APRUEBA TARIFA DE ASEO DOMICILIARIO POR EL PERIODO DE TRES AÑOS A PARTIR DEL AÑO 2014
     
    Núm. 1.232.- Machalí, 4 de octubre de 2013.- Vistos:
    1.- Lo establecido en el DS 2.385/96, su modificación en la ley Nº 20.280 del 04/07/2008, que fija texto refundido y sistematizado del DL Nº 3.063/79, artículos 7º, 8º y 9º, Ley de Rentas Municipales.
    2.- Textos refundidos de los decretos alcaldicios Nº 710 del 27/12/95, Nº 463 del 18/07/2005, Nº 801 del 06/11/2007, Nº 135 del 10/02/2009 y Nº 912 del 21/09/2010, de la Ordenanza Municipal para determinar tarifa de aseo, exenciones parcial y total de la comuna de Machali.
    3.- Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades".

    Considerando:

    1.- Los artículos 9º, 10º y 17º de la Ordenanza Municipal señalada en el punto 2 de los Vistos del presente decreto alcaldicio.
    2.- El cálculo de la tarifa de Aseo Domiciliario para el año 2014, efectuado por el Departamento de Rentas en el mes de julio del año en curso y enviado a la Dirección de Finanzas, para su revisión y aprobación.
    3.- La reunión del 23/07/2013, sostenida con los concejales en Comisión de Economía, para revisión al cálculo de la nueva tarifa de Aseo Domiciliario para el año 2014.
    4.- La reunión ordinaria Nº 27 del Concejo Municipal de Machalí, de fecha 12/09/2013.
    5.- El certificado Nº 30 del Sr. Secretario Municipal, de fecha 16/09/2013, que señala la aprobación de la tarifa de aseo para el periodo 2014 - 2016.

    Decreto:

    1.- Apruébese la Tarifa de Aseo Domiciliario por el periodo de tres años a partir del año 2014, por la suma de $37.168 anual (Treinta y siete mil ciento sesenta y ocho pesos).
    2.- Publíquese en el Diario Oficial la Ordenanza Municipal que fije la nueva tarifa a contar del 1 de enero de 2014.

     
    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- José Miguel Urrutia Celis, Alcalde.- Omar Vásquez Saldaña, Secretario Municipal.