MODIFICA ORDENANZA DEL PLAN REGULADOR COMUNAL

    Núm. 1.343.- Machalí, 4 de diciembre de 2012.- Vistos:

    1. Las atribuciones que me confiere la Ley 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
    2. Lo establecido en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    3. El decreto alcaldicio Nº 616, publicado en el Diario Oficial el 5 de diciembre de 2007, que aprueba el Plan Regulador de la comuna de Machalí.

    Considerando:

    1. Considerando el procedimiento establecido en el Art. 2.1.11, inciso 13, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y el Informe Técnico emitido por la Seremi Minvu Sexta Región, con fecha 4 de diciembre de 2012.

    2. La necesidad de prorrogar por un nuevo período de 5 años la declaratoria de utilidad pública de los terrenos destinados a las vías colectores calle Padre Hurtado, camino Comunidad Bravo, camino El Recreo y camino La Hacienda, desde el 5 de diciembre de 2012 al 5 de diciembre de 2017.

    3. El cumplimiento del procedimiento establecido en el Art. 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    Decreto:


    1º. Modifícase la ordenanza del Plan Regulador Comunal de Machalí de la siguiente forma:

    "Prorróguese del Título 6, sobre Vialidad Urbana, Artículo 6.1-86, el cuadro 6: "Vialidad", definida por el Plan Regulador, Localidad de Machalí, sólo las vías colectoras: Calle Padre Hurtado, Camino Comunidad Bravo, Camino El Recreo y Camino La Hacienda, como se indica a continuación:

   

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Omar Vásquez Saldaña, Alcalde (S).- Carolina Reyes Carreño, Secretario Municipal (S).