PROMULGA TEXTO APROBATORIO DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE ANTOFAGASTA SECTOR NORTE III ETAPA CHIMBA NORTE
     
    Núm. 236 exento.- Antofagasta, 21 de febrero de 2014.- Vistos:
     
    1. Lo dispuesto en el artículo 2.1.11 del DS Nº 47 (V. y U.) de 1992.
    2. El decreto alcaldicio Nº1.542/2010 de fecha 16 de diciembre de 2010, que aprueba el contrato de suministro suscrito ante notario con fecha 3 de noviembre de 2010, entre la Ilustre Municipalidad de Antofagasta y la empresa de arquitectura, diseño y planificación urbana Polis Ltda., a fin de ejecutar la propuesta pública denominada Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    3. El ordinario (E) Nº21/2013, de Sr. Jorge Luis Honores, Asesor Urbanista, dirigido a Sr. Gino Pérez L., secretario comunal de Planificación de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, que en razón de la orden de servicio Nº S-13-3945 de fecha 15 de abril de 2013 de la Sra. Alcaldesa de Antofagasta, se inicien las gestiones ante los departamentos respectivos, para dar tramitación a la aprobación de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    4. El oficio ordinario Nº 931 de fecha 17 de mayo de 2012 de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta que envía Informe Ambiental al Ministerio de Medio Ambiente para su pronunciamiento, enmarcado dentro del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica para la Modificación al Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    5. El ordinario Nº 122953 de fecha 24 de agosto de 2012 del Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente que remite observación y que concluye que el Informe Ambiental de la presente modificación cumple con los contenidos mínimos.
    6. El Certificado Municipal Nº12/2014 de fecha 9 de enero de 2014, que certifica que se enviaron "invitaciones para la primera audiencia pública fueron certificadas a través del libro de correspondencia que acredita la recepción del mismo. Así mismo se adjuntó con cada invitación entregada un resumen ejecutivo del plan propuesto que detalla las principales características de la modificación que se está tramitando".
    7. La Carta de Invitación de la Sra. Alcaldesa donde se invita a la primera audiencia pública para el día 7 de mayo de 2013 en el salón auditórium de la Municipalidad de Antofagasta, donde se indica un breve resumen de la propuesta.
    8. Las fotocopias del libro de correspondencia del proyecto de fecha 3 de mayo de 2013 en donde consta la recepción de carta invitación distribuida a los vecinos.
    9. El Resumen ejecutivo de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte de fecha mayo de 2013.
    10. El aviso en prensa publicado en el diario El Mercurio de Antofagasta el 29 de abril de 2013, en donde indica que el martes 7 de mayo a las 16 hrs. se realizará la primera audiencia pública del proyecto Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    11. El aviso en prensa publicado en el diario El Mercurio de Antofagasta el 6 de mayo de 2013, en donde indica que el martes 7 de mayo a las 16 hrs. se realizará la primera audiencia pública del proyecto Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    12. El Certificado Municipal Nº326/2013 de fecha 3 de junio de 2013 del Secretario Municipal que certifica que el "Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil" reglamentado por la ley 1.695, no ha sido posible constituir por no existir quórum para cada uno de sus llamados.
    13. El Certificado Municipal Nº16/2014 de fecha 10 de enero de 2014 del Secretario Municipal que certifica que "el Certificado 326/2013 fue extendido con el objeto de dar cumplimento con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    14. Los avisos en prensa publicados en el diario El Mercurio de Antofagasta los días 18 y 25 de junio de 2013, en donde indica el lugar y fecha de las audiencias públicas y el lugar de exposición a la comunidad de la presente modificación.
    15. El Certificado Municipal Nº11/2014 de fecha 9 enero de 2014 que certifica que se dio cumplimiento con la exposición pública del proyecto de Modificación al Plan Regulador de la Comuna de Antofagasta, Sector Norte III Etapa Chimba Norte en los espacios públicos de la Municipalidad de Antofagasta.
    16. El Certificado Municipal Nº15/2014 de fecha 10 de enero de 2014, que certifica que durante la primera audiencia pública se expuso a la comunidad conjuntamente con el proyecto de modificación su informe ambiental.
    17. El Certificado Municipal Nº11/2014 de fecha 9 de enero de 2014, que certifica la exposición pública del Informe Ambiental del proyecto de modificación al Plan Regulador Comunal.     
    18. El Certificado Municipal Nº486/2013 de fecha 3 de septiembre de 2013, que certifica que el Concejo Municipal de Antofagasta aprobó en Sesión Ordinaria Nº24 celebrada el 21 de agosto de 2013, el proyecto de Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    19. El decreto alcaldicio exento Nº 1.464, de fecha 8 de octubre de 2013, por el cual se deja constancia que el Concejo Municipal de Antofagasta en su Sesión Ordinaria Nº 24 del Concejo Municipal de Antofagasta, celebrada el 21 de agosto de 2013, aprobó la Modificación al Plan Regulador de la Comuna de Antofagasta, Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    20. Ordinario 2137/2013 de fecha 4 de octubre de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, que consta el primer ingreso de expediente final a la Seremi Minvu.
    21. Ordinario del Asesor Urbanista de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta Nº64/2013 de fecha 27 de noviembre, que anexa información faltante.
    22. Ordinario de Seremi Minvu Nº1455, de fecha 18 de diciembre de 2013, donde se adjunta Informe Nº1 de observaciones.
    23. Ordinario 36/2014 de fecha 13 de enero de 2014, de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, que dice relación con el segundo ingreso de expediente corrigiendo observaciones.
    24. Ord. Nº 130, de fecha 29 de enero de 2014, por el cual el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, remite el Informe Técnico Final Nº1/2014 de fecha 29 de enero de 2014, en donde se pronuncia favorablemente al trámite de Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
     
    Considerando:
     
    1. El Proyecto de Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte.
    2. El Informe Técnico Final Nº1/2014 de fecha 29 de enero de 2014 favorable del Seremi Minvu de la Región de Antofagasta en concordancia con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y el Plan Regulador Intercomunal de la Región de Antofagasta.
    3. En uso de las atribuciones legales que me confiere el DFL Nº 1 de fecha 9 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.695, dicto el siguiente:
     
    Decreto:
     
    1. Déjese establecido que habiéndose cumplido la etapa del informe técnico final de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo favorable respecto a la Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte, este comprende los siguientes documentos: Memoria explicativa, Informe Ambiental, Estudio de factibilidad sanitaria, Ordenanza Local y Planos.

    2. Promúlguese el texto aprobatorio de la modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte, aprobado por el Concejo Municipal en su Sesión Ordinaria Nº 24 del Concejo Municipal de Antofagasta, celebrada el 21 de agosto de 2013, sancionado por decreto alcaldicio exento Nº 1.464 de fecha 8 de octubre de 2013 e informe técnico final Nº 1/2014 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de Antofagasta.
     
    ORDENANZA LOCAL

 
    CAPÍTULO I
     
    Disposiciones generales

     
    Artículo 1
    Agréguese al final del Capítulo I Disposiciones Generales de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Antofagasta, los siguientes artículos:
     
    Artículo 5.3 Disposiciones de la Ordenanza.
    Modifíquese el Plan Regulador Comunal de Antofagasta, promulgado con decreto alcaldicio Nº 1.112 de fecha 14 de noviembre de 2001 de la I. Municipalidad de Antofagasta, aprobado por resolución Nº 24 de fecha 3 de abril de 2002 del Gobierno Regional de Antofagasta, y publicado en el Diario Oficial Nº 37.310 de fecha 17 de julio de 2002; en el polígono individualizado en el Artículo 7.2 de la presente Ordenanza Local, estableciéndose disposiciones sobre zonificación y sus normas urbanísticas, de acuerdo a los planos que se identifican a continuación.
     
-    MPRCA_CHN-01 Síntesis de Modificación, a escala 1:10.000
-    MPRCA_CHN-02 Zonificación, a escala 1:5.000
-    MPRCA_CHN-03 Vialidad Estructurante, a escala 1:5.000
     
    Modifíquese la Ordenanza Local Plan Regulador Comunal de Antofagasta, individualizado en el inciso anterior, en lo siguiente:
     
a)  Incorpórese en el Artículo 5 los artículos 5.3 y 5.4.
b)  Incorpórese en el Artículo 7 el artículo 7.2.
c)  Incorpórese en el Artículo 11 "Estacionamientos", el artículo 11.1.
d)  Agréguese al final del artículo 48 "Zonificación", la identificación de las zonas que son incorporadas y eliminadas del Plan Regulador Comunal, para el territorio establecido el Artículo 7.2.
e)  Incorpórese en Artículo 52 el artículo 52.1.
f)  Incorpórese en el Artículo 58 el artículo 58.1.
g)  Agréguese el Capítulo X Disposiciones Transitorias y el Artículo Transitorio 1.
     
    Artículo 5.4. Área Territorial
    El área territorial de la presente "Modificación Plan Regulador Sector Norte Tercera Etapa, Chimba Norte Antofagasta" corresponde al polígono conformado por líneas poligonales cerradas, cuyos puntos y tramos se describen en el Artículo 7.2 de la presente Ordenanza y se grafican en los Planos respectivos.

    CAPÍTULO II
     
    Descripción del área a modificar

     
    Artículo 2
    Agréguese al final del Capítulo II Descripción del Límite Urbano de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Antofagasta, el siguiente artículo:
     
    Artículo 7.2. Descripción del polígono a modificar
    El área territorial de la aplicación de la presente Modificación Plan Regulador Sector Norte Tercera Etapa, Chimba Norte Antofagasta, señalada en el Artículo 5.4 de la presente Ordenanza, está descrita por los siguientes puntos y tramos del polígono que se detalla a continuación, según base topográfica levantamiento aerofotogramétrico, realizado por la empresa Geocen, año 2011, Coordenadas UTM en metros Datum Sirgas WGS-84, Elipsoide GRS-80:
     
    .
    CAPÍTULO III
     
    Definiciones y normas generales

     
    Artículo 3
    Agréguese en el Artículo 11, denominado "Estacionamiento" de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Antofagasta, el siguiente artículo:
     
    Artículo 11.1
    Las edificaciones que se construyan, habiliten, cambien de destino o se regularicen en el área definida en el polígono establecido en el artículo 7.2 de la presente Ordenanza, deberán cumplir con la dotación mínima de estacionamientos que se establece a continuación:
     
    .
     
