1.- Modifícase la ordenanza Nº 1 de 24 de enero de 2002 "Ordenanza de Ornato", cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por decreto alcaldicio Ex. Nº 1.029 de 1 de julio de 2003, en los siguientes sentidos:
    1.1.- Sustitúyase el artículo 2º por el siguiente:
    "Todos los árboles y especies vegetales que se encuentren en la vía pública tendrán la calidad de bienes nacionales de uso público.".
    1.2.- Suprímanse las letras a) y e) del Artículo 4º pasando la actual letra b) a ser a) y así sucesivamente.
    1.3.- Agrégase el siguiente último inciso al Artículo 17º:
    "Queda prohibido instalar o colocar cualquier elemento que entorpezca el paso peatonal en los bandejones centrales y veredones que enfrentan las propiedades y que constituyen bienes nacionales de uso público.".
    2.- En todo lo no modificado continúa vigente la ordenanza Nº 1 de 24 de enero de 2002, cuyo texto refundido fue fijado por decreto alcaldicio Ex. Nº 2.038 de 26 de enero de 2011.
    3.- Secretaría Municipal publicará en la página web municipal la presente ordenanza.
    4.- La Secretaría Municipal elaborará el texto refundido y sistematizado de la presente ordenanza.