1.- Sustitúyese el artículo 2º de la "Ordenanza Local que Regula el Cierre de Calles y Pasajes por Motivo de Seguridad Ciudadana", contenida en el decreto alcaldicio Nº 1.300/3.251, de 11 de julio de 2011, de la Municipalidad de Peñalolén, por el siguiente:

    "Artículo 2º. Podrán ser objeto de cierre o medidas de control:
    a) Calles o pasajes con una sola vía de acceso y salida, y
    b) Conjuntos Habitacionales con un único acceso y salida.".

    2.- Las modificaciones a la Ordenanza Local que Regula el Cierre de Calles y Pasajes por Motivo de Seguridad Ciudadana comenzarán a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    3.- Publíquese la presente modificación en la página web institucional y en el Diario Oficial de la República.