    NOTA:
(1)  En los edificios colectivos de habitación y otros se exigirá un 15% adicional de estacionamientos para uso de visitas.
(2)  Adicionalmente se consultará estacionamientos de buses, camiones u otros similares, según los siguientes tramos de superficie útil construida en el proyecto:

- Hasta 1.000 m²            1 estacionamiento de 30 m²
- De 1.001 a 3.000 m²        2 estacionamientos de 30 m² c/u
- De 3.001 a 6.000 m²        3 estacionamientos de 30 m² c/u
- De 6.001 a 12.000 m²      4 estacionamientos de 30 m² c/u
- Más de 12.000 m²          5 estacionamientos de 30 m² c/u
     
    Consideraciones complementarias
     
a)  En edificios o instalaciones que consulten dos o más destinos diferentes, el estándar mínimo se aplicará a la superficie construida para cada destino. El número de estacionamientos exigibles será la suma del número de estacionamientos que originen cada una de dichas superficies.
b)  Para los efectos de la aplicación del presente artículo, se considerará como superficie útil construida según lo señalado en OGUC. Para los casos de proyectos acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria se descontará también la superficie común.
    CAPÍTULO IV
     
    Zonificación, usos de suelo y normas específicas

     
    Artículo 4
    Modifíquese el Artículo 48 del Capítulo VII Definición de Macro-Áreas, Zonificación, Usos de Suelo y Normas Específicas de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Antofagasta, los siguientes aspectos:
     
a.  Elimínese en el cuadro "Zonas Urbanizables de Desarrollo Condicionado" la zona ZUDC 04 y modifíquese la parte de la zona ZUDC 05, que queda incorporada en el polígono individualizado en el Artículo 7.2 de la presente modificación.
b.  Modifíquese en el cuadro "Áreas Especiales" la zona E4a, en la parte que queda incorporada en el polígono individualizado en el Artículo 7.2 de la presente modificación.
c.  Agréguese el siguiente listado de nuevas zonas, aplicables en el área definida en el Artículo 7.2 de la presente Ordenanza:
     
    .
     
    Artículo 5
    Agréguese al final del Capítulo VII Definición de Macro-Áreas, Zonificación, Usos de Suelo y Normas Específicas de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Antofagasta, lo siguiente:
     
    Artículo 52.1. Normas Urbanísticas para las Zonas definidas en el territorio establecido en el Artículo 7.2 de la presente Ordenanza Local:
     
    ZONAS MIXTAS
     
    ZM-4 Zona Mixta 4 (Corredor Transversal Sur)
     
    .
     
    ZM-5 Zona Mixta 5 (Corredor Transversal Norte)
     
    .
     
    ZM-6 Zona Mixta 6 (Ruta 1)
     
    .
     
    ZM-7 Zona Mixta 7 (Frente Costero Sector Acantilado)
     
    .
     
    ZONAS PREFERENTEMENTE RESIDENCIALES
     
    ZH-4 Zona Preferentemente Residencial 4
     
    .
     
    ZH-5 Zona Preferentemente Residencial 5
     
    .
     
    ZONAS DE EQUIPAMIENTO
     
    ZE-1 Zona de Equipamiento Exclusivo 1
     
    .
     
    ZE-BC Zona de Equipamiento Exclusivo Borde Costero
     
    .
     
    ÁREAS VERDES
     
    ZAV Áreas Verdes Locales
     
    .
     
    ZONAS ESPECIALES
     
    ZEP - 1 Zona Especial 1 (Borde Costero 1)
     
    .
     
    ZEP - 2 Zona Especial 2 (Borde Costero 2)
     
    .
     
    ZEP - 3 Zona Especial 3 (Acantilado)
   
    .   
     
    Tabla Síntesis de Condiciones de Edificación por Zonas: Mixtas, Preferentemente Residencial, Equipamiento y Especiales
     
    .
     
(1)  Sistema de agrupamiento:  (2) Usos de suelo:
    A: Aislado                    Re: Residencial
    P: Pareado                    Eq: Equipamiento
    C: Continuo                    AcPro: Actividades Productivas

    CAPÍTULO V
     
    Vialidad estructurante

     
    Artículo 6
    Agréguese al final del cuadro del Artículo 58 del Capítulo VIII Vialidad Urbana, de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Antofagasta, el siguiente artículo:
     
    Artículo 58.1
    La Vialidad Estructurante aplicable en el territorio establecido en el artículo 7.2 de la presente Ordenanza Local, serán las definidas en la siguiente tabla y graficadas según los planos MPRCA_CHN-02 y MPRCA_CHN-03.
     
    .

    CAPÍTULO VI
     
    Disposiciones transitorias

     
    Artículo 7
    Agréguese el Capítulo X Disposiciones Transitorias de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Antofagasta, con el siguiente Artículo Transitorio:
     
    Artículo Transitorio 1. Normas Supletorias sobre Vialidad Expresa y Troncal
    Las disposiciones establecidas en este Artículo Transitorio tienen carácter supletorio, toda vez que corresponden a materias propias del ámbito de la planificación urbana intercomunal y quedarán sin efecto al momento que entren en vigencia, las normas que modifiquen el Capítulo V "Vialidad Estructurante Intercomunal" del Plan Regulador Intercomunal del Borde Costero de la Región de Antofagasta, publicado en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 2004.
    La Vialidad Estructurante aplicable en el territorio establecido en el artículo 7.2 de la presente Ordenanza Local, de categorías Expresas y Troncales, serán las definidas en la siguiente tabla y graficadas según los planos MPRCA_CHN-02 y MPRCA_CHN-03.
     
    .
    3. Déjese constancia del cumplimiento de la Evaluación Ambiental Estratégica correspondiente a la Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta Sector Norte III Etapa Chimba Norte, proceso que se desarrolló desde el inicio del estudio, incluyendo talleres de participación ciudadana, con asistencia de los siguientes organismos públicos: Gobierno Regional de Antofagasta, Seremi de Economía, Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección de Arquitectura - Ministerio de Obras Públicas, Seremi Minvu, Sernatur, Seremi de Salud, Seremi Medio Ambiente, Serviu, Seremi Serplac, cuyo Informe Ambiental final cumple con los contenidos mínimos según Ministerio del Medio Ambiente (indicado en vistos), expuesto en la primera audiencia pública y durante el periodo de exposición a la toda comunidad de la presente modificación, la cual tuvo observaciones, no siendo ninguna de carácter ambiental. El presente Informe Ambiental es el que comprende en la presente Modificación.
     
MODIFICACIÓN PLAN REGULADOR SECTOR NORTE TERCERA ETAPA CHIMBA NORTE ANTOFAGASTA
     
    ANEXO 4
    INFORME AMBIENTAL
     
    Esquema general y/o resumen de los contenidos y objetivos principales del plan a desarrollar
     
    1.1. ESQUEMA GENERAL Y CONTEXTO DEL ÁREA DE ESTUDIO
    La presente Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta en el Sector de La Chimba Norte, corresponde a una actualización parcial de dicho Plan, en un área aproximada de 378 hectáreas en el distrito norte de la ciudad, incluyendo el trazado de la Ruta 1. Es en definitiva la modificación de parte del territorio hoy urbano de acuerdo al instrumento de planificación vigente, donde los usos de suelo actual corresponden a algunos galpones, y algunos proyectos residenciales relativamente nuevos aprobados a través de las disposiciones vigentes.
    El objetivo principal de este Estudio consiste en dotar a la Municipalidad de Antofagasta de un instrumento de planificación que norme de manera estructurada y coherente el área antes mencionada, generando un cuerpo normativo adecuado a la problemática urbana actual y que permita ordenar la disposición de los usos de suelo con el objeto de preservar las condiciones de habitabilidad de la población y del medio ambiente. Todo lo anterior, apoyado en la participación efectiva, concertada y consensuada de la comunidad y los servicios públicos.
     
   
     
    .
     
    El Plan Regulador Comunal de Antofagasta se encuentra vigente desde el año 2002 (aprobado por la resolución del Gobierno Regional GORE 008 Región de Antofagasta, el 9 de marzo de 2001, y publicado en el Diario Oficial el 17 de julio del 2002).
    El actual Plan Regulador Comunal presenta una superficie total de 45.762,2 ha, la cual incluye el área urbana de la Ciudad de Antofagasta, junto al sector de la península de Mejillones, donde el Plan estableció normas con respecto al límite urbano, zonificación (definición de usos de suelo permitidos y prohibidos, condiciones de subdivisión y edificación) y vialidad para la ciudad (Ver siguiente figura).
     
   
     
    .
     
    Fuente: Plan Regulador Comunal vigente.
     
    El área urbanizada o consolidada del Plan corresponde aproximadamente a 7.899 ha, la cual se extiende desde sector de Cerro Coloso por el Sur hasta el Sector de La Portada, sin incluir las zonas del Plan emplazadas en la Península de Mejillones, el área del Aeropuerto Cerro Moreno y los sectores en torno a la Ruta 5 Norte (ver siguiente figura).       
     
    .
     
