DECLARA PRÓRROGA DE CONGELAMIENTO, POR PERÍODO QUE SEÑALA, DE ÁREA DE POLÍGONO QUE INDICA

    Núm. 2.017 exento.- Rancagua, 16 de mayo de 2013.- Considerando:

    1.- Que, mediante decreto exento Nº 1.894, de fecha 18 de junio del año 2012, emitido por el Secretario Municipal, se da por iniciado el proceso conducente a efectuar una Modificación al Plan Regulador Comunal, en su Tramitación Nº 20, que para todos los efectos formales denominaremos "Modificación Plan Regulador Comunal Rancagua, sector Ruta 5 Sur" / Tramitación Nº 20".
    2.- Que, con fecha 29 de junio del año 2012, se publicó en el diario "El Rancagüino" el mencionado decreto descrito en el Considerando anterior.
    3.- Que, es necesario que el municipio adopte las medidas conducentes a resguardar aspectos relevantes que contiene el Proyecto de "Modificación Plan Regulador Comunal Rancagua, sector Ruta 5 Sur" / Tramitación Nº 20", específicamente el sector nororiente.
    4. - Que, las propuestas incluidas en dicho Estudio contienen cambios que permitirán fortalecer el crecimiento urbano en la Zona de Extensión sujeta de intervención por parte del Estudio.
    5.- Que, dada la demanda de suelos para desarrollar Proyectos de Loteos en las Zonas de Extensión Urbana, especialmente en el sector nororiente de la comuna, su densificación está orientada principalmente al sector socioeconómico que goza de los beneficios de la Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en sus distintos programas de subsidio habitacional.
    6.- Que, mediante Ord. Nº 4.867, de fecha 29 de octubre, y tal como lo establece el artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Alcalde solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo su pronunciamiento favorable que permitiera efectuar el congelamiento, por un periodo de tres meses, del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-A, graficado en la plancheta que formó parte del decreto alcaldicio, identificado en el Considerando Nº 8 del presente decreto alcaldicio.
    7.- Que, mediante Ord. Nº 2.206, de fecha 6 de noviembre de 2012, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Sexta Región,otorga su V°Bº, e informó favorablemente la solicitud de congelamiento del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-A, descrito en el Considerando Nº 6, anterior.
    8.- Que, mediante decreto exento Nº 3.609, de fecha 12 de noviembre del año 2012, emitido por el Secretario Municipal, se decretó el congelamiento, por un periodo de tres meses, del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-A, graficado en la plancheta que formó parte del decreto alcaldicio Nº 3.609, que lo sancionó.
    9.- Que, con fecha 19 de noviembre del año 2012, se publicó en el diario "El Rancagüino" el mencionado decreto descrito en el Considerando anterior.
    10.- Que, con fecha 23 de noviembre del año 2012, se publicó en el Diario Oficial el mencionado decreto descrito en el Considerando Nº 8.
    11.- Que, mediante Ord. Nº 976, de fecha 19 de febrero de 2013, en virtud del artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Alcalde ofició a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, para solicitar la prórroga el período de congelamiento, del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-A, graficado en la plancheta adjunta.
    12.- Que, mediante Ord. Nº 355, de fecha 28 de febrero de 2013, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Sexta Región, otorga su V°Bº e informa favorablemente la solicitud de congelamiento, requiriendo la aplicación del artículo Nº 1.4.18, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y una reformulación del polígono del área afecta al congelamiento.
    13.- Que, mediante Ord. Nº 1.672, de fecha 26 de marzo de 2013, el Alcalde ofició a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, acogiendo favorablemente lo señalado en el Ord. Nº 355, señalado en el Considerando Nº 12, anterior y expone nueva plancheta con la reformulación del área afecta al congelamiento, comprendida dentro de un nuevo polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-A, graficado en la plancheta adjunta.
    14.- Que, mediante Ord. Nº 781, de fecha 30 de abril de 2013, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Sexta Región otorga su V°Bº e informa favorablemente la solicitud de congelamiento del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-A, descrito en el Considerando Nº 13, anterior, extendiendo por un período de 6 meses la postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones dentro del área del polígono señalado.
    15.- Que, mediante decreto exento Nº 703, de fecha 12 de abril de 2005, se delegan funciones al Asesor Urbanista para confeccionar los decretos exentos que instruyan el inicio de los Estudios para Modificar, Enmendar o efectuar Seccianales al Plan Regulador Comunal de Rancagua y el Congelamiento de las áreas afectas a los respectivos estudios, según corresponda, tal como lo establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    Vistos: Las facultades que me confieren la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la resolución Nº 117, de 2002, de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    1.- Declárese la prórroga del congelamiento, por un período de seis meses y bajo las condiciones que establece el artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-A, graficado en la plancheta adjunta que forma parte del presente decreto alcaldicio.
    2.- Instrúyase a la Dirección de Relaciones Públicas y Comunicaciones, la publicación en el Diario Oficial y en el diario "El Rancagüino" del texto íntegro del presente decreto exento, incluido en plano referencial expresado en plancheta que forma parte del presente decreto alcaldicio.
    3.- Considérese el inicio del período de prórroga del congelamiento, la fecha en que se publique en el Diario Oficial el presente decreto.

    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Eduardo Soto Romero, Alcalde.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.
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