POSTERGA POR TIEMPO QUE SEÑALA LAS SOLICITUDES Y PERMISOS DE EDIFICACIÓN, SUBDIVISIÓN, LOTEOS O URBANIZACIÓN PREDIAL EN TERRITORIO QUE INDICA

    Núm. 1.873/2012 exento.- Mejillones, 7 de junio de 2012.- Vistos:

    1. El D.A. Nº 07/08-Registro de fecha 06.12.2008;

    2. El Convenio de colaboración técnica con la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta, de fecha 12.08.2009, para la elaboración del estudio básico "Modificación Plan Regulador Comunal de Mejillones, Zona Urbana Consolidada y Portuaria".

    3. El Ord Nº 188/2012 de fecha 28.05.2012, que solicita al Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta, que solicita informe favorable para la aplicación del art. 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcción, y del art 1.4.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

    4. El Ord Nº 701/2012 de fecha 04.06.2012, del Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta, que informa favorablemente a la Municipalidad de Mejillones, para la aplicación del art. 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcción, y del art. 1.4.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

    5. El art. 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcción; El art. 1.4.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

    Considerando:

    1. El Estudio básico "Modificación Plan Regulador Comunal de Mejillones, Zona Urbana Consolidada y Portuaria".

    2. El informe favorable del Seremi Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta.

    3. La necesidad de postergar por 3 meses las solicitudes y permisos de edificación, subdivisión, loteos o urbanización predial, en el territorio que abarca la Zona AP del Plan Regulador Comunal Vigente y detallada según Plano Seccional.

    4.- Las facultades legales que me confiere el DFL Nº 1 de fecha 9 mayo de 2006, del Ministerio del Interior que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 18.695, dicto el siguiente,

    Decreto:

    1. Postérgase por tres meses conforme a lo señalado en el Ordinario Nº 701/2012 de fecha 04.06.2012, del Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta, las solicitudes y permisos de edificación, subdivisión, loteos o urbanización predial, en el territorio que abarca la Zona AP del Plan Regulador Comunal Vigente y del Plano Seccional del Área Portuaria de la comuna de Mejillones. La aplicación de la postergación es extensiva a las Edificaciones y/o instalaciones destinadas a infraestructura de todo tipo según lo dispuesto en el art. 2.1.29 de la O.G.U.C.

    Las zonas que estarán afectas a la postergación de solicitudes y permisos de edificación, subdivisión, loteos o urbanización predial, del Plan Regulador vigente son:

    AREAS PORTUARIAS (AP)

    Es aquella cuyo uso está destinado a la actividad portuaria.
    Esta área comprende las siguientes zonas: P1 y P2.

    ZONA P 1

    Corresponde al territorio ubicado en el frente marítimo, destinado a la actividad portuaria industrial del futuro Complejo Portuario Mejillones y su apoyo.

    El uso de suelo particular será según su naturaleza Portuaria.

    ZONA P 2

    Corresponde a la zona destinada como territorio de reserva para la actividad portuaria.

Plano Seccional Portuario

ZP. Zona Portuaria
ZEP. Zona de Expansión Portuaria
ZI 1. Zona Industrial 1
ZI 2. Zona Industrial 2
ZI 3. Zona Industrial 3
ZI 4. Zona Industrial 4
ZI 5. Zona Industrial 5
ZIS. Zona Industrial y de Servicios
ZEI. Zona de Extensión Industrial y de Servicios
ZT. Zona de Transición
EI. Zona de Protección Quebradas Aluvionales
M. Zona de Miradores.

    2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República, en un diario de circulación regional y en la página Web de la Ilustre Municipalidad de Mejillones.


NOTA
      Los numerales 1 y 2 del Decreto 2929 Exento, Municipalidad de Mejillones, publicado el 24.09.2012, ordenan prorrogar por nueve (9) meses, las solicitudes y permisos de edificación, subdivisión, loteos o urbanización predial, en el Área Portuaria (AP) del Plan Regulador vigente denominada como Zona P1 y P2 y Plano Seccional, las cuales se encuentran definidas en la presente norma.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Marcelino Carvajal Ferreira, Alcalde.- Samuel Hidalgo Palacios, Secretario Municipal.