    Zonificación del PRC de Antofagasta aplicable sobre el área de estudio de La Chimba Norte
     
    En el sector norte de la ciudad de Antofagasta, el Plan propone Zonas Urbanizables de Desarrollo Condicionado (ZUDC), las cuales constituyen áreas de reserva de suelo para cierto tipo de usos específicos, como turismo, actividades agropecuarias y nuevas zonas mixtas, a su vez de áreas de protección del borde costero. Estas zonas no presentan condiciones de edificación ni de subdivisión, salvo algunos criterios generales de uso de suelo. Esta situación provoca que gran parte del territorio normado por el PRC vigente e inscrito dentro del área de estudio de La Chimba Norte, presente condiciones de uso de suelo y de edificación poco definidas, lo que puede generar serias dificultades e ambigüedades para la aplicación de esta norma urbana.
    En relación al caso específico del área de estudio de La Chimba Norte, esta se encuentra inscrita en las zonas de desarrollo urbano condicionado ZDUC 04 de Reserva Turística y la ZUDC 05 de Reserva Natural y Turística. El Plan Regulador vigente no establece condiciones de subdivisión predial y de edificación para estas zonas, las cuales deben ser fijados mediante la aprobación de modificaciones a este instrumento de planificación. En la actualidad esta situación implica que no existen medidas de regulación sobre estas zonas, salvo las condiciones de usos permitidos y la reglamentación de edificación presentes en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
    Por lo anterior, las zonas ZDUC 04 y ZUDC 05 en la práctica establecen una baja intensidad de utilización del suelo, cuyas condiciones sólo pueden ser ajustadas mediante la modificación del PRC (aplicación de un Plan Seccional de acuerdo a la Ordenanza del PRC vigente) o por medio de la aprobación de un estudio de impacto urbano, instrumento a través del cual, se ha aprobado un proyecto residencial en el sector.
             
    .
     
    Usos de suelo actuales en el territorio en estudio
     
    Como se ha señalado con anterioridad, el área de estudio La Chimba Norte presenta una escasa presencia de actividades en la actualidad, marcada por la existencia de galpones avícolas en desuso, además de un recinto de Carabineros de Chile en el sector norte de su territorio. En términos generales, en la práctica no existen intervenciones urbanas dentro del área en cuestión (ver siguiente figura).
                     
    .
     
    Recientemente, la Dirección de Obras Municipales de Antofagasta ha aprobado la ejecución de un proyecto residencial en el interior del área de estudio de La Chimba Norte, localizado en su extremo sur.
     
    1.2. OBJETIVOS DEL PLAN
     
    En el esquema gráfico, incluido más adelante, se pueden distinguir los siguientes objetivos de planificación, a ser resueltos con la propuesta de modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta en la Chimba Norte:
     
    Objetivos del plan
     
A.  Conectividad Vial en el sector norte de la ciudad de Antofagasta.
    -  Establecer una Estrategia de Conectividad Vial Jerarquizada e
        Integrada, que permita los siguientes objetivos:

        . Integración norte sur de la ciudad (longitudinal: paralela a la
          Ruta 1)
        . Integración oriente poniente (transversal: cerros y borde costero)
          y su empalme con la Ruta 1
     
B.  Disponibilidad de suelo para acoger el crecimiento de la ciudad hacia el norte
    -  Definir un modelo de crecimiento de la ciudad (ya sea de crecimiento
        en altura, en extensión en baja altura o ambos), que permitan acoger
        el desarrollo urbano del norte de la ciudad.
    -  Proveer dentro del área de estudio de un sistema de zonificación
        asociado a condiciones normativas, que permitan dar continuidad al
        crecimiento urbano hacia el sector norte de la ciudad.
    -  Permitir la continuidad normativa de los instrumentos de
        planificación territorial existentes en el sector norte.
    -  Permitir la continuidad normativa en el interior del área de estudio
        de los distintos planes vigentes en el sector.
     
C.  La importancia de proveer los equipamientos, servicios y áreas verdes complementarios al uso de vivienda
    -  Definir en el área de estudio a través de las condiciones normativas
        una mejor relación entre cantidad de viviendas por equipamientos,
        áreas verdes y servicios, es decir, un concepto de densidad urbana,
        por sobre la mera cuantificación de viviendas o densidad bruta
        máxima.
     
D.  Desarrollo y continuidad del borde costero
    -  Facilitar el uso y acceso público al borde costero, que en la
        actualidad no existe en el área de estudio de La Chimba Norte.
    -  Continuidad del borde costero en forma longitudinal, como parte del
        total de la ciudad.
    -  Incorporar y proteger los atributos naturales presentes en el borde
        costero, tales como el inicio del acantilado costero de La Portada y
        el borde rocoso de playa, generando condiciones que permitan su
        utilización controlada y puntual.
                       
    .
     
    2. Los órganos de la Administración del Estado convocados y participantes en la etapa de elaboración del Plan y los instrumentos o estudios considerados
     
    2.1 INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y SÍNTESIS DE LOS CONTENIDOS ABORDADOS
     
    Dos fueron las instancias de participación y discusión con los servicios públicos de la Región de Antofagasta a propósito de la modificación del plan regulador comunal para este sector de la ciudad. Estas instancias se llevaron a cabo durante las etapas 2 y 3 del estudio, cuyos resultados se resumen más adelante.
    Las etapas del estudio corresponden a las que se indican a continuación. Cabe señalar que el proceso de participación no sólo incluyó a los servicios públicos sino que también a la comunidad organizada. Las audiencias públicas a las que alude la etapa 4 no han tenido lugar, sino hasta que haya sido aprobado el informe ambiental correspondiente.
                         
    .
     
    Durante la presentación del consultor en la etapa 2 del estudio, y en plenario final de consultas, los participantes enunciaron una serie de comentarios referidos tanto a los productos y antecedentes presentados por el consultor, como al proceso mismo de diseño del instrumento de planificación territorial y al proceso asociado de participación ciudadana.
    Con relación a los temas propios del estudio, los participantes, en su conjunto, señalaron conformidad con lo expuesto por el consultor. Se destacó de la presentación las propuestas de vialidad y su integración con las redes circundantes y su impacto positivo en el centro histórico de la ciudad. No obstante, los participantes enunciaron un conjunto de observaciones y comentarios destinados a precisar y enriquecer la elaboración de productos del estudio para la siguiente etapa de desarrollo.
    En primer término, profesionales del Gobierno Regional destacaron que existe una zonificación del borde costero, elaborada por el propio GORE y que, en lo atingente, debiesen ser consideradas en la planificación propuesta1. También destacaron que en el área de estudio existen áreas con riesgo de remoción en masa - particularmente una quebrada en el sector sur del predio, cuyas condiciones debiesen ser estudiadas a la luz de los cambios en las condiciones de infiltración de los suelos del sector, tanto en el área de estudio como en las áreas ubicadas hacia el oriente y hasta el pie de monte. En este sentido, profesionales del Minvu destacaron como un antecedente adicional, la obligatoriedad de incorporar variables referidas a riesgo, a las que deben sumarse a partir de este año las restricciones por "área de inundación por tsunami"2.
    Profesionales del GORE destacaron que un segundo factor a tener presente apunta a la vigencia/caducidad de la vialidad propuesta para el Seccional La Chimba y, por extensión, su vigencia como factor de diseño para el área de estudio. También señalaron la existencia de dos concesiones mineras en el sector, las que se comprenden de escala menor y estado de vigencia y propietario desconocidos.
    Profesionales del Minvu y el SAG destacaron que en el área de estudio existen puntos de nidificación de algunas especies sujetas a diversos niveles de protección, tales como el pato huanay, el pelícano, el piquero y el gaviotín. Los participantes destacaron la necesidad de identificar y proponer mecanismos que permitan conciliar el desarrollo del área de estudio con medidas de protección de estas especies. Estos representantes destacaron el valor de la propuesta en sentido de su capacidad de proteger el borde costero, sus acantilados y guaneras.
    El representante de Sernatur destacó que, si bien el terreno no tiene valor paisajístico per se, sí tiene valor como punto de inicio de los acantilados que sirven de marco al Monumento Natural La Portada y que, por lo mismo, se valora de la propuesta su reconocimiento. Destacó, además, la necesidad de incluir la variable "arqueología", pues se habría concluido recientemente un estudio elaborado por la Universidad Católica del Norte, que identifica sitios de valor arqueológico en el área de estudio y en sus cercanías3.
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1    De acuerdo a lo establecido para el territorio en estudio, la macrozonificación del borde costero contempla el uso preferente turístico para todo el sector. De acuerdo a lo señalado en dicha zonificación, el uso turístico tiene una alta compatibilidad con el uso zona de caletas, uso AMERB, uso urbano, uso zona protegida para la conservación de la naturaleza, zona de relevancia ecológica, zona de protección para la conservación del patrimonio cultural, debido a que en estas zonas puede desarrollarse algún tipo de turismo. Por otro lado, genera una baja compatibilidad con el uso administración del Estado y uso sujeto a estudios futuros. No obstante, mediante la determinación de criterios de compatibilidad puede coexistir o emplazarse de manera cercana con los usos infraestructura, portuario, pesquero, uso pesca artesanal y acuicultura, zona de apoyo a la acuicultura, minero e industrial. En este punto se describirán los criterios entre el uso turístico y el uso infraestructura, debido a que los criterios de compatibilidad con los otros usos han sido descritos anteriormente.
    La compatibilidad entre los usos turísticos e infraestructura dicen relación con el proporcionar de servicios básicos y transporte a los visitantes, por lo que se debe tener en consideración el impacto visual, la trama vial y la accesibilidad al recurso turístico, los que estarán definidas por el Plan Regulador Comunal respectivo.
2    La carta de inundación de tsunamis del SHOA no proporciona información para este sector del área urbana de Antofagasta.
3    La variable arqueología se encuentra incorporada dentro de los antecedentes revisados.

