Artículo 1º.- Modifícase el decreto supremo Nº 466, de 1984, del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de marzo de 1985, que aprueba el Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos Autorizados, en la forma que a continuación se indica:

    - Reemplázase la frase final de su artículo 35 "o preparados hipnóticos mediante receta cheque de emergencia que proporcionará la farmacia" por la siguiente:
    "o productos de la lista IV, del Reglamento de Productos Psicotrópicos, en la forma y condiciones en él indicadas.".