DECLARA CONGELAMIENTO POR PERÍODO DE TRES MESES DE ÁREA QUE INDICA

    Núm. 3.609 exento.- Rancagua, 12 de noviembre de 2012.- Considerando:
    1.- Que, mediante decreto exento Nº 1.894, de fecha 18 de junio del año 2012, emitido por el Secretario Municipal, se da por iniciado el proceso conducente a efectuar una Modificación al Plan Regulador Comunal, en su tramitación Nº 20, que para todos los efectos formales denominaremos "Modificación Plan Regulador Comunal Rancagua, sector Ruta 5 Sur / Tramitación Nº 20".
    2.- Que, con fecha 29 de junio del año 2012, se publicó en el diario "El Rancagüino" el mencionado decreto descrito en el Considerando anterior.
    3.- Que es necesario que el municipio adopte las medidas conducentes a resguardar aspectos relevantes que contiene el Proyecto de "Modificación Plan Regulador Comunal Rancagua, sector Ruta 5 Sur / Tramitación Nº 20", específicamente el sector Nororiente.
    4.- Que, las propuestas incluidas en dicho Estudio contienen cambios que permitirán fortalecer el crecimiento urbano en la Zona de Extensión sujeta de intervención por parte del Estudio.
    5.- Que, dada la demanda de suelos para desarrollar Proyectos de Loteos en las Zonas de Extensión Urbana, especialmente en el Sector Nororiente de la Comuna, su densificación está orientada principalmente al sector socioeconómico que goza de los beneficios de la Política Habitacional del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en sus distintos Programas de Subsidio Habitacional.
    6.- Que, mediante Ord. Nº 4.867, de fecha 29 de octubre, y tal como lo establece el artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Alcalde ofició a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, para solicitar su pronunciamiento favorable para efectuar la respectiva dictación de un decreto alcaldicio que permita efectuar el congelamiento, por un período de tres meses, del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-A, graficado en la plancheta adjunta que forma parte del presente decreto alcaldicio.
    7.- Que, mediante Ord. Nº 2.206, de fecha 6 de noviembre de 2012, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Sexta Región, otorga su V°B° e informa favorablemente la solicitud de congelamiento del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-A, descrito en el Considerando Nº 5, anterior.
    8.- Que, mediante decreto exento Nº 703, de fecha 12 de abril de 2005, se delegan funciones al Asesor Urbanista para confeccionar los decretos exentos que instruyan el inicio de los Estudios para Modificar, Enmendar o efectuar Seccionales al Plan Regulador Comunal de Rancagua y el Congelamiento de las áreas afectas a los respectivos estudios según corresponda, tal como lo establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    Vistos: Las facultades que me confieren la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la resolución Nº 117, de 2002, de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    1.- Declárese el congelamiento, por un período de tres meses y bajo las condiciones que establece el artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del área comprendida dentro del polígono descrito como: A-B-C-D-E-F-G-H-A, graficado en la plancheta adjunta que forma parte del presente decreto alcaldicio.
    2.- Instrúyase a la Dirección de Relaciones Públicas y Comunicaciones, la publicación en el Diario Oficial y en el diario "El Rancagüino" del texto íntegro del presente decreto exento, incluido en Plano referencial expresado en plancheta que forma parte del presente decreto alcaldicio.
    3.- Considérese el inicio del período de Congelamiento la fecha en que se publique en el Diario Oficial el presente decreto.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Eduardo Soto Romero, Alcalde.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.

   
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