    Finalmente, el representante de Carabineros de Chile señaló que la institución es propietaria de un predio menor existente en el área de estudio, la cual se ha ampliado de hecho, más allá de sus límites originales para acoger caballerizas y un picadero -esto con el permiso expreso de los propietarios. No se precisan las proyecciones que la institución tiene para dicho predio.
    Con relación al proceso de participación ciudadana y gestión del plan, los participantes destacaron dos aspectos. Por una parte, y más allá de lo posible de inferir del nuevo marco regulatorio ambiental, lo concreto es que la inclusión de la opinión de los servicios públicos debe regirse por lo expresamente señalado por la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, y otros pronunciamientos de la Contraloría General de la República, que destacan las competencias de los distintos actores en el proceso de aprobación de un instrumento de planificación territorial, que se entienden mayoritariamente propios y privativos de la autoridad municipal -alcalde y concejales.
    Durante la presentación del consultor en la etapa 3 del estudio, y en plenario final de consultas, los participantes enunciaron una serie de comentarios referidos tanto a los productos y antecedentes presentados por el consultor, como al proceso mismo de diseño y aprobación del instrumento de planificación territorial.
    Con relación a los temas propios del estudio, los participantes, en su conjunto, señalaron conformidad con lo expuesto por el consultor. No obstante, los participantes enunciaron un conjunto de observaciones y comentarios destinados a precisar y enriquecer la elaboración de productos del estudio para la siguiente etapa de desarrollo.
    Un primer tema considerado por los asistentes apuntó a la vialidad del proyecto. En primer lugar se cuestionó el criterio de estructurar la vialidad del proyecto sobre la base del trazado vial proyectado para los sectores contiguos de la ciudad, en tanto este no estaría vigente, dadas las condiciones impuestas a la aplicación del Artículo Nº59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Respecto de este punto, representantes del municipio y del consultor destacaron que la vialidad proyectada que servía de referencia al presente estudio, se sobreponía a un predio de propiedad del Ministerio de Bienes Nacionales, cuyas autoridades habrían señalado su interés en respetar dicha servidumbre y consolidar, en la medida de sus recursos y atribuciones, la vialidad indicada. Un asistente destacó la necesidad de evaluar la vigencia de ese trazado a la luz de los proyectos específicos de servicios sanitarios, los que no necesariamente debieran acogerse a él; en este sentido, se destaca la necesidad de coordinar ambas acciones para no generar dobles servidumbres a un mismo predio. Otro punto planteado por los participantes es reconocer el valor de la vía que conforma el par vial con la avenida de borde costero. Finalmente, un asistente demandó la necesidad de consolidar una vía paralela y complementaria a la Ruta 1, que garantice condiciones de accesibilidad de dicho sector.
    Un segundo tema tratado por los asistentes apuntó a las áreas verdes proyectadas. Por una parte se solicitó precisar su superficie en términos absolutos y como porcentaje respecto de la superficie total del área de estudio. Un segundo participante destacó la necesidad de rematar manera más clara y orgánica el área verde considerada en el borde de la Ruta 1, en su encuentro con la zona de equipamiento y servicio ubicada más al sur, ya en los terrenos del estudio. En tal sentido, un tercer asistente sugirió la posibilidad de retranquear la línea oficial frente al parque industrial existente en el sector, con el fin de dar una mejor continuidad a dicha área verde.
    Un tercer tema apunta a destacar la estrategia de localización de los programas de equipamiento y servicios a lo largo de los ejes transversales propuestos por el consultor. En los sectores ubicados más al sur del área de estudio, esta estrategia ha demostrado ser exitosa, pero preocupa en este caso, en la medida que no se puede garantizar la continuidad de las vías este-oeste a través de la Ruta Nº1.
    Finalmente, los representantes del SAG destacaron el registro de avistamiento de ejemplares de gaviotín chico y solicitaron evaluar la propuesta de reservar áreas -p.e. en áreas verdes proyectadas- para facilitar su anidamiento.
    En síntesis, los resultados muestran una aceptación tácita de la propuesta y de sus principales lineamientos, restando solucionar aspectos puntuales que, en parte, escapan a las atribuciones del mandante y, por extensión, del consultor.
     
    2.2 LISTADO DE ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO CONVOCADOS
     
    Los órganos de la Administración del Estado fueron convocados mediante cartas dirigidas por parte de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, según el siguiente formato que se acompaña. Más adelante se integran los servicios públicos convocados, y aquellos servicios públicos que asistieron a los dos ciclos de participación.
     
-    Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Marina - Capitanía de Puerto
-    Carabineros de Chile, 2a Comisaria
-    Dirección Regional de Aeropuertos - MOP
-    Dirección Regional de Obras Hidráulicas - MOP
-    Director Regional de Aguas - MOP
-    Director Regional de Arquitectura - MOP
-    Director Regional de Obras Portuarias - MOP
-    Director Regional de Vialidad - MOP
-    Director Regional SAG
-    Director Regional Sernatur
-    Director Regional Serviu
-    Intendente Regional de Antofagasta
-    División de Desarrollo Urbano - Minvu
-    Seremi Bienes Nacionales - Región de Antofagasta
-    Seremi Economía - Región de Antofagasta
-    Seremi Medio Ambiente - Región de Antofagasta
-    Seremi Minería - Región de Antofagasta
-    Seremi Vivienda y Urbanismo - Región de Antofagasta
-    Seremi Obras Públicas - Región de Antofagasta
-    Seremi Planificación - Región de Antofagasta
-    Seremi de Salud - Región de Antofagasta
-    Gobernador Provincial de Antofagasta
-    Transportes y Telecomunicaciones - Región de Antofagasta
-    Sernageomin.
     
    2.3 LISTADO DE ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO QUE PARTICIPARON EN LAS INSTANCIAS PREVISTAS
     
-    Gobierno Regional
-    Seremi Economía
-    Servicio Agrícola y Ganadero
-    Dirección de Arquitectura, Ministerio de Obras Públicas
-    Seremi Minvu
-    Sernatur
-    Seremi de Salud
-    Seremi Medio Ambiente
-    Serviu Serplac
     
    El listado de los órganos de la administración del Estado que participaron, se incluye en el Anexo B.
     
    2.4 LOS INSTRUMENTOS O ESTUDIOS CONSIDERADOS
     
A. Cartografía Base
    - Restitución Aerofotogramétrica Sector La Chimba Norte, Antofagasta.
          Escala 1:1.000, Datum WGS 84, Geocen 2010.
    -    Restitución Aerofotogramétrica Sector Norte, Antofagasta. Escalas
          1:1.000 y 1: 2.000, Datum WGS 84, Geocen 2007.
    -    Plano de Antofagasta, Escala 1:10.000. Minvu, 2006. Municipalidad
          de Antofagasta.
    -    Propuesta de macrozonificación del Borde Costero de la Región de
          Antofagasta, Gobierno Regional de Antofagasta, 2010. Escala
          1:50.000.
     
B.  Marco Indicativo y Normativo Vigente
     
.    De carácter sectorial
    -    Ley General de Urbanismo y Construcciones, DFL Nº 458 de 1976
    -    Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, DS Nº 47, 1992
          modificado por el DS Nº 75, 2001, V. y U., publicado en el Diario
          Oficial de 25 de junio de 2001
    -    Circulares DDU del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, generales y
          específicas, relacionadas con el tema de Planificación Territorial.
            Nº 23 Evaluación de Impacto Ambiental de los Instrumentos de
            Planificación Territorial.
            Nº 77 Sobre sentido, alcance y vigencia de normas sobre
            planificación territorial urbana.
            Nº 175 Artículos 117 de la LGUC y 1.4.18. de la OGUC.
            Nº 227 Respecto del ámbito de acción de los Planes Reguladores
            Comunales.
            Nº 236 Dictamen Nº 027256 de fecha 20 mayo 2010, de la
            Contraloría General de la República.
            Nº 247 Adjunta Guía para la Evaluación Ambiental Estratégica de
            los Instrumentos de Planificación Territorial.
     
.    De carácter Regional, Intercomunal y Comunal
    -    Estrategia para el Desarrollo Regional de la Región de
          Antofagasta, 2009-2020.
    -    Plan Regulador Intercomunal de Borde Costero II Región de
          Antofagasta, 2004.
    -    Pladeco Comuna de Antofagasta, Período 2001 - 2010
    -    Plan Regulador Comunal de Antofagasta, 2002
    -    Modificación Plan Regulador de Antofagasta Sector Norte de
          Antofagasta. 2008
    -    Plan Seccional La Chimba, 2001
    -    Estudio del Plan Seccional La Portada, 2004 - 2007
    -    Zonificación del Borde Costero, Gobierno Regional.
          www.goreantofagasta.cl.
     
.    De carácter General
    -    Ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y
          Administración Regional, en lo que se refiere a las funciones del
          Gobierno Regional en materia de ordenamiento territorial, fomento
          de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.
     
C.  Diagnóstico de Nivel Comunal y Local
     
Sistema Socio demográfico y Económico
    -    Datos INE Censo 1992 y 2002
    -    Índice de Desarrollo Humano (IDH), calculado por PNUD (2000).
    -    Resultados Encuesta Casen y series históricas de la misma 1990 -
          2006.
    -    "Análisis Inacer INE" 2007 o más actualizado.
    -    "Informe Económico Regional" (I y II trimestre 2011), INE 2011.
    -    "Estimación y proyecciones de población por sexo y edad. Regiones
          1990 - 2020, Urbana Rural" INE
    -    "Ciudades, Pueblos, Aldeas y Caseríos 1992 y 2002" INE, 2005
    -    Base de Datos Banco Central de Chile, 2011
     
Medio Físico Natural
    -    Cartografía Interactiva de los climas de Chile [en línea].
          Rioseco, Reinaldo y Tesser, Claudio; Instituto de Geografía.
          Pontificia Universidad Católica de Chile.
    -    Geología del área urbana de la ciudad de Antofagasta, Región de
          Antofagasta. Basso, M. 2007. Servicio Nacional de Geología y
          Minería, Carta Geológica de Chile, Serie Geología Básica 109: 32
          p., 1 mapa escala 1:50.000. Santiago.
    -    F. Luebert y P. Pliscoff, Conama 2009
          http://territorial.sinia.cl/ficha/ficha.php?accion=descarga&o_id
          =2097>
    -    Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación y Uso
          Sustentable de la Diversidad Biológica de la Región de
          Antofagasta. Conama, 2002
    -    Plan de Manejo "Península de Mejillones", Facultad de Ciencias, U.
          de Chile.
    -    Estudio de Riesgos de la Modificación del Plan Regulador de
          Antofagasta, seccional Norte (en seia.cl)
     
Medio Físico Construido
     
.    Equipamientos
    -    Clasificación de usos de Equipamientos Públicos Básicos contenidos
          en la OGUC. Definición en Arts. 2.1.27. y 2.1.33.
     
