Artículo 4º. Se modifica el artículo 6º letra B, de la siguiente manera:
.    Al Nº 2, agregando lo siguiente: "Los postulantes que ingresen por primera vez a la universidad, deberán acreditar promedio de notas de cuarto medio igual o superior a 5,0.".
.    Al Nº 3, se agrega lo siguiente: "Los alumnos que se encuentran en trabajo de tesis, deberán presentar un certificado que acredite su condición de tesista.".