO DE TRES MESES PARA LA POSTERGACIÓN, O CONGELAMIENTO, DE LOS PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN, SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN PREDIAL, EN VIRTUD DEL ART. 117º DE LA L.G.U.C. DEL SECTOR DE PUNTA DE LOBOS, COMUNA DE PICHILEMU, EN ZONAS QUE INDICA, SEGÚN SE SEÑALA
     
    Núm. 3.192 exento.- Pichilemu, 10 de septiembre de 2014.- Considerando:

-    Lo señalado por la Seremi de Vivienda y Urbanismo en su resolución exenta Nº 730 de fecha 10 de septiembre de 2014, que deja sin efecto la resolución Nº 729 del 9 de septiembre del 2014 y autoriza prórroga de tres meses respecto al plazo de postergación de permisos dispuestos por el Art Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones debido a la modificación del Plan Regulador Comunal de Pichilemu.
-    El decreto exento Nº 978, de fecha 6 de marzo de 2014, de la Municipalidad de Pichilemu, que dicta por un plazo de 3 meses del Congelamiento, Postergación de Permisos de Edificación, Subdivisión, Loteo o Urbanización Predial y de Construcciones en virtud del Art. 117 de la L.G.U.C. del Sector de Punta de Lobos, en Zonas que indica, según señala.
-    El decreto exento Nº 2.068, de fecha 9 de junio de 2014, publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de junio 2014 emanado por esta Municipalidad, que autoriza prorroga (renovable), de tres meses del Congelamiento, Postergación, de Permisos de Edificación, Subdivisión, Loteo o Urbanización Predial y de Construcciones en Virtud del Art., 117º de la L.G.U.C. del sector de Punta de Lobos, en Zonas que indica, según se señala.
-    El decreto exento Nº 3.191 que anula decreto Nº 3.160 del 9 de septiembre de 2014 en virtud de resolución exenta Nº 730 de fecha 10 de septiembre de 2014, que deroga resolución exenta Nº 729, de fecha 9 de septiembre de 2014, ambas emitidas por la Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de O'Higgins.
-    El memorándum Nº 731 de fecha 10 de septiembre de 2014 del Director de Obras Municipales.
-    El memorándum Nº 1.267 de fecha 10 de septiembre de 2014, del Alcalde.
     
    Vistos:

-    Lo dispuesto en el artículo 117º de la L.G.U.C.
-    Las facultades que me confiere el Art. 63 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido.
     
    Decreto:
     
    1. Autorízase la prórroga del plazo de tres meses de la Postergación o Congelamiento de Permisos de Construcción, Subdivisión, Loteo o Urbanización Predial en virtud del Art. 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el sector de Punta de Lobos, por motivos de la modificación del Plan Regulador de Pichilemu y por las razones que se pretenden resguardar las nuevas condicionantes que intervienen en el territorio según el siguiente detalle:
     
    √  ZONAS QUE COMPRENDE DICHA PARALIZACIÓN:
    P2_ Zona de Protección2
        Protección por interés y/o valor paisajístico.
    E_  Zona Área Verde
    A6_ Zona Residencial Mixta-6
    A7_ Zona Residencial Mixta-7
     
    ÁREA TOTAL DE PARALIZACIÓN: 125.04 ha aproximadamente.
     
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Roberto Córdova Carreño, Alcalde.- Fanny Rebolledo Lizana, Secretario Municipal.