.    Turismo y Patrimonio
    -    Macrozonificación del Borde Costero de la Región de Antofagasta,
          Gobierno Regional de Antofagasta, Septiembre de 2010. Enmarcada en
          la Política Nacional del Uso del Borde Costero (DS Nº 475 de
          14.12.94, Ministerio de Defensa Nacional).
    -    "Plan Centro de Recuperación Urbana de Antofagasta (Plan Centro)"
          Asesoría Urbana, Municipalidad de Antofagasta.
     
.    Infraestructuras Existentes (De Transporte, Sanitaria y Energética)
    -    DFL Nº 382, de 1998 (MOP), Ley General de Servicios Sanitarios.
    -    Territorio Operacional de la empresa sanitaria Aguas Antofagasta
          S.A.
    -    DS 90/00 Sobre Emisión de Residuos Líquidos a Cuerpos Receptores
          de Aguas Superficiales. Ministerio Secretaría General de la
          República 2000.
    -    DS 46/06 Sobre Emisión de Residuos Líquidos a Napa Subterránea.
          Ministerio Secretaría General de la República 2002.
    -    DS 50/03, Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua
          Potable y Alcantarillado, MOP 2009.
    -    Manual de Vialidad Urbana / Redevu. Minvu 2009.
    -    "Diagnóstico del Sistema de Transporte Urbano de Antofagasta,
          Etapa IV" (OT Nº2)
    -    Plan de Desarrollo de Aguas Antofagasta S.A. octubre de 2005
    -    Plan de Desarrollo de Essan S.A. 2005
    -    Memoria Geografía "Determinación de Riesgos por Flujos de
          Escombros en la Ciudad de Antofagasta". Ismael Alejandro Aracena
          Novoa, Pontificia Universidad Católica de Chile.
     
.    Infraestructura de Aguas Lluvias Existente
    -    "Técnicas alternativas para soluciones de Aguas Lluvias en
          sectores urbanos. Guía de Diseño", Minvu 1996.
    -    Ley de Aguas Lluvias Nº 19.525, MOP publicada en DO de 10 de
          noviembre 1997.
    -    "Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias de
          Antofagasta, II Región" (PM 26), Consultora Ayala y Cabrera para
          DOH del MOP, 2004.
     
D.  Evaluación Ambiental del Plan; Estudio de Riesgos y de Protección Ambiental
     
    -    Artículo 11 de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente
          y sus modificaciones. Circular División de Desarrollo Urbano.
          Ministerio de Vivienda y Urbanismo Nº 247 - Abril - 2011 - Guía
          para la Evaluación Ambiental Estratégica, Minvu 2011.
    -    Registros en línea de la Oficina Nacional de Emergencia a nivel
          regional.
    -    Estudio de Riesgos y Protección Ambiental relativo a la
          Modificación del Plan Regulador Comunal de Antofagasta (Estudio
          Plan Seccional Norte de Antofagasta).
    -    Plan Seccional La Portada Sur (www.e-seia.cl).
    -    Carta de Inundación por Tsunami de Antofagasta, Servicio
          Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada.
    -    Vargas, Gabriel; Ortlieb, Luc y Rutllant, José. Rev. Geol. Chile
          [online]. 2000,
          vol.27, n.2 [citado 2011-02-08], pp. 157-176. Disponible en:
          http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_ arttext&pid=S0716-
          02082000000200002&ing=es&nrm=iso&tlng=en
    -    Registro del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del
          Estado (Snaspe).
     
    3. Resumen de los objetivos ambientales y criterios de sustentabilidad del plan, así como una descripción de los nuevos objetivos ambientales y de sustentabilidad que hayan surgido posteriormente en el proceso de diseño
     
    Los objetivos ambientales y los criterios de sustentabilidad del plan fueron determinados durante el proceso del desarrollo del plan, considerando que la licitación de este estudio, contemplaba originalmente la elaboración de una Declaración de Impacto Ambiental. Teniendo en cuenta lo anterior, se trata entonces de nuevos objetivos ambientales y de sustentabilidad del plan, que pasan a exponerse a continuación.
     
    Criterio de sustentabilidad
     
    La modificación del plan deberá propender al establecimiento de condiciones que apunten a propiciar una óptima calidad de vida de los futuros habitantes del territorio y su área de influencia, que se traduzca en una conectividad que busque relacionarse con el resto del territorio ya planificado, que procure la incorporación de espacios públicos y equipamientos complementarios a la vivienda, el resguardo de las condiciones y atributos naturales del borde costero y sus componentes, y que fomente el desarrollo económico en el sector próximo a la Ruta 1. Deberá asimismo considerar las edificaciones y/o desarrollos que en el lugar se han dado con la aplicación de las disposiciones vigentes, como así mismo resguardar a la población y sus bienes materiales de riesgos de origen natural u de otra índole, evitando incompatibilidades entre usos de suelo.
     
    Dimensión Social
-    Es fundamental reconocer la existencia de sectores al interior del área de estudio, recientemente construidos y habitados a partir de las disposiciones vigentes en materia urbana, así como propiciar una óptima calidad de vida a los futuros habitantes.
     
    Dimensión Ambiental
-    Se considera un requisito fundamental considerar la condición de fragilidad y sensibilidad del borde costero, estudiando y diferenciando para ello la morfología de dicho borde, entendido este como un elemento de importancia por los recursos y componentes naturales involucrados, así como su valor paisajístico - turístico.
-    Se considera fundamental determinar las áreas o elementos que constituyen riesgos naturales en el territorio materia de estudio.
     
    Dimensión Económica
-    Se considera importante potenciar el desarrollo de actividades económicas que fortalezcan la ruta de acceso a la ciudad, de manera que este se transforme en un corredor que involucre actividades orientadas a los servicios.
-    Es importante, asimismo, incorporar equipamiento en estos nuevos sectores, de modo de no generar sobrecargas en el centro de la ciudad, considerando todas las externalidades que dicho fenómeno genera o produce, con costos no sólo económicos, sino que ambientales y sociales, incluidos aquellos vinculados al transporte urbano.
     
    Objetivos ambientales
-    Dotar de zonas de equipamiento y servicios de modo que su configuración y diseño, no genere alteración en la calidad de vida de las zonas residenciales, y por lo tanto no existan incompatibilidades entre usos de suelo.
-    Definir una faja de borde costero que tenga por objetivo proteger los atributos naturales (playas, mesetas y acantilados) y la diversidad biológica de dicho borde.
-    Proveer de áreas verdes bajo la forma de un sistema de áreas verdes y espacios públicos, en atención a generar un resguardo de los atributos naturales del borde costero y la avifauna por una parte, así como para el disfrute dichos espacios por parte de sus habitantes.
-    Resguardar y/o proteger de los riesgos naturales a la futura población que resida en el territorio materia de modificación.
     
    4. Resumen de los efectos ambientales de cada alternativa evaluada para conseguir el logro de los objetivos del plan, incluyendo la descripción de la metodología aplicada para la evaluación de tales efectos y alternativas
     
    Una alternativa es un conjunto compatibilizado y coherente de propuestas. El telón de fondo de las propuestas es el sistema de objetivos del plan, que se definió, la mayor parte de los cuales están incluidos en el modelo territorial (modelo de estructuración).
    Teniendo a la vista los objetivos del plan, y las potencialidades y restricciones del territorio, graficadas en el esquema de estructuración, a continuación se grafican las alternativas propuestas para el plan.
     
    4.1 ALTERNATIVAS DE ESTRUCTURACIÓN TERRITORIAL EVALUADAS
     
    En el área de estudio se plantearon tres alternativas de estructuración urbana, las cuales enfatizan elementos puntuales dentro de su territorio, como es el caso de los corredores transversales, los bordes del área de estudio (borde costero y Ruta 1) o bien el acento en una estructura de marco grilla (trama urbana).
     
    Alternativa 1: Centro Lineal Transversal Corredores: El sector norte de la ciudad, específicamente en el sector de La Chimba Norte, carece de calles alternativas al trazado de la Ruta 1, siendo indispensable proveer a través del nuevo instrumento de planificación de nuevas vías que refuercen la conectividad. En este contexto, la alternativa 1 busca reforzar la conectividad entre la Ruta 1 hacia el sector de borde costero, enfatizando la habilitación de corredores transversales asociados a usos de equipamiento, los cuales son planteados como los subcentros del área de estudio.       
                       
     
    . 

    Fuente POLIS, 2011.
     
    Esta alternativa propuso la creación de dos Subcentros transversales localizados en el sector norte y sur del área de estudio, además de un tercero localizado entre ambos. Los dos corredores principales unen puntos de interés localizados en los bordes de La Chimba, junto con delimitar un sector central destinado principalmente al desarrollo de usos residenciales con una mayor intensidad de utilización del suelo, a diferencia de los sectores residenciales localizados en el costado norte y sur del área de estudio, donde se propone un rango menor de ocupación del suelo. En este contexto el corredor intermedio busca servir de equipamiento al sector interior del área residencial central.
    En el caso del sector de borde costero la alternativa planteada reconoce el área de playa rocosa y el acantilado costero, procurando su protección. Por lo anterior, se busca permitir sólo el desarrollo de equipamiento asociado a las actividades turísticas en lugares puntuales del borde costero (remate de ejes transversales), con una baja intensidad de utilización del suelo. Además, en esta alternativa los barrios residenciales llegan directamente al sector de borde costero.
    Finalmente, en el caso de los corredores transversales, se busca reforzar la conectividad vial con el desarrollo de áreas verdes transversales, que se vinculen con las áreas verdes y espacio público del borde costero.
     
