MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL

    Núm. 533 exento.- Puente Alto, 9 de abril de 2012.- Vistos: Las facultades que me confieren la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; artículo 46 Ley General de Urbanismo y Construcciones; artículo 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    Considerando:

    1.- Que el explosivo crecimiento de la comuna de Puente Alto, hace necesario mantener el Plan Regulador Comunal como instrumento de planificación en permanente revisión y estudio, a objeto de mantener su vigencia con la realidad actual, función que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones es una función privativa de la respectiva Municipalidad.
    2.- Que efectuados los estudios pertinentes por los profesionales competentes de la Municipalidad de Puente Alto, se ha determinado la necesidad de reasignar nuevo uso de suelo a los predios del sector de Villa El Refugio (30.032 metros cuadrados) de Zona IM2 a Zona H2 y parte de Villa Carol Urzúa (8.919,25 metros cuadrados), de Zona IM2 a Zona H6, cuyas superficies conjuntas son inferiores a 5 hectáreas.
    3.- Que por aplicación de lo dispuesto en el art. 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, tal objetivo se puede materializar a través de un Plano Seccional, toda vez que se dan los siguientes requisitos:
a)  Se trata de detallar usos de suelos a predios de hasta cinco hectáreas de superficie emplazados en áreas consolidadas con usos de suelo distinto al industrial o bodegaje;
b)  Que dichos predios se encuentran ubicados en zonas definidas por el Plan Regulador Comunal como de uso industrial o bodegaje exclusivos;
c)  Que dichos predios no hubieren sido destinados a tales usos en un plazo de al menos cinco años, contados desde la vigencia del Plan Regulador Comunal que les confirió dichos usos;
d)  Que la mantención del uso de suelo previsto en el Plan Regulador Comunal en relación a dichos predios, al no haberse formalizado dichos usos, se han transformado en sitios eriazos, que provocan un severo deterioro en el entorno, que en la actualidad está consolidado con un uso de suelo distinto al industrial o de bodegaje exclusivos;
    4.- Que en forma previa y antes de iniciarse la discusión del proyecto de Plano Seccional, el Concejo Municipal en sesión ordinaria Nº 1, efectuada con fecha 5 de enero de 2012, declaró que en este caso se cumplían las condiciones establecidas en la normativa antes mencionada, dando con ello su acuerdo para dar inicio al procedimiento de aprobación respectivo.
    5.- Que mediante decreto exento Nº 193, de fecha 25 de enero de 2012, se ordenó dar Inicio al Procedimiento de Aprobación del Plano Seccional, para reasignar nuevo Uso de Suelo, a los predios de Villa El Refugio y Villa Carol Urzúa ya mencionados, y remitir copia de los antecedentes pertinentes mediante carta certificada a los propietarios u ocupantes de los predios respectivos, diligencia realizada a través de la Empresa Correos de Chile;
    6.- Que las correspondientes Cartas Certificadas fueron despachadas por la Empresa Correos de Chile, con fecha 2 de febrero del año 2012, por lo que el plazo para formular por escrito las observaciones a dicho Plano Seccional, se cumplió el día 23 de febrero de 2012;
    7.- Que el Sr. Secretario Municipal certificó que el Municipio no recibió consultas relacionadas con el referido proyecto;
    8.- Que con el mérito de lo expuesto precedentemente, en sesión ordinaria Nº7, efectuada con fecha 1 de marzo de 2012, el Honorable Concejo Municipal de Puente Alto aprobó el Plano Seccional de Villa El Refugio y Villa Carol Urzúa, Nº PRC-PSEC-02, de febrero de 2012, escala 1:2.000, y su Memoria Explicativa.

    Decreto:

    Modifíquese el Plan Regulador Comunal de Puente Alto, en los términos señalados en el art. 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, incorporando el Plano Seccional de Villa El Refugio y Villa Carol Urzúa, Nº PRC-PSEC-02, del mes de febrero de 2012, escala 1: 2.000, el cual detalla el nuevo uso de suelo de los predios identificados en el citado instrumento y su gráfica.

    Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.- Manuel José Ossandón Irarrázabal, Alcalde.- Miguel Ángel Román Azar, Secretario Municipal.

    CERTIFICADO Nº 70 - C

    El Secretario Municipal, en calidad de Ministro de Fe de esta Corporación Edilicia que suscribe, viene en certificar que en la Sesión de fecha 1 de marzo de 2012, el Honorable Concejo Municipal adoptó el siguiente:
    Acuerdo: Modifíquese el Plan Regulador Comunal de Puente Alto, en los términos señalados en el Art. 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, incorporando el Plano Seccional de Villa El Refugio (30.032 metros cuadrados) y parte de Villa Carol Urzúa (8.919,25 metros cuadrados), PRC-PSEC-02, y su Memoria Explicativa, de febrero de 2012, escala 1:2.000, el cual detalla el nuevo uso de suelo de los predios identificados en el citado instrumento y su gráfica, de Zona IM2 a Zona H2, y de Zona IM2 a Zona H6, respectivamente.

    Puente Alto, 22 de marzo de 2012.- Miguel Ángel Román Azar, Secretario Municipal.