APRUEBA PLANO SECCIONAL Nº4 SOBRE EL PLANO REGULADOR COMUNAL

    Núm. 769 (MD).- Rengo, 11 de julio de 2012.- Vistos: Lo señalado en el artículo 46 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los incisos 1º, 2º numerales 1 al 5 y 5º, del artículo 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la resolución afecta Nº6 Gobierno Regional Región del Libertador General Bernardo O'Higgins de fecha 4 de febrero de 2009; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones, texto refundido por el DFL Nº 1, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial del 26 de julio de 2006.

    Considerando:

    El decreto alcaldicio Nº 617(MD), del 21 de agosto de 2008, que aprobó el Plan Regulador de la comuna de Rengo, correspondiente a las localidades de Esmeralda, Rosario y la ciudad de Rengo.
    El memorándum Nº 123/2012 de la Dirección de Obras Municipales, donde se expone en detalle la naturaleza de las alteraciones a sendas vías actualmente consolidadas en el barrio El Naranjal de la ciudad de Rengo, correspondientes a las calles "A. Martínez (11m)" y "Vía de Servicio (15m)" del Plan Regulador Comunal de Rengo, por cuanto estas se han consolidado de un modo levemente distinto a como se detallan en el Plano Regulador de Rengo, el cual fuera diseñado con anterioridad a la ejecución de las dos vías aludidas, gravando al mismo predio, y no a otros distintos.
    El acuerdo aprobatorio del Honorable Concejo Comunal concretado en la sesión ordinaria de Concejo Nº131 del 9 de julio de 2012 acerca del Plano Seccional Nº4.

    Decreto:

    1.- Apruébese el Plano Seccional Nº4 sobre el Plano Regulador Comunal de Rengo.
    2.- Fíjese con exactitud el trazado de las calles "A. Martínez (11m)" y "Vía de Servicio (15m)" del Plan Regulador Comunal de Rengo, según lo debidamente expresado en el Plano Seccional referido.
    3.- Publíquese en una sola ocasión en el diario El Rancagüino, mediante el procedimiento de contratación denominado "Convenio Marco", el acuerdo de Concejo correspondiente, dentro de los siguientes 15 días contados a partir de la fecha de la presente aprobación.
    4.- Publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile el acuerdo de Concejo junto con el decreto alcaldicio que lo sanciona.
    6.- Impútense presupuestariamente las publicaciones, tanto del Diario Oficial como la que se efectúe en diario El Rancagüino, al ítem "Publicidad y Difusión Otros"; 215.22.07.001.099.001.01.01, la publicación en el Diario Oficial de la República de Chile.
    7.- Archívese en el Municipio, en el Conservador de Bienes Raíces de Rengo, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo un original del Plano Seccional Nº4 con todos sus antecedentes.

    Anótese, transcríbase, comuníquese y archívese.- Marcos Gatica Muñoz, Alcalde.- América Lizama Jiménez, Secretaria Municipal.

    CERTIFICADO Nº 588

    La Secretaria Municipal Rengo, que suscribe, certifica que en la Sesión Ordinaria Nº 131 del Concejo Municipal, celebrada el lunes 9 de julio de 2012, se aprobó, en forma unánime, el Plano Seccional Nº 4 del Plan Regulador Comunal de Rengo, aprobado decreto alcaldicio Nº 617 (MD), del 21 de agosto de 2008.

    Lo que certifico para los fines pertinentes.- Rengo, julio 10 de 2012.- América Lizama Jiménez, Secretaria Municipal, Ministra de fe.