    Alternativa 2: Macro Grilla Regular: La segunda alternativa planteó el reforzamiento de las relaciones tanto en el sentido longitudinal como transversal dentro del área de estudio, dando de esta forma continuidad a las vías planteadas en el Plan Seccional Norte y por el Plan Seccional La Chimba, generando una mayor centralidad a lo largo de estos corredores viales, planteado el fortalecimiento de una macro grilla o trama urbana asociada al desarrollo de equipamientos y servicio.         
                 
   
    .

    Fuente POLIS, 2011.
     
    Esta alternativa mantiene los dos subcentros transversales definidos en la alternativa anterior, sin embargo estos son reforzados por dos corredores longitudinales (norte - sur), el primero dando continuidad al trazado de la Avenida Costanera y el segundo a una vía paralela a la Ruta 1, que delimita una franja asociada a dicha vía. Además se plantea en el sector central del área de estudio la generación de dos vías transversales, que contribuyen a delimitar el sector interior residencial, constituyendo tres macromanzanas de barrios, delimitadas por zonas mixtas de equipamiento.
    En el caso de los bordes poniente y oriente del área de estudio, se planteó la creación de dos franjas mixtas de transición:
     
-    La primera asociada a la Ruta 1, que busca establecer una transición entre esta vía y el sector interior residencial, por medio del planteamiento de usos mixtos residenciales y de equipamiento.
-    La segunda está asociada con el borde costero (interior) buscando constituir un frente hacia este sector de La Chimba Norte, donde se concentren usos mixtos del tipo residencia y de equipamientos (turísticos). El trazado de una vía de menor tráfico busca delimitar el sector de playa rocosa y acantilado con respecto al nuevo frente costero propuesto.
     
    Alternativa 3: Bordes Urbanos: La tercera alternativa plantea el fortalecimiento de los bordes del área de estudio, planteado la creación de una franja asociada a la Ruta 1 y otra al borde costero, ambas destinadas al desarrollo de actividades mixtas entre equipamiento y servicios, manteniendo en el interior una franja destinada principalmente para usos residenciales.             
                     
    .

    Fuente POLIS, 2011.
     
    En la franja de borde costero se plantea un área asociada a playas rocosas y el acantilado, en la cual sólo se permite el desarrollo de actividades de equipamiento en sitios puntuales, asociados con los remates de los ejes transversales, con una baja intensidad de suelo. El resto de este sector se restringe al mínimo el desarrollo de actividades (senderos peatonales y espacio público).
    Al igual que la alternativa anterior, este sector es delimitado mediante el trazado de una vía menor, cuyo costado oriente se plantea la creación de un frente costero de usos mixtos entre destinos residenciales y de equipamientos.
    Los subcentros en el área de estudio están planteados puntalmente en los bordes de su territorio, asociados a los remates de las vías transversales.
     
    4.2 RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE LOS EFECTOS AMBIENTALES DE LAS ALTERNATIVAS DE ESTRUCTURACIÓN
     
    Como se planteó anteriormente, las alternativas de estructuración urbana corresponden a variaciones del esquema de estructuración urbana (representación gráfica de los objetivos del plan), enfatizando ciertos elementos con el fin de contribuir a la definición de la propuesta urbana a ser desarrollada en el Anteproyecto del Plan.
    Evaluar las alternativas significa comparar aquellas que se dispone para seleccionar la mejor. Ello implica analizar el comportamiento de cada una de ellas en relación con una serie de criterios de distinta índole. En este caso, la metodología se ha aplicado para los objetivos del plan y los objetivos ambientales.
    A continuación ,a modo de síntesis, se efectúa una evaluación de las alternativas conceptuales planteadas, sobre la base de los objetivos de planificación. Para ello en primer lugar se describen:
     
-    Los componentes sensibles del territorio
-    La metodología para la evaluación de los efectos del plan para conseguir el logro de los objetivos del plan
-    Evaluación de las alternativas (efectos y comportamiento) para conseguir el logro de los objetivos del plan.
     
    4.2.1 Síntesis de los componentes sensibles del territorio materia de análisis
     
    De acuerdo a los antecedentes de diagnóstico estudiados, así como los antecedentes proporcionados por los servicios públicos durante el desarrollo del plan, las variables y/o componentes ambientales relevantes dentro del plan vienen entonces a ser las siguientes:
     
-    Valor natural del borde costero: Topografía y morfología
     
    El terreno se sitúa en una planicie litoral cuyo borde de costa se caracteriza por una ausencia de playas de arena, por la presencia de abundantes rocas y por una morfología costera de pendientes fuertes.
    El área a planificar corresponde en general a una zona de pendientes que se definen como suaves a moderadas (0º a 5º), a excepción del extremo sur, donde la topografía de esta zona se vuelve irregular generando entrantes y salientes orientadas hacia el mar en pendientes moderadas a fuertes.
    En el sector de borde costero es donde el terreno modifica en forma más abrupta su topografía; en la parte norte del terreno, hay un acantilado costero (pendientes de 45º) que alcanza los 40 metros de altura sobre el nivel del mar; mientras que hacia el sur se producen pliegues irregulares del suelo, conformando una franja de alrededor de 200 metros de ancho, alcanzando pendientes de 20º a 45º. La siguiente figura muestra los rangos de pendientes que presenta área modificación Chimba Norte.               
             
     
    .
     
-    Variable Riesgos Naturales
     
    Aluvionales
    Sin perjuicio que los drenes estudiados e identificados en el área de estudio constituyen paleodrenes, no es posible ignorar que el territorio sobre el cual se está evaluando la presente modificación del plan regulador, se ubica en un contexto mayor, que abarca parte de las cuencas de las quebradas Lo Varas I y Lo Varas II, principalmente. Por lo tanto, las disposiciones normativas que para este componente se hayan tenido a la vista, deberán tener una consecución normativa y técnica para el territorio materia de estudio. Ver a este respecto complemento diagnóstico en Anexo A.
     
    Desprendimientos
    Como ya se mencionó anteriormente, en el sector de borde costero es donde el terreno modifica en forma más abrupta su topografía. En particular, el terreno sobre el cual deberá tenerse especial atención corresponde a la sección norte del borde costero por la presencia de un acantilado costero (pendientes de 45º) que alcanza los 40 metros de altura sobre el nivel del mar; mientras que hacia el sur se producen pliegues irregulares del suelo, conformando una franja de alrededor de 200 metros de ancho, alcanzando pendientes de 20º a 45º.
    Considerando la materialidad del sustrato, y la erosión producida por el oleaje, resulta altamente inconveniente proveer de usos de suelo de carácter permanente o semipermanentes sobre la faja de borde costero, en particular para los sectores que experimentan mayores pendientes.
     
    Tsunami
    Cabe señalar que existen un total de 23 registros de tsunamis en 391 años de geohistoria en los sectores aledaños a la presente modificación, de los cuales las zonas más afectadas son las ciudades de Taltal, Antofagasta (casi siempre la más afectada), Mejillones y Caleta Blanca. En la mayoría de los casos, los eventos se originaron por un solevantamiento del fondo marino producto del movimiento entre las dos placas submarinas. Los estudios analizados no hablan de repercusiones ni daños en el sector de materia de análisis, probablemente porque en el sector no se cuenta con sectores poblados.
    Las cartas de inundación en eventos de tsunamis generadas por el SHOA determinan límites máximos de inundación en la costa de 5 a 6 m sobre el nivel medio del mar (Emilio Lorca, 2003). Para el caso específico del área del plan, la línea de costa presenta alturas superiores a 10 m debido a la existencia de acantilados en el sector norte y elevadas dunas que llegan al mar (en el sector sur).
    Si bien la carta de inundaciones por Tsunami elaborada por el SHOA no considera el área de La Chimba Norte, de acuerdo a las características topográficas de la costa, y las fuentes bibliográficas revisadas, es posible deducir que en la eventualidad de producirse movimientos sísmicos en el mar, podría tener un efecto sobre las costas del área de planificación en los sectores bajos que se disponen sobre la plataforma de abrasión que presenten alturas inferiores a los 10 m.s.n.m. Estas se disponen fundamentalmente en la porción central y sur del área de modificación, sin perjuicio que no constituyan bahías profundas donde los tsunamis tienen su mayor expresión. Considerando lo anterior, se recomienda se mantengan libres de construcciones que impliquen la presencia prolongada de personas sobre los 20 m.s.n.m. para los sectores bajos.
     
-    Componente arqueología
     
    De acuerdo a los antecedentes bibliográficos disponibles, el sector costero del norte de Antofagasta corresponde a un área de recursos arqueológicos importantes, siendo que tanto la concentración de playas y caletones abrigados, como las vertientes localizadas entre La Chimba y Cerro Moreno han integrado una alta tasa de sitios de adaptación costeña (Larraín, 1966; Llagostera, 1979).
    Próximo al área de estudio Larraín (1966) realizó una detallada prospección, registrándose un total de 9 sitios, concentrados entre Trocadero y el norte de Caleta La Chimba. Además de estos sitios (conchales y cementerios), apegados a la línea de la costa, logró ubicar otros conchales al interior de este tramo, al pie del barranco de la Cordillera de la Costa, conformando otros 5 sitios también correspondientes a campamentos de adaptación costera (conchales). Desde un punto de vista arqueológico y cultural éstos de relación con periodos arcaicos y cerámicos (Larraín ob. cit.).
    Estudios posteriores de Castillo (1981), Llagostera (1979) y otros resumidos en Núñez (1983), han dado cuenta de otros sitios localizados en la desembocadura de Quebrada La Chimba, en el pie del barranco de la Cordillera de la Costa, con el registro de unos de las más tempranas adaptaciones humanas al litoral chileno, datadas entre los 10.000 a 11.000 años A.P. (Llagostera ob. cit).
    Una prospección arqueológica superficial, realizada en el marco del Plan Seccional La Portada, que antecede a este instrumento, determinó la existencia de un total de 6 sitios arqueológicos al interior del área de La Chimba Norte, que en general se trata de conchales con evidencias de materiales líticos y de hueso. De ellos, 2 presentan relevancia patrimonial media, el resto es de baja relevancia.
     
