DEJA SIN EFECTO DECRETO ALCALDICIO Nº 288, DE 2009

    Núm. 105.- Ñuñoa, 21 de enero de 2013.- Teniendo presente:

    A) El decreto alcaldicio Nº 288, de fecha 18 de marzo de 2009, publicado en el Diario Oficial el 21 de marzo del mismo año, que modificó la Ordenanza Municipal Nº 14 sobre Propaganda y Publicidad en la comuna de Ñuñoa.

    B) Dictamen Nº 4739, de fecha 21 de enero de 2011, dictado por el Contralor General de la República, que determinó que no se ajustó a derecho la modificación a la Ordenanza Municipal Nº 14, de 1986, sobre Propaganda y Publicidad.

    C) Sentencia definitiva de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago dictada en causa Rol Nº 18.864, con fecha 28 de septiembre de 2012, confirmada por la Excelentísima Corte Suprema por sentencia de fecha 20 de noviembre de 2012, que rechaza el recurso de protección por no existir actuación arbitraria o ilegal de la recurrida.

    D) Resolución de fecha 28 de noviembre de 2012 de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que ordena al municipio cumplir con la sentencia individualizada en la letra anterior.

    Vistos: Las facultades que confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Decreto:

    1.- Déjase sin efecto el decreto alcaldicio Nº 288, de fecha 18 de marzo de 2009, publicado en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2009 y, en consecuencia, se deja sin efecto las modificaciones de la Ordenanza Municipal Nº 14 sobre Propaganda y Publicidad en la comuna de Ñuñoa.

    2.- El Departamento de Comunicaciones de la Administración Municipal deberá publicar el presente decreto en el Diario Oficial.

    3.- Contraloría Municipal deberá actualizar el texto de la Ordenanza Municipal Nº 14 sobre Propaganda y Publicidad en la comuna de Ñuñoa, conforme lo dispuesto precedentemente.


    Regístrese y publíquese en el repositorio digital. Cúmplase y hecho archívese.- Pedro Sabat Pietracaprina, Alcalde.- Gonzalo Zúñiga Hortuvia, Secretario Municipal (S).