AUTORIZA PRÓRROGA (RENOVABLE), DE TRES MESES DEL CONGELAMIENTO, POSTERGACIÓN, DE PERMISOS DE EDIFICACIÓN, SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES EN VIRTUD DEL ART. 117º DE LA L.G.U.C. DEL SECTOR DE PUNTA DE LOBOS, EN ZONAS QUE INDICA, SEGÚN SE SEÑALA
     
    Núm. 2.068 exento.- Pichilemu, 9 de junio de 2014.- Considerando:

    - Lo señalado por la Seremi de Vivienda y Urbanismo en su ordinario Nº552 de fecha 6 de marzo de 2014, que emite informe favorable del congelamiento y postergación por un plazo de 3 meses, de Permisos en virtud del Art. 117º de la L.G.U.C. del Sector de Punta de Lobos, por motivo de la modificación del Plan Regulador Comunal de Pichilemu.
    - El decreto exento Nº978 de fecha 6 de marzo de 2014, que dicta por un plazo de 3 meses del Congelamiento, Postergación de Permisos de Edificación, Subdivisión, Loteo o Urbanización Predial y de Construcciones en virtud del Art. 117 de la L.G.U.C. del Sector de Punta de Lobos, en Zonas que indica, según señala.
    - El memorándum Nº403 de fecha 9 de junio de 2014, del Director de Obras Municipales.
    - El memorándum Nº739 de fecha 9 de junio de 2014, del Alcalde.
    - El ordinario Nº1.193 de fecha 4 de junio de 2014, proveniente de la Seremi, que autoriza la prórroga (renovable) de tres meses.
     
    Vistos:
     
    - Lo dispuesto en el artículo 117º de la L.G.U.C.
    - Las facultades que me confiere el Art. 63 de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido.
     
    Decreto:
     
    1.- Autorízase la Prórroga (Renovable) del Plazo inicial de manera parcializada por un plazo adicional de 3 meses, Congelamiento, Postergación de Permisos de Edificación, Subdivisión, Loteo o Urbanización Predial y de Construcciones en virtud del Art. 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el sector de Punta de Lobos, por motivos de la modificación del Plan Regulador de Pichilemu y por las razones que se pretenden resguardar las nuevas condicionantes que intervienen en el territorio según el siguiente detalle:
     
    Zonas que Comprende dicha Paralización:
    P2_ Zona de Protección2
    Protección por interés y/o valor paisajístico.
    E_Zona Área Verde
    A6_ Zona Residencial Mixta-6
    A7_ Zona Residencial Mixta-7
     
    Área total de paralización: 125.04 ha aproximadamente.

   
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Dante Cornejo González, Alcalde (S).- Fanny Rebolledo Lizana, Secretario Municipal.