-    Componente Fauna
     
    La Chimba Norte se ubica en una zona zoogeográfica de Chile denominada "desértica litoral" y una zona vegetacional tipo "xeromórfica", es decir, su ambiente natural está condicionado fuertemente por el factor sequedad, mezclado con la influencia que ejerce el mar en esta zona, aportando con la poca humedad que percibe el aire debido a la presencia de camanchacas matinales.
    La fauna silvestre de la zona se caracteriza principalmente por la presencia de aves marinas que habitan en los roqueríos, acantilados y en el arco de La Portada, las cuales se alimentan de actinias y algas de variados colores y tamaños que se encuentran en las rocas litorales (Quintanilla, 1982). Según CONAF (1995), el área de Monumento Natural de La Portada se constituyen de 11 especies de aves y dos de mamíferos.
    Dentro de estas aves marinas se pueden mencionar al pelícano (Pelecanus thagus) cuya conservación está "fuera de peligro", Piquero (Sula variegata) con estado de conservación inadecuadamente conocido, Guanay (Phalacrocoraz) con tipo de conservación vulnerable y pato de mar o cholo (Phalacrocorax bougainvillii), el Jote cabeza colorada (Cathartes aura), cuya conservación se encuentra fuera de peligro; por otra parte, las aves Charadriformes corresponden a seis, cinco de las cuales se encuentran fuera de peligro y son: Pilpilén (Haematopus ater), Pilpilén negro (Haematopus ater), Zarapito (Numenius phaeopus), Gaviota peruana (Larus belcheri) y Gaviota dominicana (Larus dominicanus). La única especie de este orden que se encuentra vulnerable es el Gaviotín monja (Larosterna inca). Del orden Paserifirmes se puede señalar el Churrete costero (Cinclodes nigrofusus) que se encuentra fuera de peligro en su conservación; de las aves Paseriformes se encuentra el Pingüino de Humboldt (Sphenicus humboldti) él se encuentra en peligro de extinción.
    Asimismo, existen antecedentes que identifican el área al norte del sector en estudio, como de potencial nidificación de la especie Sterna lorata (Gaviotín chico o chirrio), la cual se encuentra en categoría de conservación en peligro de extinción.
     
    4.2.2 Metodología para la Evaluación de los efectos ambientales de las alternativas
     
    La evaluación de los efectos de las alternativas, ha tenido a la vista la metodología de valoración simple que consiste en atribuir un código, de una escala sencilla, representativo del comportamiento de cada alternativa respecto de cada objetivo del plan y cada objetivo ambiental.
    La evaluación se realizó en función de los efectos, características o circunstancias establecidas en el Artículo 11 de la Ley, desglosados en los artículos 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del Reglamento del SEIA complementados con la Circular Nº 6404, buscando identificar si se genera o produce algunos de los siguientes efectos:
     
.    Riesgo para la salud de la población.
.    Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables incluidos suelo, aire y agua.
.    Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos.
.    Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados así como el valor ambiental del territorio en el que se pretende emplazar.
.    Alteración significativa del valor paisajístico o turístico del área.
.    Alteración de monumentos, sitios de valor antropológico, arqueológico y en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
     
    Considerando los componentes anteriormente señalados, la metodología para la evaluación de los efectos de las alternativas sobre dichos componentes y/o variables estudiadas, considera una evaluación semicuantitativa, que contempla la siguiente escala:
     
+2:  Comportamiento Muy Positivo en relación a los objetivos planteados
+1:  Comportamiento Positivo en relación a los objetivos planteados
0:  Comportamiento Medio en relación a los objetivos planteados
-1:  Comportamiento Insuficiente en relación a los objetivos planteados
-2:  Comportamiento Muy Insuficiente en relación a los objetivos planteados
     
    4.2.3 Evaluación de las alternativas (efectos y comportamiento) para conseguir el logro de los objetivos del plan
     
    Las tablas a continuación retratan la aplicación de la metodología descrita más arriba. La primera apunta a la valoración del comportamiento de las alternativas en relación con los objetivos del plan. Luego, se integra una tabla de los potenciales efectos de las alternativas de acuerdo a los efectos descritos en el artículo 11 del RSEIA. Por último, se integra una valoración del comportamiento de cada alternativa en relación con los objetivos ambientales del plan.               
             
           
     
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    Como es posible apreciar, el comportamiento de las alternativas en relación a los objetivos del plan fijados, es en promedio positiva, siendo evidente que el valor ponderado de la alternativa 1 supera al resto de las alternativas evaluadas.
    Se ha realizado igualmente la evaluación ambiental de los potenciales efectos de un instrumento de planificación, según lo estipulado por el oficio circular Nº 6404/1997 de Presidente de la Comisión Nacional de Medio Ambiente y Ministro de Vivienda y Urbanismo, y refrendado en circular ordinaria Nº1135, DDU 23 de noviembre de 1997 (vigente), en virtud de lo establecido por el artículo 11 del Reglamento del SEIA, los que se enuncian en la tabla a continuación.             
   
                           
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    Finalmente, y con el objetivo de evaluar el comportamiento de las alternativas en relación con los objetivos ambientales propuestos en el presente plan, la tabla a continuación resume los resultados de dicha evaluación.
                                           
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+2:  Comportamiento Muy Positivo en relación a los objetivos planteados
+1:  Comportamiento Positivo en relación a los objetivos planteados
0:  Comportamiento Medio en relación a los objetivos planteados
-1:  Comportamiento Insuficiente en relación a los objetivos planteados
-2:  Comportamiento Muy Insuficiente en relación a los objetivos planteados
     
    Con todo, y en lo que dice relación con el comportamiento de las alternativas en relación con los objetivos del plan y los objetivos ambientales, los resultados de la tabla anterior, y los resultados en relación con los potenciales efectos del plan, dan cuenta de lo siguiente:
     
    Alternativa 1: Comportamiento positivo (>+1) en relación con los objetivos ambientales fijados (1.5) e igualmente en relación con los objetivos del plan (1.5). La elección de esta alternativa tiene un comportamiento positivo, sin perjuicio que como consecuencia de la aproximación de los usos puntuales de equipamiento en el borde costero, es que obtiene una puntuación un tanto menor (objetivo ambiental 2). Sin perjuicio de esto, constituye una porción menor de aproximación, con una baja intensidad de uso en sectores muy puntuales. Por su parte y en relación con el objetivo ambiental 4, si bien la propuesta genera el resguardo de los riesgos naturales a la población promoviendo su localización sobre los 20 msnm en promedio, la alternativa 3 provee de un frente con usos de equipamiento turísticos y de servicio, que distancian aún más a los usos residenciales.
     
    Alternativa 2: Comportamiento positivo (>+1) en relación con los objetivos ambientales planteados (1.25) e igualmente en relación con los objetivos del plan (1.4). Esta alternativa no prevé el mejoramiento o implementación de espacios públicos, sino que considera un único borde o parque vinculado a la porción central del borde costero como área verde (objetivo ambiental 3). Por su parte la provisión de equipamientos tiene lugar en la mayor parte de los corredores transversales y longitudinales previstos (objetivo ambiental 1). Finalmente, si bien cumple con el objetivo 4, las áreas residenciales se prevén como parte de los usos mixtos, aproximándose al frente costero, aun cuando mantiene el área de borde despejada y los usos residenciales se ubican en promedio por sobre los 20 msnm en promedio, tal como lo señalan las tres alternativas.
     
    Alternativa 3: Comportamiento positivo (>+1) en relación con los objetivos ambientales planteados (1.5) y en relación con los objetivos del plan (1.3). Al igual que la anterior, esta alternativa no prevé el mejoramiento o implementación de espacios públicos, sino que considera un único borde o parque vinculado a la porción central del borde costero como área verde (objetivo ambiental 3). Esta alternativa provee de un frente de equipamientos, luego de la franja destinada a la protección del borde costero, consecuencia que la hace obtener una valoración mayor en este sentido.
     
    5. Síntesis de los contenidos de la propuesta de Plan
     
    Considerando los efectos anteriormente señalados y el comportamiento de las alternativas en relación con los objetivos del plan y los objetivos ambientales definidos para la modificación del presente instrumento, la definición de una alternativa única para el planteamiento del plan, surge a partir de la integración de lo mejor de cada una de las alternativas planteadas, más que del desarrollo en una en particular, cuestión que se transforma en la propuesta urbana (plan). Cabe señalar que la alternativa seleccionada se aproxima en su diseño a lo planteado por la alternativa 1 descrita anteriormente.
    La propuesta de zonificación de la Modificación del PRC de Antofagasta en el Sector de La Chimba Norte, establece cinco tipos de zonas: Zonas Mixtas, Zonas Preferentemente Residenciales, Zonas de Equipamiento, Zonas de Áreas Verdes y Zonas Especiales.       
             
                         
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    A. Zona Mixtas
     
    Las zonas mixtas corresponden a aquellas que albergan usos predominantes de tipo equipamiento y servicios (actividades comerciales, de seguridad, culto y cultura, de servicios, institucionales, otros) y en menor grado de vivienda. Las zonas denominadas mixtas corresponden a aquellas caracterizadas, en general, por presentar la mayor diversidad e intensidad de usos, es decir, aquellos sectores donde confluyen y se desarrollan la mayoría de las actividades urbanas complementarias al uso residencial.
    En el área de estudio de La Chimba Norte se proponen cinco zonas de este tipo: ZM-4 Zona Mixta 4 (Corredor Transversal Sur), ZM-5 Zona Mixta 5 (Corredor Transversal Norte), ZM-6 Zona Mixta 6 (Ruta 1), ZM-7 Zona Mixta 7 (Frente Costero Sector Acantilado).                 
           
