APRUEBA PLAN REGULADOR DE LA COMUNA DE RENGO

    Núm. 123.- Rengo, 2 de febrero de 2012.- Considerando:
    El decreto alcaldicio N° 617(MD), del 21 de agosto de 2008, que aprobó el Plan Regulador de la Comuna de Rengo, correspondiente a las localidades de Esmeralda y Rosario, y la ciudad de Rengo.
    La necesidad de detallar de mejor forma el trazado de la denominada Calle Nueva S (15m) proyectada sobre terrenos de dominio municipal del complejo educacional Parque Oriente de Rengo, con el fin de facilitar la postulación a financiamiento de las distintas etapas del Plan Maestro que diseñara la Secretaría de Planificación Comunal, dentro del cual el trazado original, sin detallar, no era el más adecuado.
    El Memorándum Nº 373, del 15 de noviembre de 2011, de la Dirección de Obras Municipales, que solicita se realice el Plano Seccional N° 3 sobre el caso que se detalla en terrenos del Complejo Educacional Parque Oriente de Rengo.
    La ausencia de toda observación u oposición por parte de la comunidad efectivamente informada, según el modo específico establecido en el artículo 2.1.14., incisos primero, segundo en sus numerales 1 al 5 y quinto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, toda vez que el único propietario involucrado en el detalle del trazado de la vía proyectada es la I. Municipalidad de Rengo.
    El acuerdo aprobatorio de Concejo celebrado en la Sesión Ordinaria Nº 115, del Honorable Concejo Comunal de Rengo, del cual da cuenta el certificado Nº 126 de la Secretaría Municipal de Rengo, con fecha 31 de enero de 2012.

    Vistos: Lo señalado en el Artículo 46 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los incisos primero, segundo en sus numerales 1 al 5 y quinto del artículo 2.1.14. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y, en uso de las facultades que me confiere la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones, texto refundido por el DFL. Nº 1, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial del 26 de julio de 2006.

    Decreto:

    1.- Apruébase el Plano Seccional Nº 3 al Plano Regulador Comunal de Rengo.
    2.- Fíjese con exactitud el trazado de la Calle Nueva S (15m), según lo debidamente expresado en el Plano Seccional Nº 3.
    3.- Publíquese en una sola ocasión en el diario El Rancagüino, el acuerdo de Concejo correspondiente, dentro de los siguientes 15 días contados a partir de la citada aprobación.
    4.- Publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile el acuerdo de Concejo junto con el decreto alcaldicio que lo sanciona.
    5.- Archívese en el Municipio, en el Conservador de Bienes Raíces de Rengo, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo un original del Plano Seccional N° 3 con todos sus antecedentes.
    6.- Impútese el gasto en la Cuenta 22.07.001: "Servicios de Publicidad", del Presupuesto Municipal vigente.

    Anótese, transcríbase, comuníquese y archívese.- América Lizama Jiménez, Alcaldesa (S).- Julio Belmar Vargas, Secretario Municipal (S).

    CERTIFICADO N° 126

    El Secretario Municipal Subrogante de Rengo, que suscribe, certifica que en la sesión ordinaria N° 115 del Concejo Municipal, celebrada el martes 31 de enero de 2012, se aprobó, en forma unánime, el Plano Seccional N° 3 del Plan Regulador Comunal de Rengo, aprobado por decreto alcaldicio N° 617 (MD), del 21 de agosto de 2008.

    Lo que certifico para los fines pertinentes.- Julio Belmar Vargas, Secretario Municipal (S), Ministro de Fe.