DICTA CONGELAMIENTO, POSTERGACIÓN POR UN PLAZO DE 3 MESES, DE PERMISOS DE EDIFICACIÓN, SUBDIVISIÓN, LOTEO O URBANIZACIÓN PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES EN VIRTUD DEL ART. 117 DE LA L.G.U.C. DEL SECTOR DE PUNTA DE LOBOS, EN ZONAS QUE INDICA, SEGÚN SE SEÑALA
     
    Núm. 978 exento.- Pichilemu, 6 de marzo de 2014.- Considerando:
     
-    Lo señalado por la Seremi de Vivienda y Urbanismo en su ordinario Nº 552 de fecha 6 de marzo de 2014, que emite informe favorable del congelamiento y postergación por un plazo de 3 meses, de permisos en virtud del Art. 117 de la L.G.U.C. del Sector de Punta de Lobos, por motivo de la modificación del Plan Regulador Comunal de Pichilemu.
-    El Ord. Nº180 de fecha 4 de marzo 2014, del Alcalde al Seremi Minvu VI Región.
-    El informe de la DOM de fecha 18 de febrero de 2014, que solicita lo indicado, por razones de Estudio de Modificación al P.R.C. del año 2005 y porque se pretende resguardar las nuevas condiciones que intervienen en el territorio.
-    El memorándum Nº174 de fecha 6 de marzo de 2014, de la DOM.
-    El memorándum Nº340 de fecha 6 de marzo de 2014, del Alcalde.
-    La resolución Nº 7 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de fecha 06.01.2011, que autoriza el Estudio de modificación al Plan Regulador Comunal del año 2005.
     
    Vistos:
     
-    Lo dispuesto en el artículo 117 de la L.G.U.C.
-    Las facultades que me confiere el art. 63 de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido.
     
    Decreto:
     
    1.- Díctese el congelamiento, postergación por un plazo de 3 meses, de Permisos de Edificación, Subdivisión, Loteo o Urbanización Predial y de Construcciones en virtud del Art. 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el sector de Punta de Lobos, por motivos de la modificación del Plan Regulador de Pichilemu y por las razones que se pretenden resguardar las nuevas condicionantes que intervienen en el territorio según el siguiente detalle:
     
    ZONAS QUE COMPRENDE DICHA PARALIZACIÓN:
    P2_ Zona de Protección2
    Protección por interés y/o valor paisajístico.
    E_ Zona Área Verde
    A6_ Zona Residencial Mixta-6
    A7_ Zona Residencial Mixta-7
     
    ÁREA TOTAL DE PARALIZACIÓN: 125.04ha aproximadamente





NOTA
      El numeral 1º del Decreto 2068 Exento, Municipalidad de Pichilemu, publicada el 12.06.2014, modifica la presente norma en el sentido de prorrogar con plazo adicional de 3 meses el plazo inicial de Congelamiento, Postergación de Permisos de Edificación, Subdivisión, Loteo o Urbanización Predial y de Construcciones en virtud del Art. 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el sector de Punta de Lobos.
     
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Dante Cornejo González, Alcalde (S).- Fanny Rebolledo Lizana, Secretario Municipal.