                           
    .
               
    B. Zonas Preferentemente Residenciales
     
    Estas zonas se presentan en general como áreas consolidadas de viviendas o en vías de consolidación que contienen mayoritariamente usos residenciales (vivienda), combinados en menor grado con algunos tipos de equipamiento de tipo básico y compatible con el uso residencial, como son las sedes sociales, canchas deportivas, pequeños comercios y talleres, entre otros.
    En el interior del área de estudio el Plan define las siguientes zonas preferentemente residenciales:             
                     
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    C. Zonas de Equipamiento Exclusivo
     
    El Plan define en el interior de su territorio dos zonas de usos de equipamiento exclusivo:               
                                   
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    Fuente: POLIS, 2011.
     
    D. Áreas Verdes
     
    Las zonas de áreas verdes locales (ZAV) corresponden principalmente a las áreas verdes definidas por el Plan en el sector de borde costero y en puntos estratégicos al interior del territorio del Plan,
    En el caso específico del borde costero, las ZAV definidas en el sector persiguen los siguientes objetivos:
     
-    Actuar como una reserva de suelo no edificable con el fin preservar las vistas hacia el borde costero, actuando de forma complementaria a las zonas de equipamiento exclusivo ZE-BC.
-    Constituir una franja de 10 metros contigua a la Calle 4 (Costanera), con el fin de generar un mayor distanciamiento de esta vía, con respecto a las zonas especiales de borde costero (ZEP-1 y ZEP-2) y de las zonas de equipamiento de borde costero (ZE-BC).
     
    Los usos de suelo permitidos en la zona ZAV corresponderán al de área verde y espacio público, junto con destinos de equipamiento complementario y compatible con el uso de área verdes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.31 de la OGUC.
    Adicionalmente, y como parte de la propuesta de estructuración vial en el territorio de La Chimba Norte se busca la creación de un sistema de espacios públicos y áreas verdes, que vincule este territorio con su principal atributo, correspondiente a su borde costero. Por lo anterior, se plantea de forma indicativa dentro del Plan, la creación de franjas de áreas verdes al interior de las fajas viales de los corredores transversales, correspondientes a la Calle 1, Calle 2, Calle 3 y la Calle 7, las cuales permitan conformar parques lineales en su interior (ver siguiente figura).                           
                                           
    .
     
    Fuente: POLIS, 2011.
     
    Tomando en consideración el objetivo anterior, los perfiles viales definidos para los corredores viales buscan permitir el desarrollo de parques lineales en su interior. De este modo, los perfiles propuestos en las vías transversales varían entre 64 y 74 metros de ancho entre las líneas oficiales, lo cual permitiría el desarrollo de franjas de áreas verdes sobre los bandejones centrales de las vías, con un ancho que puede variar entre los 40 y 50 metros.             
   
                                   
    .
     
    Fuente: POLIS, 2011.
     
    Un segundo objetivo presente en el planteamiento de los parques lineales consiste en su potencial vinculación a la franja de área verde proyectada dentro de la faja vial de la Ruta 1, la cual forma parte de los acuerdos establecidos entre la empresa Concesionaria de Ruta y la Municipalidad de Antofagasta. De concretarse esta última iniciativa, se generaría un parque lineal en el borde oriente del área de estudio dentro de los 110 metros de faja vial de la Ruta 1, con un ancho promedio de aproximadamente 27 metros, al cual se vincularían los parques transversales propuestos por el presente Plan.
     
    E. Zonas Especiales
     
    La definición de zonas especiales obedece en lo fundamental a la necesidad de incorporar territorios que se consideran de valor ambiental, pero que no cuentan con disposiciones dentro del ordenamiento jurídico, que permitan definirlas como áreas protegidas de carácter oficial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.17 de la OGUC.
    En el territorio del presente Plan se proponen tres zonas especiales, todas asociadas al borde costero del área de estudio, las cuales buscan proteger los atributos naturales y paisajísticos de este sector. Las zonas propuestas corresponden a las siguientes:           
             

    .   

    Fuente: POLIS, 2011.
     
    F. Propuesta de Estructuración Vial
     
    La propuesta de conectividad vial de la presente modificación del PRC de Antofagasta en el sector de La Chimba Norte, tal como se mencionó anteriormente en la presente memoria explicativa, persigue los siguientes objetivos:
     
*    Reconocer y dar continuidad al interior del área de estudio las propuestas viales realizadas por parte de los instrumentos de planificación presentes en el sector norte de Antofagasta, como es el caso del Plan Seccional La Chimba y el Plan Seccional Norte.
*    Establecer una nueva trama urbana, basada en el concepto de Macro Grilla definida a partir de por vías longitudinales (sentido norte-sur) y vías transversales (sentido oriente-poniente).
*    En esta trama urbana se persigue reconocer los corredores transversales asociados a los subcentros propuestos, junto con la incorporación de la Ruta 1 y la proyectada Avenida Costanera planteada por el PRC de Antofagasta vigente.
*    A la vez en el sector de borde costero se plantea la creación de una nueva vía costanera que delimite el sector de borde costero asociado a los atributos naturales del área desarrollable del Plan.
*    Asociar a los corredores viales un mejoramiento y una propuesta de consolidación de espacio público, vinculado a un sistema de espacios públicos y áreas verdes.
     
    Dentro de la propuesta de conectividad del Plan, las vías principales corresponden a los accesos al área estudio desde la Ruta 1 junto con el reconocimiento de la Avenida Costanera propuesta por el PRC vigente. Dentro de esta categoría se plantean la Calles 1 y la Calle 2, que corresponden los corredores transversales (sentido oriente poniente) dentro del Plan, los cuales están asociados a los subcentros norte y sur propuestos en el área de estudio, correspondientes a las zonas ZM-4 y ZE-1 en el sur y la zona ZM-5 por el norte (ver siguiente figura).               
                           
     
    .
     
    Fuente: POLIS, 2011.
     
    6. Propuesta de plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que son afectadas producto del plan desarrollado
     
-    Con el fin de evitar efectos ambientales sobre los hallazgos arqueológicos documentados, la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, generará un informe de todos aquellas iniciativas de construcción (públicas o privadas) a desarrollar en el territorio en estudio, y las enviará para su conocimiento al Consejo de Monumentos Nacionales:
     
    * Indicador:

      . Registro (planilla), indicando los siguientes aspectos:

        1. Datos del proyecto o anteproyecto del que se trata: nombre,
            localización.
        2. Informe de mecánica de suelos del o los terrenos involucrados
            con nombre de la empresa o profesional responsable, si
            corresponde.
        3. Descripción de las obras de mejoramiento de suelos a ejecutar,
            según corresponda.
     
    Este registro deberá mantenerse durante el horizonte de planificación del instrumento. Se contempla al menos el envío de un informe semestral al Consejo de Monumentos Nacionales, se produzcan o no presentaciones de proyectos o anteproyectos, según corresponda, en la Ilustre Municipalidad de Antofagasta.
     
    7. Los criterios e indicadores de seguimiento destinados a controlar la eficacia del plan
     
    Será la Ilustre Municipalidad de Antofagasta la encargada de llevar a cabo el Plan de Seguimiento, de modo de controlar la eficacia del plan, que considera los siguientes criterios e indicadores:
     
-    A fin de verificar la eficacia del Plan, la Ilustre Municipalidad de Antofagasta llevará un registro del grado de consolidación de la red vial estructurante en el sentido de poder medir el estado de avance en la ejecución de las vías proyectadas, las aperturas y ensanches.
     
    * Indicador:
     
      . Se llevará un registro cartográfico y en planillas de control, de
        la vialidad estructurante ejecutada según tipo y tramos, cuya
        revisión se realizará cada 2 años, a objeto de verificar al 4º año
        las declaratorias de utilidad pública que caducarían según lo
        establecido por el art. 59 de la LGUC.
     
    8. Los criterios e indicadores de rediseño que se deberán considerar para la reformulación del plan en el mediano y largo plazo
     
    La Ilustre Municipalidad de Antofagasta, luego de la entrada en vigencia del presente Plan, contará con un registro que detalle la cantidad y tipo de proyectos ingresados a la DOM que se localicen en el territorio. Dicho registro contendrá el nombre del propietario, usos de suelo asociados y superficie de terreno involucrada, de manera tener un seguimiento de la demanda de suelo urbano al interior de esta área.
     
    * Indicador:
     
      . Se deberá plantear el rediseño del instrumento, a partir de la
        incorporación al área urbana comunal materia de la presente
        modificación de un porcentaje adicional de superficie, cuando el
        registro indique que el total de los proyectos presentados y
        aprobados involucra una superficie del 50% al cabo de 10 años. La
        revisión de este registro deberá ser anual.
     
    4. Encomiéndase al Asesor Urbanista, en conjunto con la Dirección de Asesoría Jurídica, fijar el texto refundido del Plan Regulador Comunal de Antofagasta.
     
    5. Archívese copia del presente decreto alcaldicio, el certificado Nº486/2013 que da cuenta de la sesión ordinaria Nº 24 del 21 y decreto alcaldicio 1.461/2013 Ex. y copia oficial de la memoria explicativa, informe ambiental, la presente ordenanza, los planos que grafican la ordenanza y el texto aprobatorio informado favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y en la Municipalidad de Antofagasta.
     
    6. Encomiéndase a la Secretaría Comunal de Planificación y a la Dirección de Obras Municipales, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
     
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Mauricio Peldoza P., Alcalde (S).- Dante Novoa Arredondo, Secretario Municipal (S).